Resolución de 1 de agosto de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución de la Entidad Sociedad Francesa en Sevilla, Fundación Andaluza.





Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Sociedad Francesa en Sevilla, Fundación Andaluza, sobre la base de los siguientes






Orden del día 25 septiembre 2006

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Sociedad Francesa en Sevilla, Fundación Andaluza, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Entidad Sociedad Francesa en Sevilla, Fundación Andaluza fue constituida por: la Asociación Cultural Hispano Francesa Santa Cruz, don Marcos Haurie Girelli, don Juan Andrés Haurie Relinque, don José Luis Haurie Vigne, don Augusto Lahore Camuña, doña Marie Christine Orsoni López, don Carlos Perromat Villares y don Jorge Thiriet Castilla, el 14 de julio de 2005, según consta en escritura pública otorgada ante el notario don Francisco Rosales de Salamanca, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 1.649 de su protocolo, subsanada por otra de 16 de mayo de 2006, otorgada ante don Eduardo Villamor Urban con el número de protocolo 1.392.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 13.25 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 20 de diciembre; la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.-La Fundación ha sido constituida por personas legitimadas para ello, dándose cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tercero.-La Entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de fundación del artículo 1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal. Cuarto.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, la inscripción de las fundaciones requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de la Consejería de Cultura. Quinto.-La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 11 y 12 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus estatutos adaptados a dicha Ley. Sexto.-De conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, el nombramiento de los órganos de la fundación cuya existencia venga prevista en los estatutos habrá de notificarse al Protectorado e inscribirse en el Registro de Fundaciones de Andalucía. Séptimo.-El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Octavo.-La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior y visto el informe de la Letrada Jefe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, resuelve:

Primero.-Clasificar a la Sociedad Francesa en Sevilla, Fundación Andaluza, atendiendo a sus fines, como entidad cultural, ordenando su inscripción en la Sección Segunda, «Fundaciones Culturales, Cívicas y Deportivas» del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE/1022.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del Patronato relacionados en el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos. Tercero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros de la Comisión Ejecutiva y su aceptación. Cuarto.-Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Cultura, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los ar-tículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 1 de agosto de 2006.-La Directora General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, P. S. (Orden de 18 de julio de 2006), la Directora General de Reforma Juvenil, M.ª Luisa Cercas Domínguez.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Andalucía

Resolución de 1 de agosto de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución de la Entidad Sociedad Francesa en Sevilla, Fundación Andaluza.

"Resolución de 1 de agosto de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución de la Entidad Sociedad Francesa en Sevilla, Fundación Andaluza." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-16770 publicado el 25 septiembre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-16770
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 25 septiembre 2006
Fecha Pub: 20060925
Fecha última actualizacion: 25 septiembre, 2006
Numero BORME 229
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Andalucía
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 25 septiembre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 33630
Pagina final: 33630




Publicacion oficial en el BOE número 229 - BOE-A-2006-16770


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-16770 de Resolución de 1 de agosto de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución de la Entidad Sociedad Francesa en Sevilla, Fundación Andaluza.


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