Resolución de 17 de septiembre de 2019, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural de las colecciones museográficas del Museo de Lluc del término municipal de Escorca.





En la sesión del día 25 de junio de 2019, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, acordó, entre otros, lo siguiente:






Orden del día 15 octubre 2019

En la sesión del día 25 de junio de 2019, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, acordó, entre otros, lo siguiente:

I. Incoar el expediente de declaración como bien de interés cultural de la colección del Museo de Lluc (anexo 1), según la descripción literal que figura descrita en el informe técnico de día 11 de junio de 2019, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo, y de conformidad con los artículos 7 y siguientes de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares. Además, sin perjuicio del trámite de audiencia a los interesados, incluido el Ayuntamiento afectado, previsto en el artículo 9 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, y en definitiva, de la resolución del expediente.

II. El acuerdo de declaración se tendrá que adoptar en el plazo máximo de veinte meses contadores desde la fecha de iniciación del procedimiento. Caducado el procedimiento, no se podrá volver a iniciar en los tres años siguientes, a menos que lo pida el titular del bien, de conformidad con el artículo 10.6 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, PHIB.

III. Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Escorca y al Gobierno de las Islas Baleares.

IV. Publicar este acuerdo de incoación en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares» y en el «Boletín Oficial del Estado» y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares y a la vez comunique en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen.

Palma, 17 de septiembre de 2019.–La Presidenta de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, Isabel Busquets Hidalgo.

ANEXO I

(Se publica como anexo I el informe jurídico de 18 de junio de 2019)

Asunto: Informe jurídico en relación con el exp. 329/2019 sobre incoar la declaración como BIC, la colección del Museo de Lluc (Escorca)

Antecedentes

La colección del Museo de Lluc constituye uno de los principales conjuntos museográficos de la isla, tanto por la cantidad de piezas, como por la calidad de muchas de ellas.

Con el objetivo de asegurar la protección y la unidad de este conjunto tan importante, desde la Dirección Insular de Patrimonio se ha decidido iniciar de oficio el procedimiento de declaración como Bien de Interés Cultural a favor de las colecciones más significativas del Museo de Lluc.

Los técnicos del Servicio de Patrimonio Histórico en fecha 11 de junio de 2019 han emitido un informe que motiva la importancia de la colección del Museo de Lluc (detallada en el anexo 1) y los principales rasgos que caracterizan la heterogeneidad tipológica, cronológica y geográfica de la colección. Consta un inventario actualizado, sistemático y exhaustivo de las colecciones del Museo de Lluc.

Es patente el gran valor histórico de la colección del museo de Lluc, que en aplicación de la Ley 12/98, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, este elemento es merecedor de la máxima protección que otorga la ley mencionada, es decir, la de bien de Interés Cultural.

Visto lo que dispone la Ley 12/1998, concretamente los artículos 4, relativo a la colaboración de la Iglesia Católica; el artículo 22, relativo a la protección general de los bienes del patrimonio histórico; el artículo 26, que regula el deber de conservación, y el artículo 44, relativo al régimen general de los bienes muebles;

Dado que como colección se tiene que mantener la unidad de toda la colección, en aplicación del artículo 46 de la Ley 12/98, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares;

Visto lo que disponen los artículos 7 y siguientes de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, en relación con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español; el Real decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la mencionada Ley, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, en los consejos insulares en materia de Patrimonio Histórico;

Visto el Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno de día 12 de abril de 2018, con corrección de errores materiales aprobados por el Pleno de 12 de julio de 2018 (BOIB n.º 89, del 19);

Y a la vista que se han llevado a cabo todos los trámites establecidos por la legislación vigente en materia de patrimonio histórico con el fin de incoar el expediente de declaración como bien de interés cultural de la colección del museo de Lluc; la abajo firmante considera adecuada elevar a la Ponencia Técnica de Patrimonio Histórico la siguiente propuesta de acuerdo:

I. Incoar el expediente de declaración como bien de interés cultural de la colección del Museo de Lluc (anexo 1), según la descripción literal que figura descrita al informe técnico de día 11 de junio de 2019, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

II. Todo eso de conformidad con los artículos 7 y siguientes de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares. Además, sin perjuicio del trámite de audiencia a los interesados, incluido el Ayuntamiento afectado, previsto en el artículo 9 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, y en definitiva, de la resolución del expediente.

