Decreto 75/2006, de 20 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, el Santuario da Nosa Señora das Ermidas, ayuntamiento de O Bolo, y su contorno delimitado, en los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda.





El Santuario da Nosa Señora das Ermidas se encuentra enclavado entre los macizos de las Sierras de Queixa, do Eixo y San Mamede, en una profunda garganta del río Bibei, y próximo a una de las antiguas rutas de penetración en Galicia, la Vía Romana de Astorga a Ourense, no lejos del cruce con la Vía de Braga a Astorga. Goza de un enclave privilegiado, localizado en un anfiteatro natural que realza su arquitectura barroca, ya que los edificios que componen el santuario se asientan en un reborde abrupto de la empinada montaña, sobre una plataforma artificial excavada en la roca viva desde la que se domina la ribera encajada por la que discurre el Bibei. Las Ermidas, célebre por su milagrosa imagen, se convirtió desde antiguo en un importante lugar de peregrinación, sobre el que se erigió la primera iglesia, una sencilla ermita, a fines de la Edad Media. En 1624 comenzó la construcción de una nueva iglesia con una única nave y una casa para el administrador, y se amplió el mesón de peregrinos ya existente, creándose el núcleo para el posterior desarrollo del santuario en fases sucesivas hasta el complejo existente en la actualidad. La Dirección Xeral de Patrimonio Cultural por resolución del 29 de junio de 2004 (Diario Oficial de Galicia, de 26 de julio) incoó expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural en favor del Santuario da Nosa Señora das Ermidas y de su contorno. La tramitación del expediente se llevó a cabo según lo establecido en la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia, y demás disposiciones vigentes. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia, por propuesta de la Conselleira de Cultura e Deporte, y tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinte de abril de dos mil seis, dispongo:






Orden del día 29 mayo 2006

El Santuario da Nosa Señora das Ermidas se encuentra enclavado entre los macizos de las Sierras de Queixa, do Eixo y San Mamede, en una profunda garganta del río Bibei, y próximo a una de las antiguas rutas de penetración en Galicia, la Vía Romana de Astorga a Ourense, no lejos del cruce con la Vía de Braga a Astorga. Goza de un enclave privilegiado, localizado en un anfiteatro natural que realza su arquitectura barroca, ya que los edificios que componen el santuario se asientan en un reborde abrupto de la empinada montaña, sobre una plataforma artificial excavada en la roca viva desde la que se domina la ribera encajada por la que discurre el Bibei. Las Ermidas, célebre por su milagrosa imagen, se convirtió desde antiguo en un importante lugar de peregrinación, sobre el que se erigió la primera iglesia, una sencilla ermita, a fines de la Edad Media. En 1624 comenzó la construcción de una nueva iglesia con una única nave y una casa para el administrador, y se amplió el mesón de peregrinos ya existente, creándose el núcleo para el posterior desarrollo del santuario en fases sucesivas hasta el complejo existente en la actualidad. La Dirección Xeral de Patrimonio Cultural por resolución del 29 de junio de 2004 (Diario Oficial de Galicia, de 26 de julio) incoó expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural en favor del Santuario da Nosa Señora das Ermidas y de su contorno. La tramitación del expediente se llevó a cabo según lo establecido en la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia, y demás disposiciones vigentes. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de Patrimonio Cultural de Galicia, por propuesta de la Conselleira de Cultura e Deporte, y tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinte de abril de dos mil seis, dispongo:

Artículo 1.

Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, el Santuario da Nosa Señora das Ermidas, ayuntamiento de O Bolo, y su contorno delimitado en los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda.

La declaración afecta a los bienes que se describen en el anexo I y a la zona comprendida en la delimitación descrita en el mismo anexo, así como en el plano recogido en el anexo II.

Artículo 3.

El presente decreto será notificado al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado, al Rexistro de Bens de Interese Cultural de Galicia, a los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda y a los demás interesados en el expediente.

Artículo 4.

El presente decreto será publicado en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado.

Disposición final.

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de abril de 2006.-El Presidente, Emilio Pérez Touriño.-La Consejera de Cultura y Deportes, Ánxela Bugallo Rodríguez.

