Decreto 251/2012, de 18 de diciembre, por el que se declara el Edificio Metálico (antiguo Mercado de Abastos) en el término municipal de Badajoz como bien de interés cultural, con categoría de monumento.





El Estatuto de Autonomía de Extremadura recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma».






Orden del día 29 enero 2013

El Estatuto de Autonomía de Extremadura recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma».

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.

Con base en la normativa citada, se dictó Resolución de 2 de mayo de 2012, publicada en el DOE n.º 104 de fecha 31 de mayo de 2012, de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Cultura por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para El Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos) en el término municipal de Badajoz, con la categoría de Monumento.

La incoación del expediente fue notificada al titular afectado, al Excmo. Ayuntamiento de Badajoz y al Ministerio de Cultura, para su inscripción provisional en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, donde se procedió a practicar anotación preventiva del expediente de declaración, con el n.º 28550. No se ha presentado ninguna alegación.

Se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 y siguientes de la ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el art. 4.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. De ellas, se ha recibido informe favorable de la Universidad de Extremadura y de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes.

El Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos de Badajoz) se ubica en el Campus de la Universidad de Extremadura en Badajoz (Avenida de Elvas, s/n). El propietario del mismo es igualmente la UEX. Originalmente dicho mercado estuvo situado en la Plaza Alta de la capital provincial, donde se inauguró en 1899. Entre 1975 y 1977 el edificio se desmontó y recompuso en el Campus de la UEX, habiendo sido utilizado como sala de usos múltiples y sede de otras dependencias de la Universidad.

El edificio es una muestra muy interesante –por lo escasa y por su valor intrínseco– de la arquitectura del hierro característica de finales del siglo XIX y comienzos del XX. Así, son escasos los ejemplos conservados en Extremadura de este tipo de construcciones, en las que se dan la mano arquitectura e ingeniería. Por ello el gran valor patrimonial de este edificio le hace merecedor de ser propuesta su incoación para la declaración como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9. 47 del reformado Estatuto de Autonomía de Extremadura y con el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno del Gobierno de Extremadura, en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, dispongo:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Se declara Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento El Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos) en el término municipal de Badajoz, según la descripción y ubicación que se recogen en el Anexo de este Decreto.

Artículo 2. Publicaciones.

Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado el presente Decreto, y notificar el mismo al Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, al propietario y al resto de posibles interesados.

Artículo 3. Inscripción en los Registros.

Inscribir en el Registro de Bienes de interés Cultural de Extremadura y notificar al Ministerio de Cultura esta declaración para su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 18 de diciembre de 2012.–El Presidente de la Junta de Extremadura, José Antonio Monago Terraza.–La Consejera de Educación y Cultura, P.S. (Decreto 15/2012, de 13 de diciembre), el Consejero de Administración Pública, Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno.

ANEXO

Descripción del Bien

La Revolución Industrial promovió el uso de nuevos materiales de construcción, entre los que destaca el hierro, dando lugar a la llamada «arquitectura del hierro», que empezará a desarrollarse en Francia a partir de mediados del siglo XIX. Este tipo de arquitectura, caracterizada por el ensamblaje de piezas metálicas, sería adaptada a la construcción de tipologías edificatorias características del momento: fábricas, mercados, etc. Gracias particularmente a las Exposiciones Universales esta técnica constructiva se fue difundiendo por toda Europa y llegó a España, donde alcanzó un importante auge en el último tercio del siglo XIX y comienzos del XX.

Extremadura no fue ajena a este fenómeno, siendo ejemplos importantes de esta arquitectura del hierro los conservados en Mérida (puente del ferrocarril sobre el río Guadiana, 1883; y mercado de abastos José María de Calatrava, 1887) o Coria (puente sobre el río Alagón, 1909). En la ciudad de Badajoz destacan el quiosco de San Francisco (1894); y, naturalmente, el Edificio metálico y antiguo mercado de abastos de la ciudad.

El edificio se encuentra actualmente en el acceso principal del Campus Universitario de Badajoz, exento en una amplia parcela ajardinada, con orientación norte-sur. Concebido como espacio diáfano de gran amplitud, tiene planta rectangular de dimensiones aproximadas de 60x23 m. y se compone de tres naves, la central más ancha y alta que las laterales, separadas por columnas de hierro fundido que en origen servían como soporte y límite a los distintos puestos del mercado. Sobre las columnas apoyan las cerchas atirantadas que forman la cubierta y las vigas de celosía longitudinales que unen las columnas y salvan la diferencia de altura entre las naves

La cubierta, originalmente de acero galvanizado, es de dos aguas en la nave central y de cuatro aguas en las naves laterales. Tiene en su parte superior varios lucernarios para la entrada de luz y ventilación. Se aprovecha la diferencia de altura entre la nave central y las laterales para insertar sendos ventanales corridos.

En el traslado a su actual ubicación, el basamento original se elevó creando un semisótano de estructura de hormigón para apoyo del edificio, recubierto exteriormente de granito y con huecos para iluminación, que hizo necesaria la construcción de dos escalinatas en los accesos. Además se cambió el material original de cubierta. Con posterioridad también se colocarían carpinterías de aluminio blanco.

El cerramiento exterior está formado por un cuerpo bajo, de fábrica de ladrillo visto, modulado por pilastras y recercado superior e inferior de granito, y un cuerpo superior de mayor altura de cerramiento metálico formado por una sucesión de pilastras y arcos de fundición, con vanos verticales de grandes dimensiones. Los ventanales se protegían del sol por lamas horizontales de madera que fueron sustituidas en un momento indeterminado, con anterioridad al traslado, por lamas de hierro.