III. El acuerdo de declaración se tendrá que adoptar en el plazo máximo de veinte meses contados desde la fecha de iniciación del procedimiento. Caducado el procedimiento, no se podrá volver a iniciar en los tres años siguientes, a menos que lo pida el titular del bien, de conformidad con el artículo 10.6 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, PHIB.

IV. Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Escorca y al Gobierno de las Islas Baleares.

V. Publicar este acuerdo de incoación en el «Boletín Oficial de las Islas Baleares» y en el «Boletín Oficial del Estado» y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares y a la vez comunique en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen.

ANEXO II

(Se publica como anexo II el informe técnico de fecha 11 de junio de 2019)

Informe Técnico

Introducción

La colección del Museo de Lluc constituye uno de los principales conjuntos museográficos de la isla, tanto por el número de piezas, como por la calidad de muchas de ellas. La amplia cronología que abraza la colección –que va desde la prehistoria hasta el siglo XX– y la variedad de lenguajes artísticos que están representados en ella (pintura, cerámica, numismática, artes decorativas, etc.), con la presencia de obras insignia, así como multitud de ejemplos de donaciones, fruto de la religiosidad popular y de la devoción hacia el Santuario y la Virgen de Lluc, le confieren un gran valor.

Con el objetivo de asegurar la protección y la unidad de este conjunto tan importante, desde la Dirección Insular de Patrimonio se ha resuelto iniciar el procedimiento de declaración como Bien de Interés Cultural a favor de las colecciones más significativas del Museo de Lluc.

Con el fin de definir el contenido de la colección y detallar los elementos que se quieren proteger con este proceso de declaración, se han consultado los diferentes inventarios, facilitados por la anterior dirección del Museo, que constan en el expediente. Una vez analizada toda la documentación y las fuentes bibliográficas disponibles, se emite el siguiente informe técnico.

Memoria Histórica

El Museo de Lluc fue inaugurado en 1952 por los Misioneros de los Sagrados Corazones, con aportaciones de diversa procedencia, como Museo-Tesoro de Lluc. Inicialmente, las piezas allí conservadas, se distribuían en dos salas y, aunque ya acogía piezas cerámicas, tejidos, orfebrería y pintura, el grueso de la colección estaba formado principalmente por materiales arqueológicos.

Este primer fondo se fue ampliando con la donación de diferentes colecciones particulares, hasta ocupar las ocho salas de hoy en día, situadas en la primera y segunda planta del cuerpo principal del santuario que da al patio interior denominado Jardín de las Magnolias y al patio del Obispo Campins.

El primer piso acoge las salas principales, un total de seis espacios distribuidos en forma de corredor que circunda la planta rectangular del edificio: de arqueología (sala 1), de orfebrería/joyería (sala 2), indumentaria/mobiliario (sala 3), de imaginería devota (sala 4), de cerámica (sala 5) y del pintor Coll Bardolet (sala 6). Las dos salas de la planta superior son la pinacoteca (sala 7) y la de artesanía textil (sala 8).

El Museo también cuenta con tres salas destinadas al depósito de las piezas que no forman parte de la exposición permanente, donde se distribuyen en estanterías y cajones obra pictórica, cerámica y tejidos que no se encuentra en exposición.

Al margen de aportaciones fruto de la devoción popular al Monasterio (exvotos, joyas, condecoraciones, etc.) y de piezas procedentes del propio Monasterio, completan las colecciones del museo las donaciones de Antoni Mulet Gomila (cerámica, tejidos, vidrio, pintura...), Ignasi Furió (arqueología), Maria Montis (abanicos) y Bujosa Rosselló (de artesanía textil y que cuenta con una sala con objetos y maquinaria de su empresa familiar desde el 2004). El museo también cuenta con pinturas y esculturas contemporáneas de menor interés.

