Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes e Igualdad, por la que se incoa expediente para declaración de bien de interés cultural, a favor de los bienes muebles «Paneles de azulejos de Nitrato de Chile en Extremadura».





El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011 de 28 de enero, la cual se publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma».






Orden del día 11 julio 2022

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011 de 28 de enero, la cual se publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma».

En desarrollo de esta competencia, se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia Ley, los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño, deberán ser declarados de Interés Cultural en la forma que el propio artículo detalla.

El artículo 6.2 de dicha Ley, indica que los bienes muebles podrán ser declarados de interés cultural singularmente o como colección. Además, lo serán también aquellos bienes muebles que se señalen formando parte de un inmueble declarado de interés cultural.

Ha de significarse, a tales efectos, que los paneles cerámicos que publicitan el Nitrato de Chile en algunas localidades de Extremadura poseen un incuestionable valor patrimonial, artístico e histórico puesto que son exponentes del diseño y la imagen publicitaria española de la década de 1930, así como el reflejo de la sociedad y la economía agraria de ese momento. Se promueve la declaración como Bien de Interés Cultural con el fin de conservar los pocos ejemplos que aún se mantienen en la región.

En definitiva, se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural que se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

Asimismo, y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al contenido de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, se impone establecer una descripción clara y precisa este bien.

Vista la propuesta favorable del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, de fecha de 10 de mayo de 2022, respecto a la incoación del expediente de Bien de Interés Cultural a favor de los bienes muebles «Paneles de azulejos de nitrato de Chile en Extremadura» y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (DOE n.º 214, de 6 de noviembre de 2019), y demás preceptos de aplicación general, resuelvo:

Primero.

Incoar procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor de los bienes muebles «Paneles de nitrato de Chile en Extremadura», de acuerdo con lo descrito en el Anexo que se acompaña, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.

Segundo.

Que se continúe la tramitación del expediente de acuerdo con la legislación en vigor.

Tercero.

Remítase la presente Resolución al «Diario Oficial de Extremadura» y al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación, la apertura de un trámite de información pública por período de un mes.

Cuarto.

Notifíquese a los interesados y comuníquese al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deportes para su anotación provisional.

Quinto.

Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultura (Avda. Valhondo, s/n. Módulo 4, Planta 2.ª, Mérida (Badajoz).

Mérida, 24 de mayo de 2022.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria Flores Redondo.

ANEXOS

(Se publica, como anexo, un extracto del informe, de fecha 15 de marzo de 2022, de los servicios técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural. El Informe y documentación íntegros a la que hace referencia el acuerdo de incoación, constan en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n. Módulo 4, Planta 2.ª, 06800 Mérida, Badajoz) por las personas interesadas en el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el artículo 15 y siguientes de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.

ANEXO I

Justificación, descripción, estado de conservación y catálogo

Introducción.

Los paneles cerámicos que publicitan el Nitrato de Chile en algunas localidades de Extremadura poseen un incuestionable valor patrimonial, artístico e histórico puesto que son exponentes del diseño y la imagen publicitaria española de la década de 1930, así como el reflejo de la sociedad y la economía agraria de ese momento.

Con el fin de asegurar la protección de los pocos ejemplos que aún se conservan en la región se ha resuelto iniciar el procedimiento de declaración como Bien de Interés Cultural con la categoría de bien mueble y de forma singular a cada uno de estos paneles cerámicos publicitarios de Nitrato de Chile.

Ante la necesidad de definir el conjunto de obras objeto de esta declaración se ha elaborado un inventario detallado de cada uno de los paneles cerámicos conservados (Anexo II).

Apuntes históricos.

La explotación de las ricas minas de salitre localizadas en el siglo XIX en el desierto de Atacama convirtió a Chile en el principal exportador de este mineral, usado tanto para la fabricación de pólvora como fertilizante agrícola. El conocido Nitrato de Chile era un abono natural compuesto por nitrato de sodio cuya producción y exportación a Europa desde mediados del siglo XIX fue creciendo hasta monopolizar el mercado mundial en los inicios del siglo XX. La irrupción del salitre sintético industrial desencadenó una crisis internacional del salitre natural a partir de 1918 que perjudicó gravemente la economía chilena. Por este motivo la Asociación de Productores Salitreros, denominación que agrupaba al Gobierno de Chile y los empresarios del salitre, comenzaron a publicitar las virtudes del Nitrato de Chile en la década de 1920 en los países receptores, entre ellos España, Alemania, Polonia, Dinamarca, Portugal, Brasil, Egipto, China o Japón.

La utilización de abonos químicos, la expansión de los cultivos y la modernización de la maquinaria agrícola en el primer tercio del siglo XX tuvo como resultado un notable aumento de la producción vegetal en Extremadura (cereales, leguminosas y aceite de oliva), incluso en una cantidad superior al resto del país. Aunque aún se mantenían los aperos tradicionales y los abonos orgánicos como el Nitrato de Chile, este iba siendo desplazado poco a poco por el sintético, de ahí el incremento en la inversión en publicidad del gobierno chileno.

De ese modo, los paneles cerámicos que publicitan el Nitrato de Chile en distintos pueblos de Extremadura son el reflejo de la España rural, de la economía agraria de una época, aún dominada por el latifundismo y por el intento de recuperación de los derechos de explotación de las tierras comunales. Un momento convulso de continuos conflictos sociales en torno al desigual reparto de la tierra que sumía a los jornaleros en la pobreza; todo ello desencadenó la consolidación del fenómeno asociacionista obrero. La II República intentó solucionar el problema con sucesivos decretos y una Ley de la Reforma Agraria en 1932 que resultó insuficiente y no resolvió el problema estructural del campo español.

Descripción.

