Resolución de 4 de marzo de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución de la Fundación Hélice.





Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Fundación Hélice, sobre la base de los siguientes






Orden del día 08 abril 2005

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Fundación Hélice, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación Hélice fue constituida por la Confederación de Empresarios de Andalucía, CEA, EADS, Construcciones Aeronáuticas, S.A., el Instituto de Fomento de Andalucía (cuya denominación, a partir del 1 de enero de 2005, es la de Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía) y el Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, el 16 de julio de 2004, según consta en escritura pública otorgada ante el notario don José Javier de Pablo Carrasco, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 2.397 de su protocolo, subsanada por escritura otorgada el 15 de febrero de 2004, ante el notario don Tomás Marcos Martín, bajo el núm. 592 de su protocolo. Segundo. Fines.-En los estatutos de la Fundación, figuran los siguientes fines: realizar actividades de investigación, desarrollo tecnológico, e innovación (I+D+I), así como el desarrollo de proyectos de cooperación nacionales y transnacionales en materias relativas a la aeronáutica y el espacio: estimular la participación de las empresas, entidades y organismos públicos y privados en programas nacionales e internacionales; favorecer las relaciones entre los distintos agentes del sistema Ciencia-Tecnología-Empresa; colaborar y cooperar con otras organizaciones nacionales e internacionales, para la consecución de los objetivos comunes; colaborar en la transferencia de resultados de la investigación y de tecnologías relativas al sector; promover la realización y difusión de informes, publicaciones, estudios, y estadísticas, incluso de carácter prospectivo, en relación a la aeronáutica y el espacio; organizar actividades formativas, jornadas técnicas y seminarios para la capacitación científico-técnica de las personas relacionadas con el sector; promover instrumentos para ayudar a las empresas en sus procesos de certificación; actuar como órgano de asesoramiento en los contratos entre empresa tractora y auxiliar o complementaria, y, en su caso, de mediación; facilitar la homologación de instalaciones y procesos de nuevos subcontratistas; asesorar en los programas de formación a impartir en relación con el sector; constituir un Observatorio Específico del sector. Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.-El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en la calle Torneo, núm. 26, de Sevilla y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cuarto. Dotación.-La Fundación se constituye con una dotación inicial de 120.000,00 euros, que ha sido totalmente desembolsada por las entidades fundadoras y por las entidades que integran el Patronato. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, constando expresamente el carácter gratuito de sus cargos, quedando obligado dicho órgano de gobierno a la rendición anual de cuentas y presentación de un plan de actuación en el que queden reflejados los objetivos y las actividades que se prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente. El Patronato inicial, con la designación de sus representantes, cuya aceptación consta expresamente en la escritura de constitución así como en la certificación del Secretario del Patronato del acta de la reunión de 27 de septiembre de 2004, elevada a público el 15 de febrero de 2005, queda formado por las personas jurídicas que se detallan:

Vicepresidente: Mecaprec, S.L. Vocales: Aeroestructuras Sevilla, S.L.; Aeronáutica del Sur, S.A.L.; Aertec, Ingeniería y Desarrollos, S.L.; Airgrup, S.L.; Asociación de Investigación y Cooperación Industrial de Andalucía F. de Paula Rojas AICIA; A y G Sevilla, S.L; Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla; Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental; Confederación de Empresarios de Andalucía, CEA; Confederación de Empresarios de la Provincia de Cádiz; Confederación Empresarial Sevillana; EADS, Construcciones Aeronáuticas, S.A; Emerge Ingeniería, S.L.; Federación de Empresarios del Metal de Sevilla; Federación de Asociaciones de Empresas del Metal de Cádiz; Gamesa Aeronáutica, S.A. Sociedad Unipersonal; Industria Especializada en Aeronáutica, S.A; Industria Siderometalúrgica Gienense, S.L.; Instituto Andaluz de Tecnología; Instituto de la Calidad, S.A.U.; Intec-Air, S.L.; Mac Puar, Componentes Mecánicos, S.L.; Mantenimiento y Montajes ELIMCO, S.A.; Mecanizados Calonge, S.L.; Militärtecnologie, Dienst und Úberwachung, S.A; Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla; Navair, S.L.; Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L.; Qualitaire Consulting, S.L.; Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Informática y la Electrónica, S.A.; Sevilla Control, S.A.; Sevilla Global, S.A.; Sociedad Andaluza de Componentes Especiales, S.A.; Talleres Tagonsa, S.L.; Tecaer Sevilla, S.L.; Técnicas Aeronáuticas Defensa y Automoción, S.A.; Universidad de Sevilla, Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales. Secretario, no patrono: Don Francisco José Oyonarte Molina.

Fundamentos de derecho

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 13.25 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 20 de diciembre; la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 278/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Segundo.-La Fundación ha sido constituida por personas legitimadas para ello, dándose cumplimiento a lo establecido en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Tercero.-La entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de fundación del artículo 2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal. Cuarto.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 35.1 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, la inscripción de las fundaciones requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de la Consejería de Educación. Quinto.-La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre. Sexto.-El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptimo.-La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior y visto el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, resuelve:

Primero.-Clasificar a la Fundación Hélice, atendiendo a sus fines, como entidad de desarrollo tecnológico, ordenando su inscripción en la Sección Primera, «Fundaciones Docentes, Científicas, Investigación y Desarrollo» del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE/950.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del Patronato relacionados en el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos. Tercero.-Inscribir la constitución del Comité de Dirección previsto en sus Estatutos, con las facultades detalladas en el artículo 14 de la norma estatutaria. Cuarto.-Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Educación, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 4 de marzo de 2005.-La Directora General, María Luisa García Juárez.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Andalucía

Resolución de 4 de marzo de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución de la Fundación Hélice.

"Resolución de 4 de marzo de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución de la Fundación Hélice." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-5748 publicado el 08 abril 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-5748
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 08 abril 2005
Fecha Pub: 20050408
Fecha última actualizacion: 8 abril, 2005
Numero BORME 84
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Andalucía
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 08 abril 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 12316
Pagina final: 12317




Publicacion oficial en el BOE número 84 - BOE-A-2005-5748


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-5748 de Resolución de 4 de marzo de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la constitución de la Fundación Hélice.


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