De entre las colecciones que se han ido integrando en el museo hay que destacar dos de ellas, promovidas por Antoni Mulet y el P. Cristòfol Veny:

– Antoni Mulet Gomila, «Turixant» (Palma 1887-1966) fue folclorista y escritor. Se dedicó al estudio del baile mallorquín y a la recopilación de indumentaria tradicional, cerámica y objetos domésticos. En su tarea destaca el uso de la fotografía como herramienta de documentación etnográfica, y también su aportación a la museología mallorquina con la creación del Museo de Can Mulet, en Génova, cuyos fondos trasladó al Museo de Lluc el año 1971. Él mismo señalará que «las mejores cosas que he hecho en mi vida han estado lo de Lluc y la compra de Son Gudí».

Hay que enmarcar la formación de esta colección en un fenómeno común a toda Mallorca. En las postrimerías de los años sesenta, y sobre todo durante los setenta, los cambios económicos y sociales producidos en la isla comportan el abandono de oficios y actividades tradicionales para emplearse en el sector servicios. La percepción por parte de algunos intelectuales y estudiosos de una sensación de cambio acelerado generó la creación en este periodo de la mayoría de colecciones etnológicas de la isla. Ejemplos de esta toma de conciencia son las colecciones de la Fundación Cosme Bauzà (Felanitx, 1963), Menestralía de Campanet (1965), Torre de Canyamel (promovida por Gabriel Morell, 1967), la sección etnológica del Museo de la Porciúncula (1968), la Sección Etnológica del Museo de Mallorca (Muro, 1969), el Museo Municipal de Sa Pobla (1971), el Museo del Vidrio de Can Gordiola (Algaida, 1977) o el pequeño museo del Molino de Gaspar (Llucmajor, 1977).

– Junto con la aportación de Mulet, destaca la del P. Cristòfol Veny Melià (Porreres 1925-Palma 2007), presbítero, arqueólogo y director del Museo de Lluc. Como arqueólogo, dirigió excavaciones a la Cova de sa Cometa dels Morts (Escorca), la Cueva de Son Maimó (Petra), la necrópolis de Son Real (Santa Margalida), el derrelicto del Seco y a otros yacimientos de Menorca. Sus hallazgos son la base de la sección de arqueología de este museo, con cerca de 500 piezas que fueron estudiadas y publicadas por este autor.

Memoria Descriptiva

1. Sección de Arqueología: La sección de arqueología se organiza actualmente en ocho vitrinas, que contienen piezas de la colección Mulet (pretalayótico y talayótico, cultura púnico-ebusitana), así como de otros de la colección Furió (talayóticas, griegas y romanas). Además, se incluye en esta categoría el monetario romano de Lluc, formado por más de 300 monedas de época imperial, republicana y provincial.

1. Sección de Arqueología: La sección de arqueología se organiza actualmente en ocho vitrinas, que contienen piezas de la colección Mulet (pretalayótico y talayótico, cultura púnico-ebusitana), así como de otros de la colección Furió (talayóticas, griegas y romanas). Además, se incluye en esta categoría el monetario romano de Lluc, formado por más de 300 monedas de época imperial, republicana y provincial.

Algunos de los conjuntos más destacados son los materiales funerarios procedentes de sa Cometa dels Morts, excavada por Cristòfol Veny, o el conjunto de piezas procedentes de un barco romano hundido en aguas de Cabrera, con ánforas púnicas y romanas y lingotes de plomo. Una vitrina específica incluye las piezas del derrelicto del Sec.

2. Sección Tesoro de la Virgen: Esta sección debe su nombre al origen y carácter de los objetos elaborados con materias suntuarias (oro, plata y piedras preciosas) entregados por los devotos a la Mare de Déu de Lluc, e incluye piezas de tipo litúrgico y piezas de adorno de la mujer mallorquina, como joyas y abanicos.

