Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se da publicidad a la solicitud de inscripción del nombre «Aceite Villuercas Ibores Jara» en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas de la Unión Europea.





Con fecha de 6 de julio de 2021, la "Asociación promotora Denominación de Origen Aceite Villuercas Ibores Jara", con sede en Valdelacasa de Tajo (Cáceres), ha presentado una solicitud de inscripción del nombre "Aceite Villuercas Ibores Jara" en el Registro de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de la Unión Europea, al que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios. En concreto, se ha solicitado la inscripción del nombre "Aceite Villuercas Ibores Jara" como Denominación de Origen Protegida (DOP).






Orden del día 02 octubre 2021

Con fecha de 6 de julio de 2021, la "Asociación promotora Denominación de Origen Aceite Villuercas Ibores Jara", con sede en Valdelacasa de Tajo (Cáceres), ha presentado una solicitud de inscripción del nombre "Aceite Villuercas Ibores Jara" en el Registro de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas de la Unión Europea, al que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios. En concreto, se ha solicitado la inscripción del nombre "Aceite Villuercas Ibores Jara" como Denominación de Origen Protegida (DOP).

Se ha comprobado, por parte de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura, como órgano competente en esta materia (artículo 3 del Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura), que la solicitud está justificada y cumple las condiciones para continuar su tramitación, tal y como determina el artículo 49.2 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo.

En consecuencia, resuelvo continuar el procedimiento de tramitación de la solicitud de inscripción y, al amparo del artículo 49.3 del citado Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.6 y 10 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acto administrativo sobre dicha solicitud, junto con un enlace al pliego de condiciones y su documento único. Por lo tanto, se estable un plazo de dos meses, a partir de la fecha de la publicación que se ordena, para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses considere afectados, pueda oponerse, mediante la correspondiente declaración motivada, dirigida a la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura (Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio; Avda. Luis Ramallo, s/n; 06800 Mérida).

http://www.juntaex.es/con03/solicitudes-nuevas-denominaciones-de-origen-e-indicaciones-geograficas-de-extremadura

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en los términos recogidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estimen procedente los interesados.

Mérida, 27 de septiembre de 2021.- El Director General de Agricultura y Ganadería, Antonio Cabezas García.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Extremadura

Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se da publicidad a la solicitud de inscripción del nombre "Aceite Villuercas Ibores Jara" en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas de la Unión Europea.

"Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se da publicidad a la solicitud de inscripción del nombre "Aceite Villuercas Ibores Jara" en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas de la Unión Europea." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2021-40681 publicado el 02 octubre 2021

ID de la publicación: BOE-B-2021-40681
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 5
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 02 octubre 2021
Fecha Pub: 20211002
Fecha última actualizacion: 3 octubre, 2021
Numero BORME 236
Seccion: 5
Departamento: Comunidad Autónoma de Extremadura
Numero de anuncio: A210053022
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 02 octubre 2021
Letra: B
Pagina de inicio: 55657
Pagina final: 55658




Publicacion oficial en el BOE número 236 - BOE-B-2021-40681


Publicacion oficial en el BOE-B-2021-40681 de Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se da publicidad a la solicitud de inscripción del nombre "Aceite Villuercas Ibores Jara" en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas de la Unión Europea.


Descargar PDF oficial BOE-B-2021-40681 AQUÍ



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