La publicidad del Nitrato de Chile se realizó sobre todo en papel, en forma de octavillas, calendarios o litografías, y sobre diferentes soportes como calendarios, lápices, llaveros, banderines, etc. pero en algunos países como España, Portugal y Gran Bretaña triunfó el formato sobre cerámica. Cada país optó por un diseño único, aunque las imágenes más usuales mostraban a campesinos abonando sus cosechas, con la peculiaridad del caso de Grecia, donde la imagen representaba a un jornalero abonando el planeta como si de un ser divino se tratara.

En el caso de España el diseño no fue tan explícito como en la mayoría de los países, aunque no obvió las referencias agrícolas. La icónica imagen del jinete al atardecer usada tanto en paneles de azulejos como en sacos o calendarios españoles fue ideada por un joven estudiante de arquitectura, Adolfo López-Durán Lozano (1902-1988) en torno a 1929. La imagen representada es sencilla y esquemática como corresponde al estilo Art Decó imperante en los años en que fue creada, lanza un mensaje directo al campesino que se ve representado en ella, aunque de forma idílica, puesto que el jinete ha sido interpretado como un gaucho de la pampa argentina. Unas sencillas hojas en el horizonte informan del entorno agrícola y la bicromía en amarillo y negro permite, por un lado, no distraer del mensaje y, por otro, resaltar el imperativo («abonad ya») y la marca del fertilizante («Nitrato de Chile») en letras amarillas sobre el fondo oscuro. La inspiración estilística y cromática parece que fue tomada de otro icono publicitario de la época, Sandeman, creado por el escocés George Massiot Brown en 1928 para publicitar los vinos de Oporto y Jerez de esta bodega londinense.

En España, los paneles cerámicos que anunciaban este abono natural fueron fabricados en Valencia, en la fábrica El Siglo, propiedad de Ramón Piñón Castelló, que permaneció activa entre 1927 y 1937, lo cual permite fechar estas obras entre 1929 y 1937.

Aunque era habitual colocar estos paneles en las entradas o salidas de las localidades, también los encontramos en las plazas junto al Ayuntamiento, como en Valencia del Ventoso, o en inmuebles destacados o hitos del municipio como la plaza de toros de Olivenza o el Convento de la Merced en Trujillo.

La publicidad cerámica en Portugal adoptó este mismo diseño español con la leyenda «adubai com Nitrato do Chile», pero de la producción se encargó la fábrica Aleluia en Aveiro. Aún se conservan estos paneles en localidades como Castelo Branco, Évora, Aveiro o Nisa.

Los paneles cerámicos de Nitrato de Chile se han convertido en un icono publicitario al nivel del Toro de Osborne o el vino Sandeman. La influencia de la imagen representada es aún hoy patente en el cartelismo contemporáneo, el cual ha versionado y jugado con la figura protagonista desde el humorismo.

Estado de conservación.

El estado de conservación en el que se encuentran los distintos paneles que aún persisten es desigual. Su localización en la vía pública los expone a factores climatológicos, al vandalismo y al expolio en mayor medida que otros bienes culturales. Asimismo, su contemporaneidad, su función publicitaria y su ubicación en edificios de titularidad privada, en la mayoría de los casos, también ha influido en la destrucción o pérdida. Localidades como Aliseda, Medellín o Granja de Torrehermosa perdieron estos paneles en los últimos veinte años y en Badajoz fue desmontado en 2007 debido al derribo del inmueble en cuya fachada se ubicaba, pero fue recuperado y restaurado por un coleccionista particular.

ANEXO II

Criterios de protección y conservación

La declaración como Bien de Interés Cultural de los paneles cerámicos incluidos en el anexo II implica adoptar las siguientes medidas para garantizar su protección y conservación:

1. Los propietarios de los paneles cerámicos incluidos en el anexo II están obligados a conservarlos de acuerdo con el artículo 3.3 y 22.2 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

2. Toda intervención que se pretenda llevar a cabo sobre alguno de los paneles que figuran en el Anexo II requiere la presentación de un proyecto de intervención para su autorización por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, según lo previsto en el artículo 48.2 de la citada Ley 2/1999, de marzo.

3. Los propietarios o poseedores de otros paneles cerámicos de Nitrato de Chile procedentes de alguna localidad de Extremadura comunicarán su existencia a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, según el artículo 46.1 de la citada Ley 2/1999, de marzo, para que, si procede, sean incluidos en esta declaración de Bien de Interés Cultural.

4. En caso de que los titulares incumplan la obligación de conservar los paneles, o quede comprometida su conservación por las condiciones de su lugar de ubicación, se podrá acordar el depósito provisional de los mismos en un lugar que cumpla las condiciones de seguridad y de conservación, con preferencia por el Museo más cercano a su ubicación original.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Extremadura

Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente para declaración de bien de interés cultural, a favor de los bienes muebles "Paneles de azulejos de Nitrato de Chile en Extremadura".

"Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente para declaración de bien de interés cultural, a favor de los bienes muebles "Paneles de azulejos de Nitrato de Chile en Extremadura"." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2022-11509 publicado el 11 julio 2022

ID de la publicación: BOE-A-2022-11509
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 11 julio 2022
Fecha Pub: 20220711
Fecha última actualizacion: 11 julio, 2022
Numero BORME 165
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Extremadura
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 11 julio 2022
Letra: A
Pagina de inicio: 97820
Pagina final: 97834




Publicacion oficial en el BOE número 165 - BOE-A-2022-11509


Publicacion oficial en el BOE-A-2022-11509 de Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se incoa expediente para declaración de bien de interés cultural, a favor de los bienes muebles "Paneles de azulejos de Nitrato de Chile en Extremadura".


Descargar PDF oficial BOE-A-2022-11509 AQUÍ



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