Resolución de 14 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se autoriza a la empresa Altra Ingenieros, S. L. su actuación como organismo de control autorizado.





Antecedentes de hecho






Orden del día 02 abril 2005

Antecedentes de hecho

Primero.-El Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial aprobado por Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, (B.O.E. de 6 de febrero de 1996). Establece en su Artículo 43, la obligatoriedad de autorización de actuación de los Organismos de control acreditados, por parte de la Administración competente en materia de industria del territorio donde los Organismos inicien su actividad o radiquen sus instalaciones.

Segundo.-El 30 de noviembre de 2004 D. David Páez Rodríguez, en nombre y representación de Altra Ingenieros, S. L., con domicilio social en Sevilla, en c/ Arjona 10 ESC-2, 1ºD solicita la autorización de actuación como Organismo de control autorizado en los ámbitos reglamentarios de: 1) elementos e instalaciones de aparatos de elevación y de manutención y 2) de instalaciones eléctricas. Acompaña la documentación recogida en el Anexo I del Decreto 25/2001, de 13 de febrero, por el que se regulan las actuaciones de los organismos de control en materia de seguridad de los productos e instalaciones industriales (BOJA de 20 de febrero de 2001). Tercera.-Analizada la documentación presentada, se comprueba que la misma se ajusta a lo dispuesto en el Anexo antes citado salvo en un punto concreto. Requeridos para su subsanación presentan nueva documentación con fecha 8 de febrero de 2005.

Primero.-Las competencias que en esta materia corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía, están contempladas en el Estatuto de Autonomía, según lo indicado en el artículo 18.5 de la Ley 6/1981, de 30 de diciembre, que establece competencia exclusiva en materia de industria, sin perjuicio de lo que determinen las normas del Estado por razones de seguridad, sanitarias o de interés militar, y las normas relacionadas con las industrias que estén sujetas a la legislación de minas, hidrocarburos y energía nuclear.

Segundo.-La Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para dictar Resolución, en virtud de lo previsto en el artículo 2.2 del Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, sobre traspaso de competencias, funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, así como el Anexo A, punto I, apartado 3, del Real Decreto 4164/1982, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, en relación con el artículo 5 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Tercero.-En la documentación presentada, se acredita que la empresa cumple con las exigencias establecidas en la reglamentación que le es de aplicación: Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, que aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial y Decreto 25/2001, de 13 de febrero, por el que se regulan las actuaciones de los organismos de control en materia de seguridad de los productos e instalaciones industriales. Cuarto.-En la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos reglamentarios.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, resuelvo,

Primero.-Autorizar a la empresa Altra Ingenieros, S. L., la actuación como Organismo de Control para la actividad de Inspección en los campos reglamentarios de: Elementos e instalaciones de aparatos de elevación y de manuteción.

Instalaciones eléctricas.

Limitando dicha autorización a las actuaciones reglamentarias enmarcadas en los Reglamentos y Normativas técnicas siguientes que son las especificadas en el documento de acreditación n.º 102/EI182, emitido por la Entidad Nacional de Acreditación con fecha 22 de octubre de 2004, y su anexo técnico Rev. 1 de la misma fecha. Instalaciones eléctricas: D. 3151 de 28/11/68 (B.O.E. 27/12/68) por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas eléctricas aéreas de alta tensión.

R.D. 3275/1982 de 12/11/82 (B.O.E. 01/12/82) por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación y sus ITC MIE-RAT 001 a MIE-RAT 20 D. 2413/1973 de 20/09/73 (B.O.E. 9/10/73) por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Modificado por R.D. 2295/1985 de 09/10/85 (B.O.E. 12/12/85) y sus ITC MI-BT 001 a BT 044. R.D. 842/2002 de 2 de agosto (BOE 18.09.2002) por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico de baja tensión. Instrucciones técnicas complementarias ITC BT01 a BT51.

Elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manutención:

O. MIE de 30/06/66 (B.O.E. 20/07/66) por la que se aprueba el texto revisado del Reglamento de Aparatos Elevadores O. MIE de 31/03/81 (B.O.E. 20/04/81) por la que se fijan las condiciones técnicas mínimas exigibles a los ascensores y se dan normas para efectuar revisiones generales periódicas de los mismos.

R.D. 2291/85 de 08/11/85 (B.O.E. 11/12/85) por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención, y su ITC complementaria MIE AEM 1.

Segundo.-La presente autorización de actuación como Organismo de Control tiene una validez de dos años, debiendo solicitarse su renovación antes de su vencimiento.

Tercero.-La citada Entidad queda autorizada para actuar en los ámbitos reglamentarios y con las limitaciones expresadas en los puntos Primero y Segundo en todo el territorio nacional, debiendo en todo, ajustar sus actuaciones a lo recogido en la Ley de Industria 21/1992 de 16 de julio y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. En la Comunidad Autónoma de Andalucía, las actuaciones deberán ajustarse también a lo previsto en el Decreto 25/2001, de 13 de febrero y disposiciones que lo desarrollan. Cuarto.-Cualquier variación de las condiciones o requisitos, que sirvieron de base para la presente autorización, deberán comunicarse al día siguiente de producirse a esta Dirección General de Industria, Energía y Minas. Quinto.-En todo caso el Organismo de control acreditado, deberá ajustarse a las directrices que emita esta Dirección General en relación con la actividad de inspección y control reglamentario.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 14 de febrero de 2005.-El Director General, Jesús Nieto González.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Andalucía

Resolución de 14 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se autoriza a la empresa Altra Ingenieros, S. L. su actuación como organismo de control autorizado.

"Resolución de 14 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se autoriza a la empresa Altra Ingenieros, S. L. su actuación como organismo de control autorizado." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-5320 publicado el 02 abril 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-5320
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 02 abril 2005
Fecha Pub: 20050402
Fecha última actualizacion: 2 abril, 2005
Numero BORME 79
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Andalucía
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 02 abril 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 11403
Pagina final: 11403




Publicacion oficial en el BOE número 79 - BOE-A-2005-5320


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-5320 de Resolución de 14 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se autoriza a la empresa Altra Ingenieros, S. L. su actuación como organismo de control autorizado.


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