Comisión Nacional del Mercado de Valores

Resolución de 15 de enero de 2018, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a Almacenes Alegi, SL.

 

Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a Almacenes Alegi, S.L., por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99.p) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con el artículo 53 del mismo texto legal, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 304 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la CNMV de fecha 28 de septiembre de 2017 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:

Resolución de 15 de diciembre de 2017, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves y grave impuestas a Euroagentes Gestión, SGIIC, SA.

Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a Euroagentes Gestión, SGIIC, S.A., por la comisión de dos infracciones muy graves y una infracción grave, tipificadas en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se proceden a publicar, conforme a lo establecido en su artículo 94, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la CNMV de fecha 25 de octubre de 2017 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:

Imponer a Euroagentes Gestión, SGIIC, S.A., por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 80, letra o), de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, por el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1.j) de la citada Norma, al presentar deficiencias organizativas consistentes en la falta de segregación de las funciones de gestión, control y administración, poniendo en riesgo los intereses de los partícipes, multa por importe de 80.000 euros (ochenta mil euros).

Resolución de 29 de noviembre de 2017, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica la sanción por infracción grave impuesta a Banco Popular Español, SA.

Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a «Banco Popular Español, S.A.», por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 100, letra z) quinquies, de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por el mal funcionamiento del servicio de atención al cliente durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 28 de febrero de 2014, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 304 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 27 de julio de 2016 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:

Imponer a «Banco Popular Español, S.A.», por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 100.z) quinquies de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por el mal funcionamiento del servicio de atención al cliente durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 28 de febrero de 2014, una multa por importe de 500.000 euros (quinientos mil euros).