Resolución de 28 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura, relativa a incoación de expediente para la declaración como bien de interés cultural, con categoría de sitio histórico, del Cerro Calderico y sus Molinos, en Consuegra (Toledo).





Vista la documentación técnica que obra en el expediente administrativo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.º 1 y 2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el artículo 11.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley (en su nueva redacción dada tras la promulgación del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero). Visto que el artículo 6.2 del Decreto 180/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Cultura, establece que corresponde a la Dirección General de Patrimonio y Museos la incoación, tramitación y propuesta de resolución de los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural, resuelvo:






Orden del día 12 enero 2007

Vista la documentación técnica que obra en el expediente administrativo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.º 1 y 2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el artículo 11.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley (en su nueva redacción dada tras la promulgación del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero). Visto que el artículo 6.2 del Decreto 180/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Cultura, establece que corresponde a la Dirección General de Patrimonio y Museos la incoación, tramitación y propuesta de resolución de los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente, con los efectos previstos en la Ley y el Real Decreto citados, para la declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, del Cerro Calderico y sus Molinos, localizado en Consuegra (Toledo), cuyas características figuran en el anexo de la presente resolución.

Segundo.-Proceder, de conformidad con lo prevenido en el artículo 12.2 del Real Decreto precitado, a realizar la comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural, a los efectos de su anotación preventiva. Tercero.-Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio y Museos (c/ Trinidad, núm. 8, Toledo); y todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuarto.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Toledo, 28 de noviembre de 2006.-El Director General de Patrimonio y Museos, Enrique Lorente Toledo.

ANEXO

Descripción:

El Cerro Calderico fue considerado como enclave para el asentamiento de diversas culturas desde el siglo VI a.C. con los primeros pueblos íberos, a la época contemporánea con la construcción de los molinos de viento.

Los elementos arquitectónicos que destacan sobre el Cerro son los Molinos de Viento y el Castillo.

Molinos de viento:

Construidos en la primera mitad del siglo XIX, y tras las reconstrucciones llevadas a cabo en diferentes épocas, en la actualidad se conservan once de los trece molinos de viento que en su día llegaron a coronar el Cerro Calderico.

Estos, siguiendo la tipología del molino torre, establecida al parecer en Holanda entre los siglos XV y XVI, presentan dos partes claramente diferenciadas: un cuerpo cilíndrico o torre formada por gruesos muros de mampostería encalada, que constituye el elemento sustentante, y una cubierta cónica giratoria, que integra el conjunto matriz manifestándose al exterior por el palo de gobierno y sus cuatro aspas rectangulares. Su ubicación sobre el Cerro Calderico y la necesidad de contar con un suelo nivelado para su edificación, determina la construcción de una plataforma circular, reforzada en su perímetro por un muro de mampostería en el centro del cual, se levanta el molino de viento. En el grueso del muro de cerramiento del molino, y orientada al Sur, se abre una puerta de vano adintelado, de una hoja, que da acceso a un interior dividido en tres plantas pavimentadas con baldosa de barro y conectadas entre sí por una escalera adosada al muro. En la planta inferior, se ubica un espacio denominado «silo», pues es donde se almacenaba el grano molido. En la segunda planta o «camareta» se ubica el cedazo, gran tamiz dentro de un cajón para separar la harina del salvado. En la tercera planta o «moledero», estancia donde el muro reduce su espesor proporcionando un espacio de mayor amplitud, se aloja el conjunto de la maquinaria, cuyo elemento más llamativo es la rueda catalina. En la parte alta del muro se abren diez ventanillos que servían al molinero para averiguar la dirección del viento y determinar así la orientación de las aspas.

Castillo:

Destaca en lo alto del Cerro. Su compleja configuración responde a la necesidad de su adecuación al terreno y a las numerosas transformaciones sufridas a lo largo del tiempo.

Las modificaciones más importantes surgen a partir de la donación por parte del rey Alfonso VIII, a la Orden de San Juan de Jerusalén en el año 1183, de tal forma que la fortaleza, que hoy nos encontramos, es el resultado de diversas ampliaciones y reconstrucciones, llevadas a cabo en los siglos XII y XIII, con el fin de adecuarlas a nuevas necesidades, y que si bien conservaría cierta estructura espacial de primitivo recinto, de gran importancia histórica desde el siglo XI, han supuesto la ocultación o la desaparición del mismo. El Castillo, construido en mampostería asentada con mortero de cal, consta de un núcleo central o fortaleza propiamente dicha, donde se sitúa el complejo habitacional, rodeado por un recinto amurallado, prolongando hacia el Sur a modo de espolón o proa, cuyo flanco izquierdo forma ángulo entrante con el lienzo de muralla situado al sudeste, zona protegida con doble muralla al igual que en el lado de naciente donde forma una barbacana, al fondo de la cual se encuentra el paso al patio de armas, amplio recinto ubicado al norte de la fortaleza. La fortaleza es un recinto de planta rectangular, formada por muros de mampostería, de más de un metro de espesor, reforzados con sillares en as esquinas, así como una torre circular maciza, de diámetro decreciente hacia la parte superior, en el ángulo sudoeste. De estructura cerrada sobre sí mismo, este recinto se halla flanqueado por cuatro torreones ubicados, aproximadamente, en el centro de cada uno de los lados. Tres de ellos, los situados al norte, este y oeste, son de planta semicircular prolongada, y se hallan adosados al recinto por su lado recto. El cuarto torreón, situado al sur, pertenece al tipo de torre albarrana, es de planta circular y se halla exento, si bien, en el pasado, se unía al recinto a través de un arco que le comunicaba con la ermita, ubicada en la parte superior de la fortaleza. La ermita actual fue construida a finales del siglo XVI, y vino a sustituir a la antigua capilla del siglo XIII, de ubicación desconocida, auque hay indicios de que estuviera en la parte superior del torreón de poniente. Orientada de Este a Oeste, presenta planta rectangular estructurada en tres espacios claramente diferenciados. En 1813 la fortaleza sufrió daños de considerable envergadura durante la Guerra de la Independencia Española. En 1962 el castillo, que como parte de la desamortización de 1836 había pasado a manos particulares, fue cedido al Ayuntamiento de Consuegra. A continuación comenzó un periodo de rehabilitación, con un gran impulso en 1985 con la creación de la Escuela Taller, cuyos trabajos se siguen realizando en la actualidad.

Objeto de la declaración:

Vendría definido por: Molinos: Polígono 80, parcelas 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13, completas.

Castillo: Polígono 80, parcela b completa. Resto: Polígono 80, parcelas 1, 14, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53 y 54 completas.

Todo ello según plano adjunto.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Resolución de 28 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura, relativa a incoación de expediente para la declaración como bien de interés cultural, con categoría de sitio histórico, del Cerro Calderico y sus Molinos, en Consuegra (Toledo).

"Resolución de 28 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura, relativa a incoación de expediente para la declaración como bien de interés cultural, con categoría de sitio histórico, del Cerro Calderico y sus Molinos, en Consuegra (Toledo)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-736 publicado el 12 enero 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-736
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 enero 2007
Fecha Pub: 20070112
Fecha última actualizacion: 12 enero, 2007
Numero BORME 11
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 enero 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 1795
Pagina final: 1797




Publicacion oficial en el BOE número 11 - BOE-A-2007-736


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-736 de Resolución de 28 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura, relativa a incoación de expediente para la declaración como bien de interés cultural, con categoría de sitio histórico, del Cerro Calderico y sus Molinos, en Consuegra (Toledo).


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-736 AQUÍ



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