Ciudad de Ceuta

Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción, para la instalación de línea subterránea de media tensión (15 kV) entre Centro de Transformación «Curva Amaya» al Centro de Transformación «Barriada España».

Vista la solicitud de Don Antonio Palomares Fernández, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva n.º 2, solicitando autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción, para la instalación de línea subterránea de media tensión (15 kV) entre Centro de Transformación "Curva Amaya" al Centro de Transformación "Barriada España", cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2.ª del Real Decreto 1.955/2.000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2.502/1.996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:

Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción para la instalación de línea subterránea de media tensión de (20-15 kV) comprendida entre los centros, Centro de Seccionamiento «Juan Carlos I»- Centro de Transformación «Erquicia»- Centro de Transformación «Minusválidos»- Centro de Transformación «Juan Carlos I Nº 1» – Centro de Transformación «Juan Carlos I Nº 3»- Centro de Transformación «Rosales».

Vista la solicitud de D. Antonio Palomares Fernández, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva nº 2, solicitando autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción para la instalación de línea subterránea de media tensión de (20-15 kV) comprendida entre los centros, Centro de Seccionamiento "Juan Carlos I"- Centro de Transformación "Erquicia"- Centro de Transformación "Minusválidos"- Centro de Transformación "Juan Carlos I Nº 1 – Centro de Transformación "Juan Carlos I Nº 3"- Centro de Transformación "Rosales" y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2ª del Real Decreto 1.955/2.000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2.502/1.996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:

Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción, para la instalación para la instalación de línea subterránea de media tensión de (15 kV) sustituyendo la línea subterránea de media tensión del Centro de Seccionamiento «Juan Carlos I» al Centro de Transformación «Juan Carlos I nº 3».

Vista la solicitud de D. Antonio Palomares Fernández, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva nº 2, solicitando autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción, para la instalación de línea subterránea de media tensión de (15 kV) sustituyendo la línea subterránea de media tensión del Centro de Seccionamiento "Juan Carlos I" al Centro de Transformación "Juan Carlos I nº 3, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2ª del Real Decreto 1.955/2.000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2.502/1.996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto: