A los efectos prevenidos en el Título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el Título VII, Capítulos II y V, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa previa y reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones que a continuación se detallan:
1. Denominación del proyecto: "Soterramiento de un tramo de la LAMT 5022-33-'Circunvalación 1' de la STR 'STR Jaraíz de la Vera', de 20 kV, entre los apoyos 5001 y 5003, en el término municipal de Jaraíz de la Vera (Cáceres)".
A los efectos prevenidos en el Título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el Título VII, Capítulos II y V, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa previa y reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones que a continuación se detallan:
1. Denominación del proyecto: "Línea de alta tensión a 45 kV "STR Villar de Plasencia - SRT Jerte I" para mejora del suministro eléctrico en el Valle del Jerte (Cáceres)".
Por tener concedido el proyecto de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., denominado "Sustitución del CT "San Bartolo" 140403650 por un nuevo Centro de Reparto Telemandado CR San Bartolo 903310365 y ampliación de varias líneas subterráneas de media tensión 20 kV en el t.m. de Guadalupe (Cáceres)", registrado con el número AT-9256, la declaración de Utilidad Pública por Resolución del Servicio Ordenación Industrial, Energética y Minera, de fecha 21 de diciembre de 2022 publicada en el D.O.E. n.º 6 de fecha 10 de enero de 2023 y, de conformidad con el artículo 56 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que establece que la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la Urgente Ocupación a los efectos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Este Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados que figuran en relación adjunta para que comparezcan el día, hora y lugar señalados al final del presente escrito, para desde allí trasladarse posteriormente al terreno, si fuera necesario, y proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de las fincas afectadas.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011 de 28 de enero, la cual se publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma».
En desarrollo de esta competencia, se dictó la Ley 2/1999, de 29 de Marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Visto el expediente instruido en esta Dirección General, a petición de la sociedad Mururoa Solar, S.L., con C.I.F. B-10494508 y domicilio social en C/ San Antón, nº 9, 3º, 10003 Cáceres (Cáceres), solicitando declaración de utilidad pública de las instalaciones de referencia, se exponen los siguientes:
Antecedentes de Hecho