Resolución del 11 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Defensa del Monte, por la que se declara el perímetro de alto riesgo de incendio en vías de titularidad municipal en el Ayuntamiento de Campo Lameiro (Pontevedra). (36/PARI01/21).





Antecedentes:






Orden del día 17 noviembre 2021

Antecedentes:

Primero.- Conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22.5 para las zonas de actuación prioritaria y urgente por existir una situación objetiva de grave riesgo para las personas o los bienes en los casos de incumplimiento por parte de las personas responsables de sus obligaciones de gestión de biomasa vegetal, se podrán declarar perímetros de alto riesgo de incendios (PARI), con carácter no permanente, basados en la información histórica y en los datos estadísticos sobre la ocurrencia de incendios forestales, vulnerabilidad poblacional, amenazas a los ecosistemas forestales y protección del suelo frente a la erosión, aquellos lugares en los que el estado de abandono signifique un alto riesgo de propagación de incendios forestales, mediante resolución de la persona titular de la dirección general con competencias en materia de prevención de incendios forestales, contando con los oportunos informes previos.

Segundo.- De acuerdo con los criterios establecidos en dicho artículo de la Ley 3/2007, del 9 de abril, la resolución contendrá, además de la descripción del perímetro, las medidas de gestión de la biomasa que se tendrán que llevar a cabo para la prevención de incendios forestales. Los trabajos se planificarán en márgenes de pistas, en áreas cortafuegos y en otras actuaciones encaminadas a romper la continuidad de los combustibles forestales, actuando sobre la biomasa tanto por medios manuales como mecánicos o mediante quemas controladas.

Por estar adherido al convenio, el ayuntamiento de Campo Lameiro propuso dentro de esos máximos, los puntos kilométricos en los que se delimitará un PARI de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 12 de la Ley 3/2007, del 9 de abril, en el cual realizar actuaciones de desbroce y tala de especies no permitidas, incluyendo las siguientes actuaciones:

- Gestión de la biomasa en los 4 metros a cada lado porque el ayuntamiento no es Zona de Alto Riesgo (ZAR) según la Orden del 18 de abril de 2007 por la que se zonifica el territorio con base en el riesgo espacial de incendio forestal

- Retirada de pinos, acacias y eucaliptos en esos 4 metros.

Cuarto.- El 16 de junio de 2021, el subdirector general de Prevención emitió un informe favorable sobre la declaración del PARI Vías de Campo Lameiro con código 36PARI01/21 y con carácter no permanente que afecta a una superficie de 7,7558 hectáreas repartidas por las parcelas cuya referencia catastral se señala en el anexo de esta resolución, situadas en las parroquias de Fragas (Santa Mariña), Montes (San Isidro), Morillas (Santiago) y O Campo (San Miguel) en el ayuntamiento de Campo Lameiro de la provincia de Ourense. Dentro de estas parroquias afecta a los lugares de Reboredo, Bustaranga, San Antoniño de Penalba, Praderrei, Alto de Fonte Seixiña, Os Castrelos y Porta Señada y las coordenadas de situación son las siguientes:

Punto situado más al norte: 542.462 X, 4.713.799 Y

Punto situado más al sur: 537.996 X, 4.708.037 Y

Punto situado más al este: 544.085 X, 4.709.915 Y

Punto situado más al oeste: 536.109 X, 4.710.596 Y

Punto situado en el centro geográfico (aproximado): 539.533 X, 4.710.441 Y

El PARI comprende la vía que discurre entre las parcelas del anexo y una franja lateral de 4 metros a cada lado de la misma, a contar desde el límite exterior de los movimientos de tierra de la obra de construcción de la vía.

El informe se basa en la evaluación del riesgo para las personas y los bienes que se considera globalmente alto, teniendo en cuenta el estado de la vegetación, la orografía, la exposición a los vientos dominantes y el riesgo debido a la proximidad a núcleos de población y edificaciones aisladas destinadas a las personas. Así mismo se informa que se sitúa en una zona donde hubo incendios forestales recurrentes en el pasado, con un promedio de 1,7 fuegos/año registrados en el ayuntamiento en los últimos 10 años. En cuanto a los antecedentes de grandes incendios forestales en la zona, cabe destacar que en la última década, en el Distrito Forestal XIX: Caldas- o Salnés en el que se incluye el ayuntamiento de Campo Lameiro, se registraron dos incendios que quemaron un total de 1.757,50 hectáreas. También en este período se produjeron en este, seis situaciones de riesgo para las personas y bienes no forestales.

Las actuaciones propuestas consisten en la gestión de la vegetación mediante el desbroce y la eliminación de pinos, eucaliptos y acacias, incluyendo el abatimiento, tronzado, saca y apilado de la madera, la recogida y eliminación de restos en las fajas laterales de las vías de titularidad municipal delimitadas por el PARI.

Quinto.- De conformidad con el artículo 12.4 de la citada ley 3/2007, del 9 de abril, los titulares de los predios o de los derechos de aprovechamiento en los que tengan que realizarse los trabajos preventivos dispondrán de un plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la notificación para realizarlos y, en el caso de no hacerlo, la consejería con competencias en materia de prevención de incendios podrá realizarlos con cargo a sus presupuestos, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias.

De conformidad con la propuesta

RESUELVO:

- Declarar el Perímetro de Alto Riesgo de Incendio Vías de Campo Lameiro (36PARI01/21) en el ayuntamiento de Campo Lameiro (Pontevedra), con carácter no permanente, con la descripción y el establecimiento de las medidas de gestión de biomasa, recogidas en el punto cuarto de los antecedentes de esta resolución.

- Publicar en el Diario Oficial de Galicia, en el Boletín Oficial do Estado y en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Campo Lameiro la presente resolución, así como notificarla a los titulares catastrales de los predios afectados, indicando las labores que deberán realizar los titulares de las fincas o de sus derechos de aprovechamiento para disminuir el riesgo de incendios forestales.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Rural, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

ANEXO

Referencias catastrales de las parcelas afectadas por el PARI Vías de Campo Lameiro 36PARI01/21

Santiago de Compostela, 11 de noviembre de 2021.- Director general de Defensa del Monte, Manuel Rodríguez Vázquez.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Galicia

Resolución del 11 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Defensa del Monte, por la que se declara el perímetro de alto riesgo de incendio en vías de titularidad municipal en el Ayuntamiento de Campo Lameiro (Pontevedra). (36/PARI01/21).

"Resolución del 11 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Defensa del Monte, por la que se declara el perímetro de alto riesgo de incendio en vías de titularidad municipal en el Ayuntamiento de Campo Lameiro (Pontevedra). (36/PARI01/21)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2021-46731 publicado el 17 noviembre 2021

ID de la publicación: BOE-B-2021-46731
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 5
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 noviembre 2021
Fecha Pub: 20211117
Fecha última actualizacion: 17 noviembre, 2021
Numero BORME 275
Seccion: 5
Departamento: Comunidad Autónoma de Galicia
Numero de anuncio: A210060700
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 noviembre 2021
Letra: B
Pagina de inicio: 66102
Pagina final: 66107




Publicacion oficial en el BOE número 275 - BOE-B-2021-46731


Publicacion oficial en el BOE-B-2021-46731 de Resolución del 11 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Defensa del Monte, por la que se declara el perímetro de alto riesgo de incendio en vías de titularidad municipal en el Ayuntamiento de Campo Lameiro (Pontevedra). (36/PARI01/21).


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