Resolución de 9 de marzo de 2017, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre.





De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 9 de marzo de 2017, teniendo en cuenta lo siguiente:

Contenidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía Resolución de 9 de marzo de 2017, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre. del 20170331







Orden del día 31 marzo 2017

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 9 de marzo de 2017, teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de Personal de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de la provincia de destino, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución, que pertenezcan ya al Cuerpo de Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en dicho Cuerpo, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el articulo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida a esta Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal y al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

Tercero.

En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, Gerencia o Comunidad Autónoma correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo si tienen que desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que los funcionarios procedan del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Cuarto.

Copia del Acta de toma de posesión será remitida por el responsable de Personal de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia.

Quinto.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión de los titulares.

Sexto.

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

Séptimo.

Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Octavo.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 21 de noviembre de 2016 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de diciembre), no adjudicadas en la presente Resolución, mantienen su condición de desiertas sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público, o en caso de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Noveno.

De conformidad con lo establecido en el punto Cuarto, letra d), de la Resolución de 21 de noviembre de 2017 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de diciembre), se relacionan las plazas que se han incorporado nuevamente al turno libre, correspondientes a aquellos funcionarios del turno de promoción interna que han optado por permanecer en el Cuerpo de Origen.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano competente de la Consejería de Justicia e Interior, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de marzo de 2017.–El Director General de Oficina Judicial y Fiscal, Juan Rueda Gómez.

ANEXO I

Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Andalucía

Resolución de 9 de marzo de 2017, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre.

"Resolución de 9 de marzo de 2017, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2017-3499 publicado el 31 marzo 2017

ID de la publicación: BOE-A-2017-3499
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 31 marzo 2017
Fecha Pub: 20170331
Fecha última actualizacion: 31 marzo, 2017
Numero BORME 77
Seccion: 2
Departamento: Comunidad Autónoma de Andalucía
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 31 marzo 2017
Letra: A
Pagina de inicio: 25041
Pagina final: 25043




Publicacion oficial en el BOE número 77 - BOE-A-2017-3499


Publicacion oficial en el BOE-A-2017-3499 de Resolución de 9 de marzo de 2017, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre.


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