Resolución de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria por la que se da publicidad a la solicitud modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Calatayud».





Con fecha 2 de julio de 2021, el Consejo Regulador de la denominación de origen protegida (DOP) «Calatayud» presenta la solicitud de modificación de su pliego de condiciones, al amparo de lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007.






Orden del día 24 septiembre 2021

Con fecha 2 de julio de 2021, el Consejo Regulador de la denominación de origen protegida (DOP) «Calatayud» presenta la solicitud de modificación de su pliego de condiciones, al amparo de lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007.

La Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria en Aragón, regula en su artículo 32 el reconocimiento de las denominaciones geográficas de calidad y la modificación de sus respectivas normas técnicas, estableciéndose reglamentariamente en el Decreto 5/2009 de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, artículos 24 a 30, que una vez superado el examen de conformidad, la solicitud se someterá a información pública mediante anuncios publicados en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado» que establecerán el plazo para poder presentar la correspondiente solitud de oposición, en su caso.

Asimismo, el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, establece en su artículo 8.6 que el órgano competente de la Comunidad Autónoma publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la solicitud de modificación de un pliego de condiciones, al objeto de dar publicidad a la misma y, en su caso, iniciar el procedimiento nacional de oposición, incluyendo la dirección de la página web oficial, donde se encontrarán, el pliego de condiciones y el documento único del producto.

En virtud de lo expuesto, Resuelvo:

Primero.- Dar publicidad de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la DOP «Calatayud». De conformidad con el artículo 8 el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, el pliego de condiciones y el documento único modificados pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón:

https://www.aragon.es/-/denominacion-origen-protegida-calatayud

Segundo.- Iniciar el procedimiento nacional de oposición, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, podrá oponerse a la modificación pretendida mediante la presentación de la declaración motivada de oposición dirigida a la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria del Gobierno de Aragón, a través de los registros y oficinas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 21 de septiembre de 2021.- La Directora General de Innovación y Promoción Agroalimentaria, Carmen Urbano Gómez.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Aragón

Resolución de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria por la que se da publicidad a la solicitud modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Calatayud».

"Resolución de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria por la que se da publicidad a la solicitud modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Calatayud»." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2021-39570 publicado el 24 septiembre 2021

ID de la publicación: BOE-B-2021-39570
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 5
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 septiembre 2021
Fecha Pub: 20210924
Fecha última actualizacion: 24 septiembre, 2021
Numero BORME 229
Seccion: 5
Departamento: Comunidad Autónoma de Aragón
Numero de anuncio: A210052044
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 septiembre 2021
Letra: B
Pagina de inicio: 54190
Pagina final: 54191




Publicacion oficial en el BOE número 229 - BOE-B-2021-39570


Publicacion oficial en el BOE-B-2021-39570 de Resolución de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria por la que se da publicidad a la solicitud modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Calatayud».


Descargar PDF oficial BOE-B-2021-39570 AQUÍ



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