Acuerdo de 7 de marzo de 2013, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales.





La experiencia acumulada durante los dos años de vigencia y aplicación del Reglamento 1/2010, aprobado por Acuerdo del Pleno de 25 de febrero, ha puesto de manifiesto no sólo su adecuación para cumplir los objetivos inmediatos de transparencia, interdicción de la arbitrariedad y respeto a los principios de mérito y capacidad en el ejercicio de la función pública que llevaron a su aprobación. Además ha servido para valorar de forma muy positiva los resultados que se han obtenido de la puesta en funcionamiento del procedimiento de comparecencias ante la Comisión de Calificación de los candidatos a la provisión de plazas de nombramiento discrecional, como fórmula idónea para conocer y valorar los méritos de dichos candidatos y para potenciar la comunicación y conocimiento del contenido y sentido de la función jurisdiccional y de su ejercicio.






Orden del día 27 marzo 2013

La experiencia acumulada durante los dos años de vigencia y aplicación del Reglamento 1/2010, aprobado por Acuerdo del Pleno de 25 de febrero, ha puesto de manifiesto no sólo su adecuación para cumplir los objetivos inmediatos de transparencia, interdicción de la arbitrariedad y respeto a los principios de mérito y capacidad en el ejercicio de la función pública que llevaron a su aprobación. Además ha servido para valorar de forma muy positiva los resultados que se han obtenido de la puesta en funcionamiento del procedimiento de comparecencias ante la Comisión de Calificación de los candidatos a la provisión de plazas de nombramiento discrecional, como fórmula idónea para conocer y valorar los méritos de dichos candidatos y para potenciar la comunicación y conocimiento del contenido y sentido de la función jurisdiccional y de su ejercicio.

Con la firme voluntad de profundizar en este último aspecto, el Consejo General del Poder Judicial considera la conveniencia de introducir una modificación del Reglamento para extender este modelo de comparecencia a las plazas reservadas para Abogados y Juristas de reconocida competencia convocadas en las distintas Salas del Tribunal Supremo (artículos 343 y 345 de la Ley Orgánica del Poder Judicial); plazas que en la redacción original del Reglamento quedaban excluidas del régimen de comparecencias. No obstante, la reforma se limita a extender la comparecencia a las plazas mencionadas, no a las correspondientes a miembros de la Carrera Judicial, que permanecerían fuera de la aplicación del trámite de comparecencia.

El fundamento que justifica y explica esta extensión parcial de la comparecencia a las plazas convocadas en las distintas Salas del Tribunal Supremo correspondientes a Abogados y Juristas de reconocida competencia radica en la necesidad de conocer y valorar adecuadamente los méritos y la capacidad de los candidatos para ejercer la potestad jurisdiccional, como función que hasta el momento no ha formado parte sustancial de su ejercicio profesional.

Sin embargo, cuando se trata de plazas en las Salas del Tribunal Supremo reservadas a miembros de la Carrera Judicial existen sobrados elementos de juicio al respecto. Así, el artículo 16.1 del Reglamento 1/2010, prevé que la Comisión de Calificación, «[c]uando se trate de plazas en las distintas Salas del Tribunal Supremo, podrá, a través de sus Presidentes, interesarse de la Sala o Salas correspondientes del indicado Tribunal que hubieran resuelto en última instancia los recursos frente a las resoluciones dictadas por los peticionarios, la emisión de informe sobre la suficiencia técnica de la motivación de tales resoluciones».

Con esta intención, el Acuerdo que ahora se adopta introduce un nuevo párrafo a continuación del primero del apartado 3 del artículo 16 del Reglamento 1/2010, permaneciendo el resto, tanto en lo procedimental como en lo sustantivo de la relación de méritos valorables, sin modificación alguna, así como manteniéndose la exclusión del régimen de comparecencia para las plazas convocadas en las distintas Salas del Tribunal Supremo correspondientes a miembros de la Carrera Judicial.

En virtud de la potestad reglamentaria que ostenta el Consejo General del Poder Judicial conforme al artículo 107.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en particular en lo relativo a la provisión de plazas y cargos de nombramiento discrecional a que se refiere la letra d) del artículo 110.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 7 de marzo de 2013, cumplido el trámite previsto en el artículo 110.3 de la citada Ley Orgánica, ha acordado aprobar el presente Reglamento:

Artículo único.

Se introduce un nuevo párrafo a continuación del primero del apartado 3 del artículo 16 del Reglamento 1/2010, con la siguiente redacción:

«Cuando se trate de plazas en las distintas Salas del Tribunal Supremo correspondientes a Abogados y Juristas de reconocida competencia, la Comisión de Calificación convocará a los solicitantes no excluidos, conforme al régimen que determine la Comisión competente, a una comparecencia, en las mismas condiciones y con iguales requisitos a los establecidos en el párrafo siguiente.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de marzo de 2013.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner Tamborero.

CUADRO ACTUALIZADO DE LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS VIGENTES DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Véanse, además, las disposiciones derogatorias del acuerdo de 7 de junio de 1995 (BOE 13-7-95).



Datos oficiales del departamento Consejo General del Poder Judicial

Acuerdo de 7 de marzo de 2013, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales.

"Acuerdo de 7 de marzo de 2013, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2013-3330 publicado el 27 marzo 2013

ID de la publicación: BOE-A-2013-3330
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 marzo 2013
Fecha Pub: 20130327
Fecha última actualizacion: 27 marzo, 2013
Numero BORME 74
Seccion: 1
Departamento: Consejo General del Poder Judicial
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 marzo 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 24221
Pagina final: 24224




Publicacion oficial en el BOE número 74 - BOE-A-2013-3330


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-3330 de Acuerdo de 7 de marzo de 2013, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/2010, de 25 de febrero, que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales.


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