Resolución de 11 de septiembre de 2008, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves y de amonestación pública, impuestas en el expediente incoado entre otros, a don Manuel Ortiz Mariano.





Con fecha 29 de junio de 2007, el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó Acuerdo resolviendo el expediente de referencia IE/CM-4/2006, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 6 de septiembre de 2006, entre otros a D. Manuel Ortiz Mariano, y habiendo adquirido firmeza en vía administrativa, al haber sido desestimado, por Resolución Ministerial de 12 de noviembre de 2007, el recurso de alzada interpuesto, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones por infracciones muy graves y de amonestación pública, impuestas en dicha Resolución, que dispuso, entre otras sanciones, las siguientes:






Orden del día 27 septiembre 2008

Con fecha 29 de junio de 2007, el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó Acuerdo resolviendo el expediente de referencia IE/CM-4/2006, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 6 de septiembre de 2006, entre otros a D. Manuel Ortiz Mariano, y habiendo adquirido firmeza en vía administrativa, al haber sido desestimado, por Resolución Ministerial de 12 de noviembre de 2007, el recurso de alzada interpuesto, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones por infracciones muy graves y de amonestación pública, impuestas en dicha Resolución, que dispuso, entre otras sanciones, las siguientes:

«Tercero.-Imponer a D. Manuel Ortiz Mariano, las siguientes sanciones: Una sanción de multa por importe de doce mil euros (€ 12.000), prevista en el artículo 12.1.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 7.3.I.g) del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, en relación con el artículo 4.m) de la Ley 26/1988, de 29 de julio y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, consistente en la realización de conductas tipificadas como infracción grave (singularmente, el incumplimiento de las normas reglamentarias que regulan el patrimonio social mínimo de los establecimientos de cambio de moneda extranjera y gestión de transferencias con el exterior) cuando, durante los cinco años anteriores a su comisión, hubiera sido impuesta al establecimiento de cambio sanción firme por el mismo tipo de infracción, al haber sido éste el caso, tal como resulta del contenido de la resolución sancionadora del expediente IE/CM-6/2003, fechada el 27 septiembre de 2004 y notificada el 7 de octubre de 2004.

Una sanción de multa por importe de ocho mil euros (€ 8.000), prevista en el artículo 12.1.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 7.3.I.g) del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, en relación con el artículo 4.m) de la Ley 26/1988, de 29 de julio y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, consistente en la realización de conductas tipificadas como infracción grave (singularmente, el incumplimiento de las obligaciones de registro de operaciones de transferencias con el exterior y otros deberes en materia de gestión de transferencias) cuando, durante los cinco años anteriores a su comisión, hubiera sido impuesta al establecimiento de cambio sanción firme por el mismo tipo de infracción, al haber sido éste el caso, tal como resulta del contenido de la resolución sancionadora del expediente IE/CM-6/2003, fechada el 27 septiembre de 2004 y notificada el 7 de octubre de 2004. Una sanción de multa por importe de siete mil euros (€ 7.000), prevista en el artículo 12.1.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 7.3.I.g) del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, en relación con el artículo 4.m) de la Ley 26/1988, de 29 de julio y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, consistente en la realización de conductas tipificadas como infracción grave (singularmente, el incumplimiento de la normativa sobre agentes) cuando, durante los cinco años anteriores a su comisión, hubiera sido impuesta al establecimiento de cambio sanción firme por el mismo tipo de infracción, al haber sido éste el caso, tal como resulta del contenido de la resolución sancionadora del expediente IE/CM-6/2003, fechada el 27 septiembre de 2004 y notificada el 7 de octubre de 2004. Una sanción de amonestación pública con publicación en el Boletín Oficial del Estado, prevista en el artículo 13.1.b) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.II.e) del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, en relación con el artículo 5.n) de la Ley 26/1988, de 29 de julio y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, consistente en el incumplimiento del deber de veracidad informativa debida al público, por infracción de las normas de transparencia y protección de la clientela. Una sanción de multa por importe de diez mil euros (€ 10.000), prevista en el artículo 12.1.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 7.3.I.g) del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, en relación con el artículo 4.m) de la Ley 26/1988, de 29 de julio y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, consistente en la realización de conductas tipificadas como infracción grave (singularmente, el incumplimiento de las normas vigentes sobre contabilización de operaciones y sobre formulación de balances, cuentas de pérdidas y ganancias y estados financieros de obligatoria comunicación al órgano administrativo competente) cuando, durante los cinco años anteriores a su comisión, hubiera sido impuesta al establecimiento de cambio sanción firme por el mismo tipo de infracción, al haber sido éste el caso, tal como resulta del contenido de la resolución sancionadora del expediente IE/CM-6/2003, fechada el 27 septiembre de 2004 y notificada el 7 de octubre de 2004.»

Madrid, 11 de septiembre de 2008.-El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.



Datos oficiales del departamento Banco de España

Resolución de 11 de septiembre de 2008, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves y de amonestación pública, impuestas en el expediente incoado entre otros, a don Manuel Ortiz Mariano.

"Resolución de 11 de septiembre de 2008, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves y de amonestación pública, impuestas en el expediente incoado entre otros, a don Manuel Ortiz Mariano." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-15644 publicado el 27 septiembre 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-15644
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 septiembre 2008
Fecha Pub: 20080927
Fecha última actualizacion: 27 septiembre, 2008
Numero BORME 234
Seccion: 3
Departamento: Banco de España
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 septiembre 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 39177
Pagina final: 39178




Publicacion oficial en el BOE número 234 - BOE-A-2008-15644


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-15644 de Resolución de 11 de septiembre de 2008, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves y de amonestación pública, impuestas en el expediente incoado entre otros, a don Manuel Ortiz Mariano.


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