ANEXO I

El Santuario da Nosa Señora das Ermidas estaría formado por la iglesia, su plaza, el crucero y la edificación de soportales, la casa de la administración, la hostería y las dependencias anexas, el vía crucis, sus figuras y capillas, el cementerio y la capilla neogótica de la Resurrección, la fuente de la Dormiñona y las demás construcciones relacionadas con la tradición del Santuario y su mantenimiento y actividades productivas, así como el puente y los caminos tradicionales que de él parten. Forman también parte de esta declaración los bienes muebles que figuran clara y exhaustivamente descritos en el inventario incluido en el expediente de declaración, así como en el Inventario Mueble de la Iglesia Católica, que definen en detalle retablos, esculturas, tallas, rejas, escudos, lienzos, orfebrería, ropas, petos, y otros enseres, entre los que figuran como más destacados:

1. El retablo mayor de la Virxe das Ermidas así como su altar, el lienzo del Triunfo de la Fé, el lienzo de los Misterios del Rosario y las cuatro imágenes de ángeles portantes situados en el presbiterio.

2. Los retablos de San Antonio de Padua, la Virgen Dolorosa, la Virgen del Rosario y la Inmaculada emplazados en el crucero. 3. Los lienzos de la Virgen del Carmen y del Cristo, la reja barroca, y la pila bautismal asentados en la nave central. 4. Los retablos de San Luis Gonzaga y San Roque, situados en las naves laterales. 5. El altar del Crucificado y las cinco tablas policromadas representativas de la vida de Santo Domingo, así como los lienzos de San Pablo, San Pedro, San Vicente Ferrer, San Basilio Magno y Santo Tomás de Aquino, radicados en la sacristía, así como la fuente barroca emplazada a su lado. 6. El altar de la Dormición de la Virgen, situado en el camarín existente en el lateral derecho de la capilla mayor.

El contorno de protección del Santuario da Nosa Señora das Ermidas, queda definido por la línea que une los puntos A-B-C-D-E-F-G-H-I-J, estando el punto A situado en la cima del Alto do Serro, con cota 1048.85 m.

A-B: Línea recta que une las cimas de cota 1048.85 m. y cima de las Chairas de cota 930.88 m.

B-C: Línea recta que une las cimas de cota 930.88 m. y cima del Alto da Abada de cota 624.48 m. C-D: Línea recta que une las cimas de cota 624.48 m. y la cota 912.06 m. al otro lado de la carretera C-533. D-E: Línea recta que une las cimas de cota 912.06 m. y cima del lugar de la Queimada de cota 856.04 m. E-F: Línea recta que une las cimas de cota 856.04 m. y cima del lugar del Pinar de cota 776.37 m. F-G: Línea recta que une las cimas de cota 776.37 m. y cima del lugar de la Anduriña de cota 691.30 m., atravesando la carretera C-533. G-H: Línea recta que une las cimas de cota 691.30 m. y cima de cota 805.81 m., travesando el río Bibei. H-I: Línea recta que une las cimas de cota 805.81 m. y cima del Alto de Outar Pedroso de cota 876.60 m. I-J: Línea recta que une las cimas de cota 876.60 m. y cima de la cota 956.46 m. J-A: Línea recta que une las cimas de cota 956.46 m. y cima del Alto do Serro de cota 1048.85 m., que cierra el contorno.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Galicia

Decreto 75/2006, de 20 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, el Santuario da Nosa Señora das Ermidas, ayuntamiento de O Bolo, y su contorno delimitado, en los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda.

"Decreto 75/2006, de 20 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, el Santuario da Nosa Señora das Ermidas, ayuntamiento de O Bolo, y su contorno delimitado, en los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-9443 publicado el 29 mayo 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-9443
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 mayo 2006
Fecha Pub: 20060529
Fecha última actualizacion: 29 mayo, 2006
Numero BORME 127
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Galicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 mayo 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 20142
Pagina final: 20144




Publicacion oficial en el BOE número 127 - BOE-A-2006-9443


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-9443 de Decreto 75/2006, de 20 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, el Santuario da Nosa Señora das Ermidas, ayuntamiento de O Bolo, y su contorno delimitado, en los ayuntamientos de O Bolo y Manzaneda.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-9443 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *