Resolución CLT/1226/2015, de 25 de mayo, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección de la torre de La Guàrdia, en Tornabous.





La torre de La Guàrdia, en Tornabous, está declarada bien cultural de interés nacional, en virtud de la disposición adicional primera, punto segundo, de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.






Orden del día 29 julio 2015

La torre de La Guàrdia, en Tornabous, está declarada bien cultural de interés nacional, en virtud de la disposición adicional primera, punto segundo, de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

El 20 de abril de 2015, la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio, emitió informe favorable a la incoación del expediente para la delimitación del entorno de protección de este monumento.

Considerando lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

2. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Tornabous y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura, puede autorizar las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

3. Abrir un periodo de información pública, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Lleida, Rambla d’Aragó, 8, 25002 Lleida. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el mencionado expediente.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional de Cataluña para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 25 de mayo de 2015.–El Consejero de Cultura, Ferran Mascarell i Canalda.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Cataluña

Resolución CLT/1226/2015, de 25 de mayo, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección de la torre de La Guàrdia, en Tornabous.

"Resolución CLT/1226/2015, de 25 de mayo, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección de la torre de La Guàrdia, en Tornabous." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2015-8518 publicado el 29 julio 2015

ID de la publicación: BOE-A-2015-8518
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 julio 2015
Fecha Pub: 20150729
Fecha última actualizacion: 29 julio, 2015
Numero BORME 180
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Cataluña
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 julio 2015
Letra: A
Pagina de inicio: 65168
Pagina final: 65168




Publicacion oficial en el BOE número 180 - BOE-A-2015-8518


Publicacion oficial en el BOE-A-2015-8518 de Resolución CLT/1226/2015, de 25 de mayo, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección de la torre de La Guàrdia, en Tornabous.


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