Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se resuelve favorablemente y se da publicidad a la solicitud de modificaciones normales del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Sidra de Asturias» o «Sidra d’Asturies».

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 1 de agosto de 2023, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Sidra de Asturias" o "Sidra d'Asturies" presentó solicitud de modificaciones normales del pliego de condiciones de la Denominación Origen Protegida "Sidra de Asturias" o "Sidra d'Asturies". Dicha solicitud contiene una descripción y motivación de las modificaciones solicitadas, que clasifican como "normales" en función de los requisitos que describen según lo establecido en el artículo 53, apartado 2, del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.