Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Circular 5/2020, de 9 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regula la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte y se modifica la Circular 2/2017, de 8 de febrero, por la que se regulan los procedimientos de constitución, gestión y reparto del fondo de pagos compensatorios del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

La Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, crea un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes basado en un sistema de certificación, con objetivos obligatorios anuales de venta o consumo de biocarburantes.

La referida Orden, en su artículo 6, designó a la extinta Comisión Nacional de Energía como entidad responsable de la expedición de certificados de biocarburantes, de la gestión del mecanismo de certificación y de la supervisión y control de la obligación de venta o consumo, habilitándola expresamente, en su disposición final segunda.2, para dictar las Circulares necesarias en cumplimiento de sus funciones como Entidad de Certificación de Biocarburantes. En ejercicio de la habilitación normativa, se han aprobado sucesivas Circulares de desarrollo, adaptadas al marco regulatorio vigente en cada momento desde la constitución del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes.

Resolución de 29 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, de cooperación educativa de prácticas académicas externas.

El Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y el Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid, han suscrito, con fecha 16 de junio de 2020, un Convenio de cooperación educativa de prácticas académicas externas.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio, como anexo a la presente Resolución.

Resolución de 25 de junio de 2020, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Acuerdo del Consejo por el que se asignan Consejeros a la Sala de Competencia y a la Sala de Supervisión Regulatoria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, aprobado por Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto, se ha acordado dar publicidad al siguiente Acuerdo:

El Pleno del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en sesión de 25 de junio de 2020, en virtud de lo establecido en el artículo 18.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, ha determinado la asignación de los Consejeros a sus Salas, con efectos de 25 de junio de 2020, en los siguientes términos: