Resolución de 13 de marzo de 2014, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se designa a Lgai Technological Center, SA, como organismo de control metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad F, y como organismo de control metrológico de las cabinas que alojan a los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad G.





Vista la petición presentada por la entidad LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A. (NIF A-63207492), domiciliada en el Campus de la U.A.B., 08193 Bellaterra (Barcelona), de 28 de junio de 2013, de solicitud de designación por parte de la Administración competente como Organismo de Control Metrológico de las cabinas que alojan a los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad G, de acuerdo con el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio (BOE n.º 183, de 2/8/2006), por el que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de medida.

Contenidos de la Comunidad Autónoma de Cataluña Resolución de 13 de marzo de 2014, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se designa a Lgai Technological Center, SA, como organismo de control metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad F, y como organismo de control metrológico de las cabinas que alojan a los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad G. del 20140415







Orden del día 15 abril 2014

Vista la petición presentada por la entidad LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A. (NIF A-63207492), domiciliada en el Campus de la U.A.B., 08193 Bellaterra (Barcelona), de 28 de junio de 2013, de solicitud de designación por parte de la Administración competente como Organismo de Control Metrológico de las cabinas que alojan a los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad G, de acuerdo con el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio (BOE n.º 183, de 2/8/2006), por el que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de medida.

Visto que la documentación aportada, los días 27 de febrero de 2014 y 11 de marzo de 2014, se encuentra de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución de 20 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Industria (BOE n.º 297, de 13/12/2006), por la que se publica la Directriz 1/2006, de 3 de octubre, para la designación de Organismos Notificados y de los Organismos de Control metrológico.

Vista la resolución de 4 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Ocupación de la Generalidad de Cataluña, por la que se designaba a la entidad LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A., como Organismo de Control Metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad F.

De acuerdo con las atribuciones que me confiere el Decreto 352/2011, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo (DOGC n.º 5897, de 9/6/2011) y el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico (DOGC n.º 1505, de 14/10/1991), resuelvo:

Primero.

Designar a la entidad LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A. (NIF A-63207492) como Organismo de Control Metrológico de:

– Instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, del tipo cinemòmetros destinados a medir la velocidad instantánea de circulación de los vehículos a motor desde emplazamientos estáticos o a bordo de vehículos (cinemómetros de sensor, cinemómetros de pistola láser y cinemómetros de efecto Doppler), en el módulo de evaluación de la conformidad F.

– Instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, del tipus cinemòmetros destinados a medir la velocidad media de circulación de los vehículos a motor sobre tramos de distancias conocidas, en el módulo de evaluación de la conformidad F.

– Cabinas de soporte y protección que alojan instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad G.

Segundo.

La entidad LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A., como Organismo de Control Metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor y las cabinas que los alojan, podrá actuar a las fases de control metrológico definidas en el capítulo II de la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre (BOE n.º 292, de 3/12/2010), por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor.

Tercero.

La presente autorización será válida siempre y cuando se mantengan las condiciones de aplicación establecidas en el certificado de acreditación número OC-I/169 y su anexo técnico, emitido por la Entidad Nacional de Acreditación. Ésto significa que LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A. deberá presentar en todo momento las renovaciones, las modificaciones, las suspensiones temporales o las retiradas que del mismo pueda llevar a cabo la Entidad Nacional de Acreditación.

Cuarto.

La entidad LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A., estará sometida en todo momento con lo que disponen el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de medida, y la Resolución de 20 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2006, de 3 de octubre, para la designación de Organismos Notificados y de los Organismos de Control metrológico, así como también cualquier otra disposición que establezca la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña.

Quinto.

La entidad LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A., ha de satisfacer de forma continuada los requisitos establecidos en la normativa aplicable para ser designado como Organismo de Control Metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor y las cabinas que los alojan, y deberá notificar a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial cualquier cambio que pueda afectar a estos requisitos.

Sexto.

Igualmente se podrá proceder a la revocación de esta autorización como Organismo de Control Metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor y las cabinas que los alojan cuando en virtud de revisiones de oficio o por cualquier otro medio se compruebe que se ha producido falsedad, declaración inexacta o modificación de los datos y circunstancias que sirvieron de base a aquélla, sin perjuicio de la sanción que proceda, de acuerdo con la normativa vigente.

Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 13 de marzo de 2014.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Cataluña

Resolución de 13 de marzo de 2014, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se designa a Lgai Technological Center, SA, como organismo de control metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad F, y como organismo de control metrológico de las cabinas que alojan a los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad G.

"Resolución de 13 de marzo de 2014, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se designa a Lgai Technological Center, SA, como organismo de control metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad F, y como organismo de control metrológico de las cabinas que alojan a los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad G." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2014-4137 publicado el 15 abril 2014

ID de la publicación: BOE-A-2014-4137
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 abril 2014
Fecha Pub: 20140415
Fecha última actualizacion: 15 abril, 2014
Numero BORME 91
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Cataluña
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 abril 2014
Letra: A
Pagina de inicio: 31237
Pagina final: 31239




Publicacion oficial en el BOE número 91 - BOE-A-2014-4137


Publicacion oficial en el BOE-A-2014-4137 de Resolución de 13 de marzo de 2014, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se designa a Lgai Technological Center, SA, como organismo de control metrológico de instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad F, y como organismo de control metrológico de las cabinas que alojan a los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, en el módulo de evaluación de la conformidad G.


Descargar PDF oficial BOE-A-2014-4137 AQUÍ



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