Las dos vitrinas con objetos relacionados con el culto cuentan con los objetos siguientes: la de la izquierda, utensilios sagrados (cálices, copones, relicarios, etc., y el Lignum Crucis, de la primera mitad del S. XVI). La que se encuentra a la derecha, muestra objetos de adorno para la Virgen, como coronas, ofrendadas por toda Mallorca en 1884, y las gonelas de terciopelo e hilo de oro que regaló la reina Isabel II. También se conserva una importante colección de exvotos entregados por los devotos de la Virgen como recordatorio y agradecimiento de su ayuda.

Dos vitrinas más de esta sección muestran: la primera, la custodia de plata dorada de Antoni Falconer, de 1499; la segunda, una treintena de premios literarios y una mesa expositiva con piezas ofrendadas por parte de personalidades de la provincia, como bastones de autoridades, fajines militares, collares de investiduras, medallas conmemorativas, de hermandad con diferentes ciudades, deportistas, etc.

3. La Cámara Mallorquina: En este espacio se recrea un dormitorio barroco de casa acomodada mallorquina. Se puede ver una cama «entorsilada» con dosel, acompañada por otros elementos de mobiliario: un escritorio-arquilla de estilo mudéjar, un escaparate rococó, una mesa de rincón con el correspondiente escaparate de estilo neoclásico, un escritorio maltés del S. XVII y tres sillas, dos de reposo y una policromada, a la moda italiana del setecientos. Para reforzar el carácter de cámara, se presenta, dentro de una vitrina, una muestra de indumentaria femenina del S. XIX (rebosillos, guatlaretos, bragas, ropa interior, etc.) y masculina (guardapits), seleccionada de los fondos de la colección Mulet.

De esta misma colección también se exponen cuatro maniquíes que representan una pareja de Mallorca y otra de Ibiza vestidos con indumentaria tradicional.

4. La Sección de Imaginería: Las obras que integran esta sección se distribuyen en dos salas y exponen diferentes piezas vinculadas al ciclo de la Navidad. La parte más significativa está formada por una colección de belenes de escaparate, que se completa con otras piezas depositadas en diferentes dependencias privadas del Santuario de Lluc. Se trata de ocho piezas, procedentes del taller del maestro de las Verges Rosses (S. XVIII) y del Santet (S. XIX).

En esta misma sala se exponen ocho pinturas dedicadas al nacimiento de Jesús, una vitrina central con figuras relacionadas con esta iconografía, y veinticinco incensarios de bronce de la alta edad media, procedentes de la colección Mulet. También se exponen bacines de limosna de bronce decorados con figuritas de madera del s. XVII, y dos bacines más, de los s. XVI y XVII, procedentes del centro de Europa.

La segunda sala de esta sección presenta dos vitrinas, una con figuras relacionadas con el Nacimiento de Jesús, de los siglos XIV al XVIII, que se adscriben a varios talleres y épocas, y que tienen el denominador común de estar hechas, la mayoría, de mármol y alabastro. Enfrente, encontramos otra vitrina con tallas medievales y barrocas de madera policromada.

5. Sección de Cerámica: La colección de cerámica es una de las más completas de Mallorca y procede, mayoritariamente, del legado de Antoni Mulet Gomila. Esta sección está organizada según la procedencia de las piezas: Mallorca, Valencia y Cataluña; Aragón y cerámica de importación.

Podemos ver unos cuarenta platos en verde y manganeso, de origen mallorquín, nombrados de «pincel de Inca», procedentes de Inca y de Palma, de los siglos XVII al XVIII. También hay piezas de la fábrica de La Roqueta, de la serie de influencia de Savona y fechadas entorno del año 1915, y jarras «bordadas» de Felanitx, de finales del siglo XIX.

