Resolución de 15 de febrero de 2008, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor de la embarcación «Hispania».





El Consejo Insular de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 4 de febrero de 2008, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:






Orden del día 25 marzo 2008

El Consejo Insular de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 4 de febrero de 2008, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

A la vista que, mediante acuerdo de fecha 29 de junio de 2007, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó la incoación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la embarcación «Hispania».

A la vista que, mediante acuerdo de fecha 14 de diciembre de 2007, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó informar favorablemente este expediente y elevarlo al Pleno del Consejo de Mallorca para su declaración. Visto el informe jurídico, de fecha 15 de enero de 2008, de la técnica de la Sección Jurídico Administrativa del Servicio de Patrimonio Histórico. Por todo ello, y en virtud de lo dispuesto en el capítulo segundo de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consejos Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico de la Consejo de Mallorca, aprobado por el Pleno del 8 de marzo de 2004, este Presidente de la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

II. Los efectos de esta declaración son los recogidos en los artículos 7 y s. que establece la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares y la normativa concordante. III. Este acuerdo debe publicarse en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares» y en el «Boletín Oficial del Estado», debe anotarse en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural y comunicarse a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares e inste su anotación en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado. IV. Este acuerdo debe comunicarse a la Real Fundación Hispania de Barcos de Época, al Ayuntamiento de Palma y al Gobierno de las Islas Baleares.

Contra este acuerdo que agota a la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

b) El recurso de reposición potestativo ante del órgano que ha dictado este acuerdo, el Pleno del Consejo, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso. Una vez transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de reposición, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa y de la ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Palma de Mallorca, 15 de febrero de 2008.-La Presidenta del Consejo Insular de Mallorca, Francesca Lluc Armengol Socias.

ANEXO

(Se publica como anexo un extracto del informe técnico de fecha 12 de junio de 2007. El informe íntegro a que hace referencia el apartado I del acuerdo de declaración, consta en el expediente administrativo n.º 195/07. Este expediente se podrá consultar en las dependencias del Servicio de Patrimonio Histórico (c/ General Riera, 113, 1.º 07010 Palma) por aquellos interesados en el procedimiento y que acrediten esta condición, de acuerdo con lo que dispone el art. 31 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

1. Datos sobre el bien. Denominación: Embarcación «Hispania».

Tipo de embarcación: Balandro, clase quince metros internacional. Cronología: 1908-1909. Autor: Diseñado por el arquitecto naval William Fife III.

2. Memoria descriptiva. El «Hispania» constituye uno de los pocos ejemplares en su categoría de barcos de regata fórmula quince metros internacional, una clase que tuvo su apogeo desde 1909 hasta la Primera Guerra Mundial.

Sus principales características técnicas, de acuerdo con los certificados de arqueo, son:

Aparejo: Cutter.

Arqueo de regata: 14,905 metros. Eslora total: 23,15. Manga: 4,18.

En cualquier caso, cabe señalar que se conservan los planos originales que han permitido llevar a cabo una restauración y recuperación del barco bastante apurada. 3. Estado actual de conservación. Una vez adquirido el «Hispania», la Real Fundación lo transportó hasta Fairlie, en Southampton. En los prestigiosos astilleros de Fairlie Restorations, donde se disponía de la documentación original sobre el barco y se tenía la experiencia de la restauración del «Tuiga», se llevó a cabo parte del trabajo de la recuperación del «Hispania».

Posteriormente, el barco fue trasladado a otros astilleros igualmente acreditados como son los Astilleros de Mallorca, en Palma, donde se encuentra actualmente. La recuperación del Hispania ha supuesto la restauración de parte del barco originario y la reconstrucción de aquellas partes más estropeadas con la mayor fidelidad posible, gracias a que se disponía de la documentación originaria. Han dirigido técnicamente el proyecto Dunkan Walker y Diego Colón, directores de los astilleros de Fairlie y Astilleros de Mallorca respectivamente, con el asesoramiento histórico del doctor William Collier. En la visita realizada con fecha de 12 de junio de 2007, se ha podido constatar que las tareas se encuentran bastante adelantadas, ya que se tiene previsto llevar a cabo una primera presentación del barco el próximo mes de agosto.

4. Principales medidas de protección. Se deberá comunicar a la administración competente en materia de patrimonio histórico cualquier cambio en la ubicación habitual de la embarcación, así como cualquier traslado temporal fuera de la isla de Mallorca.

Asimismo, se deberá comunicar cualquier intervención que pueda afectar el bien objeto de este expediente. En cualquier caso, habrá que atenerse a lo señalado en la Ley 12/1998, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, especialmente en sus artículos 3 (colaboración de los particulares), 22 (protección general de los bienes del patrimonio histórico), 26 (deber de conservación), 27 (incumplimiento del deber de conservación), 28 (reparación de daños), 44 (régimen general de bienes muebles), 47 (conservación).



Datos oficiales del departamento Administración Local

Resolución de 15 de febrero de 2008, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor de la embarcación «Hispania».

"Resolución de 15 de febrero de 2008, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor de la embarcación «Hispania»." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-5587 publicado el 25 marzo 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-5587
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 25 marzo 2008
Fecha Pub: 20080325
Fecha última actualizacion: 25 marzo, 2008
Numero BORME 73
Seccion: 3
Departamento: Administración Local
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 25 marzo 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 17164
Pagina final: 17164




Publicacion oficial en el BOE número 73 - BOE-A-2008-5587


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-5587 de Resolución de 15 de febrero de 2008, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor de la embarcación «Hispania».


Descargar PDF oficial BOE-A-2008-5587 AQUÍ



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