Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con lo que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Advertido error en la Ley 6/2021, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2022, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 8 del 10 de enero de 2022, se procede a su corrección en los términos que se expresan:
Donde dice:
Advertido error en la Ley 6/2021, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2022, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 8 del 10 de enero de 2022, se procede a su corrección en los términos que se expresan:
Donde dice:
Vista la solicitud de modificación menor del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida «Chorizo Riojano» (nº registro 99-EE-2021-273309) presentada por la Asociación para la protección de la calidad del Chorizo Riojano el 26 de julio de 2021 como órgano de gestión.
El Reglamento (UE) nº 1151/2012 del parlamento europeo y del consejo de 21 de noviembre de 2012 sobre regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, establece en su artículo 49 que el Estado Miembro examinará las solicitudes que reciba con los medios adecuados para comprobar que estén justificadas y cumplan las condiciones del régimen al que correspondan, e iniciará un procedimiento nacional de oposición que garantice una publicación adecuada de la solicitud y establezca un plazo razonable durante el cual cualquier persona física o jurídica que ostente un interés legítimo o jurídica que ostente un interés legítimo y esté establecida o resida en su territorio podrá declarar su oposición a la solicitud.