En la parte destinada a las piezas valencianas y catalanas, destaca la colección de platos de destello metálico, de los siglos XVI al XVIII, de talleres de Barcelona y Manises. De Cataluña, hay objetos de talleres de La Episcopal y Can Falló (Gerona) y de Mataró, del último cuarto del s. XVIII hasta mediados del siglo XIX. De Barcelona, destacan los platos de las series de influencia francesa, de «la guinda», del «pendiente», de la cenefa Bérain, etc., de final del siglo XVIII.

La fábrica de El Alcora está representada con ejemplares de una gran perfección formal de la primera etapa de producción; uno de ellos firmado por Francesc Grangel, en el siglo XVIII. También son mayoritariamente valencianas la treintena de baldosas de los siglos XIV al XIX que se exponen a la pared.

Con respecto a la producción aragonesa, hay variedad de ejemplos de Teruel o Moel, entre otros. Destacan las piezas azules de los siglos XVI al XVIII, sin olvidar tampoco las decoradas en verde y manganeso de la misma época hasta el siglo XIX.

Junto con las piezas aragonesas, hay objetos de cerámica de importación internacional, entre los que destacan las piezas de Delft (Holanda) de 1750 y, por su número, las procedentes de Italia, principalmente de Montelupo (S. XVI), Buggio (S. XVII), Savona (S. XVII) y Pisa.

6. Sección de Pintura Mallorquina: En el piso superior se ha ubicado la colección pictórica del Museo. Encontramos naturalezas muertas y retratos, a veces anónimos, de los siglos XVII y XVIII, y pintura costumbrista y de paisaje del siglo XIX o de principios del XX. Estas obras son, sobre todo, de autores mallorquines como Buades, Mayol, Mestre, Ribas, Cerdà, Hubert y Anckerman, entre otros; y de autores foráneos, como Santiago Rusiñol.

7. Sección Artesanía Textil: En estas salas se exponen piezas del taller de tejidos Can Bujosa de Santa Maria, encabezadas por un telar manual de 1800, y diferentes ingenios propios de esta actividad artesanal, como camas de urdidores, empúes, ruecas, lanzadoras, peines, etc.; junto con un tapiz y una colección de muestras de telas, alguna de ellas del siglo XVIII.

Este espacio se complementa con otro dedicado a la indumentaria litúrgica, formado por una selección de casullas, capas y ternos del Santuario, y dos gonelas de la Virgen de Lluc y el Niño Jesús, confeccionadas con telas ricas.

De la colección Mulet, dentro de una caja grande de nogal, hay muestras de ropa interior del siglo XIX, hechas con lino y algodón.

8. Otros objetos de Artes Decorativas: Aparte de los conjuntos coherentes de objetos hasta ahora descritos, el museo conserva series más reducidas de piezas que se han ido depositado en el Museo para garantizar su conservación, como 42 piezas de metal y 38 vidrios, procedentes de la colección Mulet; 32 abanicos dados por la Sra. Maria Montis; 12 instrumentos musicales tradicionales o medallas, condecoraciones, premios literarios, etc.

Estado de conservación

Tanto con respecto a las instalaciones donde se pueden contemplar actualmente expuestas las piezas de la colección, como con respecto al estado de conservación de cada una de ellas, se puede decir que presentan un estado de conservación correcto, aunque en algunos casos se tendrán que llevar a cabo tareas de restauración para garantizar su correcta conservación. En cualquier caso, es recomendable una revisión exhaustiva de su estado de manera periódica.

Principales medidas de protección

A partir del inventario actualizado, sistemático y exhaustivo de las colecciones del Museo de Lluc, se ha elaborado una relación de aquellas secciones del museo, que por su valor son merecedoras de una protección específica y que, por lo tanto, se tienen que contemplar como parte integrante del Bien de Interés Cultural que ahora se propone declarar.

La declaración como Bien de Interés Cultural que se propone implica adoptar las medidas siguientes:

– Se tendrá que preservar la unidad de toda la colección que se propone declarar Bien de Interés Cultural y que se detalla en el Anexo 1 que acompaña este informe, en aplicación del artículo 46 de la ley 12/98, del patrimonio histórico de las Islas Baleares.