Las fachadas frontales están constituidas por un gran arco de medio punto coincidiendo con la nave central, bajo el que se abren las puertas de acceso adinteladas y con cerramiento metálico. En las enjutas y clave de cada arco había medallones con escudos de Badajoz y otros, los cuales se han conservado parcialmente. A ambos lados, las naves laterales tienen un cerramiento compuesto por tres vanos rematados en arquillos de proporción vertical.

Las fachadas laterales se organizan repitiendo un módulo que se corresponde con la estructura principal, con un arco central de medio punto y dos arcos laterales rebajados separados por pilastras y columnillas de fundición. Sobre los huecos hay pequeños entrepaños ciegos con motivos de celosía en diagonal, y sobres estos unas rejillas, que junto con las molduras de orden clásico y los pequeños capiteles de las columnillas constituyen el elemento decorativo más destacado de esta construcción.

En el interior destaca la sencillez y ausencia de elementos decorativos, siendo la ligereza y el propio diseño de los elementos estructurales los que confieren atractivo a este amplio espacio proyectado con criterios funcionales. Únicamente los soportes de las farolas, de interés artístico, cuentan con un cierto desarrollo decorativo.

El edificio se proyectó en 1890 por Tomás Brioso Mapelli, arquitecto municipal, debido a la necesidad de ordenar las ventas de mercancías en la ciudad y hacerlo según las modernas corrientes higienistas. En 1891 el proyecto fue aprobado por la Real Academia de San Fernando, aprobándose en 1892 su construcción mediante Real Orden. En 1897 se adjudicó la obra a don Dionisio Hernández Tobías, finalizando la construcción en 1899. El mercado se inauguró el 17 de diciembre de ese año.

El mercado estaría en uso durante más de setenta años. Sin embargo, tanto lo angosto del espacio resultante al situar el edificio de nueva planta en la Plaza Alta como la ausencia de alcantarillado hasta la década de 1930, ocasionaron numerosos problemas de limpieza del entorno próximo, lo que motivó protestas de los comerciantes y vecinos.

Por ello, debido al interés del Ayuntamiento en ese momento por dejar expedita la plaza y liberar parte de las murallas de la Alcazaba, pero apreciando al mismo tiempo el valor patrimonial del edificio, se procedió, en colaboración con la Dirección General de Arquitectura, al desmontaje del mercado y a su posterior recomposición en 1975-1977 en el actual campus universitario. La reconstrucción del edificio se llevó a cabo con algunas modificaciones, tal y como se ha indicado.

Delimitación del entorno de protección y limitaciones de uso

Para el establecimiento del entorno de protección del Bien, de acuerdo con lo establecido en los artículos 38 y 39 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y atendiendo a la especial circunstancia de ser un edificio trasladado de su ubicación original en la Plaza Alta como mercado de abastos al Campus Universitario de Badajoz en la década de los años 70 del siglo XX, con vocación de convertirse en edificio representativo de la UEX, se establece como entorno de protección la parcela ajardinada que lo circunda limitada por los viales existentes y por el acerado peatonal que lo separa del parque que linda al norte. Se señalan a continuación las parcelas que se ven afectadas, total o parcialmente, por la declaración, diferenciando las que se ven afectadas por la delimitación del bien y las que lo son sólo por el entorno de protección, en el término municipal de Badajoz. Se incluyen además los viales que estén incluidos dentro del entorno de protección tal y como se detalla en el plano anexo.

Respecto al uso posible del bien objeto de protección, el mismo deberá ser compatible con la conservación de las características arquitectónicas esenciales y valores estéticos del bien. En este sentido, se deberán conservar los elementos estructurales, decorativos y de cerramiento originales, y sustancialmente el carácter espacial y tipológico del edificio original.

Por tanto, los posibles usos que se den a este bien deberán ser compatibles con la conservación del mismo y, en ningún caso, alterarán su valor patrimonial.

Respecto a los usos posibles del entorno de protección, los mismos serán los que tienen actualmente: zona ajardinada y viales.

Termino municipal de Badajoz: 2862501PD7036C en avenida de Elvas, n.º 9

Delimitación del entorno de protección y limitaciones de uso

Los posibles usos que se den a este bien deberán ser compatibles con la conservación del mismo y, en ningún caso, alterarán los valores que determinaron su declaración.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Extremadura

Decreto 251/2012, de 18 de diciembre, por el que se declara el Edificio Metálico (antiguo Mercado de Abastos) en el término municipal de Badajoz como bien de interés cultural, con categoría de monumento.

"Decreto 251/2012, de 18 de diciembre, por el que se declara el Edificio Metálico (antiguo Mercado de Abastos) en el término municipal de Badajoz como bien de interés cultural, con categoría de monumento." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2013-875 publicado el 29 enero 2013

ID de la publicación: BOE-A-2013-875
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 enero 2013
Fecha Pub: 20130129
Fecha última actualizacion: 29 enero, 2013
Numero BORME 25
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Extremadura
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 enero 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 6790
Pagina final: 6794




Publicacion oficial en el BOE número 25 - BOE-A-2013-875


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-875 de Decreto 251/2012, de 18 de diciembre, por el que se declara el Edificio Metálico (antiguo Mercado de Abastos) en el término municipal de Badajoz como bien de interés cultural, con categoría de monumento.


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