Acuerdo de 15 de marzo de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para proveer puesto de trabajo en el Centro de Documentación Judicial.





En el Centro de Documentación Judicial se encuentra dotado presupuestariamente y vacante un puesto de trabajo cuya provisión se considera necesaria para atender correctamente las funciones y competencias atribuidas a ese órgano técnico.






Orden del día 22 marzo 2018

En el Centro de Documentación Judicial se encuentra dotado presupuestariamente y vacante un puesto de trabajo cuya provisión se considera necesaria para atender correctamente las funciones y competencias atribuidas a ese órgano técnico.

Por ello la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado convocar un concurso de méritos para la provisión del mismo, conforme a las características que se describen en el anexo I y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 624 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera .

Podrán tomar parte en el mismo los jueces, magistrados, letrados de la Administración de Justicia, abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este acuerdo, al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del propio Consejo o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un currículum vitae, en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

Cuarta.

Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno del Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, nombrará a la persona seleccionada para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta.

Sexta.

La persona a la que se adjudique el puesto convocado, desarrollará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales y con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarado/a en situación de servicios especiales en su Administración de origen de conformidad con lo previsto en el artículo 625.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.

Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 15 de marzo de 2018.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

ANEXO I

Denominación del puesto: Jefe/a de área.

Órgano Técnico: Centro de Documentación Judicial.

Número de puestos convocados: 1.

Localización: Madrid.

Nivel de Complemento de Destino: 29.

Complemento específico: 44.969,96 euros anuales.

Adscripción: Jueces y juezas, magistrados/as, letrados/as de la Administración de Justicia, abogados/as del Estado, miembros de la carrera fiscal y funcionarios/as de las administraciones públicas del subgrupo A1 a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Méritos y requisitos:

• Conocimiento y experiencia en la aplicación del marco jurídico de la protección de datos, especialmente la Ley Orgánica del Poder Judicial.

• Conocimientos de los sistemas de Gestión Procesal.

• Conocimientos del marco jurídico de la Administración electrónica en el ámbito dela Administración de Justicia. Conocimiento en detalle de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

• Conocimiento de las principales herramientas utilizadas en la Administración electrónica: Firma digital, Código seguro de verificación (CSV), Sello de tiempo, etc.

• Conocimientos de la organización y funcionamiento de la Administración de Justicia y del Consejo General del Poder Judicial.

• Conocimientos y experiencia del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y su adaptación al Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS).

• Conocimiento de la Ley de contratos del Estado.



Datos oficiales del departamento Consejo General del Poder Judicial

Acuerdo de 15 de marzo de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para proveer puesto de trabajo en el Centro de Documentación Judicial.

"Acuerdo de 15 de marzo de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para proveer puesto de trabajo en el Centro de Documentación Judicial." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-4009 publicado el 22 marzo 2018

ID de la publicación: BOE-A-2018-4009
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 22 marzo 2018
Fecha Pub: 20180322
Fecha última actualizacion: 22 marzo, 2018
Numero BORME 71
Seccion: 2
Departamento: Consejo General del Poder Judicial
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 22 marzo 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 32085
Pagina final: 32088




Publicacion oficial en el BOE número 71 - BOE-A-2018-4009


Publicacion oficial en el BOE-A-2018-4009 de Acuerdo de 15 de marzo de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para proveer puesto de trabajo en el Centro de Documentación Judicial.


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