Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se renueva la autorización a Organismo de Control y Certificación Cemosa, S.L., para su actuación como organismo de control.





Antecedentes de hecho






Orden del día 30 mayo 2009

Antecedentes de hecho

Primero.–Con fecha 8 de noviembre de 2006 se emitió Resolución de esta Dirección General autorizando a Organismo de Control y Certificación Cemosa, Sociedad Limitada, como Organismo de control autorizado para la actividad de inspección en el ámbito reglamentario de Reglamentación Eléctrica: Baja Tensión. Dicha autorización estaba limitada a las actuaciones reglamentarias enmarcadas en los reglamentos y especificaciones técnicas relacionadas en el anexo técnico OC-I/052 Rev.1 emitido por la Entidad Nacional de Acreditación (Enac) con fecha 12 de mayo de 2006.

Segundo.–La anterior Resolución tiene una validez de dos años y dispone que si transcurrido el plazo Organismo de Control y Certificación Cemosa, Sociedad Limitada, pretende seguir con la actividad debe pedir su renovación antes del vencimiento.

Cuarto.–Analizada la documentación presentada, se comprueba que la misma se ajusta a los requisitos exigidos en la Reglamentación que le es de aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.–La competencia para dictar esta Resolución viene atribuida a la Dirección General de Industria, Energía y Minas en virtud de lo previsto en el anexo A, punto 1 apartado 3, del Real Decreto 4164/1982, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de industria, energía y minas, en relación con el Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de los Vicepresidentes y sobre reestructuración de Consejerías.

Segundo.–En la documentación presentada se acredita que la empresa sigue cumpliendo con las exigencias generales establecidas en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero de 1996) y el en Decreto 25/2001, de 13 de febrero, por el que se regulan las actuaciones de los organismos de control en materia de seguridad de los productos e instalaciones industriales (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 21, de 20 de febrero de 2001).

Tercero.–En la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos reglamentarios.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, resuelvo:

Primero.–Renovar la autorización concedida con fecha 8 de noviembre de 2006 a Organismo de Control y Certificación Cemosa, Sociedad Limitada, como Organismo de Control para la actividad de inspección en el campo específico de Reglamentación Eléctrica: Baja Tensión, limitando dicha autorización a las actuaciones reglamentarias enmarcadas en los reglamentos y especificaciones técnicas especificadas en el anexo técnico OC-I/052 Rev.1 emitido por la Entidad Nacional de Acreditación (Enac) con fecha 12 de mayo de 2006.

Segundo.–La presente Renovación de autorización de actuación como Organismo de Control tiene una validez de cinco años, debiendo solicitarse su renovación antes de la fecha de su vencimiento.

Tercero.–La citada Entidad queda autorizada para actuar en los ámbitos reglamentarios y con las limitaciones expresadas en los puntos Primero y Segundo en todo el territorio nacional, debiendo ajustar sus actuaciones a lo recogido en la Ley de Industria 21/1992, de 16 de julio, y en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. En la Comunidad Autónoma de Andalucía las actuaciones deberán ajustarse también a lo previsto en el Decreto 25/2001, de 13 de febrero, y disposiciones que lo desarrollan.

Cuarto.–Cualquier variación de las condiciones o requisitos que sirvieron de base para la presente autorización deberá comunicarse, en el plazo de una semana desde que dicha variación se produzca, a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 4 de marzo de 2009.–La Directora General de Industria, Energía y Minas, Eva María Vázquez Sánchez.

 



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Andalucía

Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se renueva la autorización a Organismo de Control y Certificación Cemosa, S.L., para su actuación como organismo de control.

"Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se renueva la autorización a Organismo de Control y Certificación Cemosa, S.L., para su actuación como organismo de control." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-9033 publicado el 30 mayo 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-9033
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 mayo 2009
Fecha Pub: 20090530
Fecha última actualizacion: 30 mayo, 2009
Numero BORME 131
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Andalucía
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 mayo 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 45736
Pagina final: 45737




Publicacion oficial en el BOE número 131 - BOE-A-2009-9033


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-9033 de Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se renueva la autorización a Organismo de Control y Certificación Cemosa, S.L., para su actuación como organismo de control.


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