– La totalidad de la colección, tanto si se expone o no, se tendrá que mantener preferentemente en las actuales dependencias museísticas –ya que estas instalaciones se consideran adecuadas para la preservación de los fondos– o en el entorno del Santuario de Lluc.

– Se tendrá que comunicar a la administración competente en materia de patrimonio histórico cualquier acto jurídico y técnico que se pueda producir en los fondos que actualmente integran la colección objeto de este expediente y que se detallan en el anexo 1 que acompaña este informe.

– Cualquier intervención de conservación o restauración que se tenga que llevar a cabo sobre cualquier pieza integrante de la colección tendrá que ir precedida por la entrega del proyecto correspondiente, firmado por técnico competente, con el fin de tramitar su autorización previa por parte de la CIPH.

– Los bienes de la colección que no se integren en la exposición permanente se tendrán que almacenar en condiciones adecuadas, a ser posible en espacios que formen parte de las dependencias museísticas, con el objetivo de mantener al máximo la cohesión de los fondos.

– Se tendrá que comunicar a la administración competente en materia de patrimonio histórico las nuevas incorporaciones que se produzca en los fondos del Museo de Lluc, cualquiera sea su forma de ingreso (compra, donación, legado, depósito u otros), a fin de que, si procede, sean incorporados al Bien de Interés Cultural.

En cualquier caso, tendrá que atenerse a lo que señala la ley 12/98, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, especialmente en sus artículos 4 (colaboración de la Iglesia Católica), 22 (protección general de los bienes del patrimonio histórico), 26 (deber de conservación), 27 (incumplimiento del deber de conservación), 28 (reparación de daños), 44 (régimen general de los bienes muebles), 46 (colecciones), 47 (conservación).

Conclusiones

Por el alto valor cultural de esta colección, así como por la significación del Museo de Lluc en la historia de los museos en Mallorca, parece adecuado proponer la incoación de los bienes integrantes de la colección del Museo de Lluc que se recogen en la relación adjunta (anexo 1), como a Bien de Interés Cultural.

ANEXO III

(Listado de las piezas que en los informes técnico y jurídico es llamado «Anexo 1»)

Incoación de declaración como BIC de las Colecciones Museográficas del Museo de Lluc

ANEXO 1

Índice

1. Inventario de dibujos.

2. Inventario de la pinacoteca.

3. Inventario de las joyas.

4. Inventario de los objetos de orfebrería.

5. Inventario de abanicos.

6. Inventario de las cruces.

7. Inventario de instrumentos musicales.

8. Inventario de los exvotos, cuestores, blasón y sagrario.

9. Inventario de los objetos de metal.

10. Inventario de los objetos romanos.

11. Inventario del mobiliario.

12. Inventario de las condecoraciones.

13. Inventario de los premios literarios.

14. Inventario de los objetos de vidrio.

15. Inventario del monedario medieval y moderno.

16. Inventario del monedario romano.

17. Inventario de la imaginería devota.



Datos oficiales del departamento Administración Local

Resolución de 17 de septiembre de 2019, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural de las colecciones museográficas del Museo de Lluc del término municipal de Escorca.

"Resolución de 17 de septiembre de 2019, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural de las colecciones museográficas del Museo de Lluc del término municipal de Escorca." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2019-14799 publicado el 15 octubre 2019

ID de la publicación: BOE-A-2019-14799
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 octubre 2019
Fecha Pub: 20191015
Fecha última actualizacion: 15 octubre, 2019
Numero BORME 248
Seccion: 3
Departamento: Administración Local
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ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 octubre 2019
Letra: A
Pagina de inicio: 113393
Pagina final: 113458




Publicacion oficial en el BOE número 248 - BOE-A-2019-14799


Publicacion oficial en el BOE-A-2019-14799 de Resolución de 17 de septiembre de 2019, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural de las colecciones museográficas del Museo de Lluc del término municipal de Escorca.


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