Resolución de 16 de mayo de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicio 2012.





La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 16 de mayo de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicio 2012, acuerda:






Orden del día 25 julio 2017

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 16 de mayo de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicio 2012, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. Instar a la Universidad Politécnica de Cartagena a:

– Garantizar el equilibrio de género requerido en la normativa aplicable, especialmente en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de carácter básico para todo el Estado, especialmente en los distintos órganos colegiados de gobierno, en los órganos electivos y en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad a los que alude el artículo 16 de esta Ley Orgánica, así como la aprobación de sistemas que permitan alcanzar la paridad en los órganos de representación y una mayor participación de la mujer en los grupos de investigación.

– Garantizar la independencia necesaria del órgano gestor del Control Interno y dotarlo de manual de procedimientos, planes de actuación y memoria anual de las actuaciones, a la vez que se refuerza el papel del Consejo Social en el ámbito del gobierno interno de la Universidad.

– Satisfacer plenamente lo dispuesto en el artículo 81.4 de la LOU, que señala que «Al estado de gastos corrientes, se acompañará la relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad especificando la totalidad de los costes de la misma».

– Informar al Tribunal de Cuentas de la implantación de su sistema de contabilidad analítica, tal y como establece la Disposición Adicional 8 de la LOU, y que el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, ha venido a establecer con un horizonte temporal que alcanza como máximo el curso universitario 2015/2016, de manera que se relacionen los ingresos por los precios públicos con los costes de la prestación del servicio.

– Revisar el contrato «servicio de comedor para las residencias universitarias Alberto Colao y Calle Caballero» para garantizar que se adecúan a la calificación de contrato de servicios.

3. Instar a la Universidad a cumplir las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, en especial las siguientes:

– Implantar un sistema de contabilidad analítica, si es que todavía no lo ha hecho, dado el plazo máximo de implantación previsto para el curso académico 2015/2016 en el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril.

– Dotar a la Unidad de control interno de la independencia necesaria para garantizar la máxima objetividad en el control de la gestión económico-financiera de las Universidades.

– Restringir el uso de la figura de la modificación presupuestaria a fin de no vaciar de valor a los presupuestos como herramienta de planificación económica.

– Mejorar la contratación administrativa a fin de evitar la ambigüedad y generalidad de los informes justificativos de la necesidad de los contratos, la insuficiente precisión de los criterios de valoración en los pliegos, y el insuficiente seguimiento de la correcta ejecución de los mismos.

– Evitar el sobredimensionamiento de personal docente y el reconocimiento de premios o complementos económicos no previstos en los Convenios Colectivos o en las RPTs.

– Desarrollar los Portales de Transparencia previstos en la Ley para garantizar el acceso a la información pública y buen gobierno.

– Cumplir estrictamente las obligaciones legales contables y de contratación por parte de las Fundaciones que pudieran depender de dicha Universidad y demás entes instrumentales.

– Cumplir las obligaciones derivadas de la Ley de Igualdad.

Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de mayo de 2017.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Vicente Ten Oliver.



Datos oficiales del departamento Cortes Generales

Resolución de 16 de mayo de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicio 2012.

"Resolución de 16 de mayo de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicio 2012." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2017-8787 publicado el 25 julio 2017

ID de la publicación: BOE-A-2017-8787
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 25 julio 2017
Fecha Pub: 20170725
Fecha última actualizacion: 25 julio, 2017
Numero BORME 176
Seccion: 3
Departamento: Cortes Generales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 25 julio 2017
Letra: A
Pagina de inicio: 67117
Pagina final: 67225




Publicacion oficial en el BOE número 176 - BOE-A-2017-8787


Publicacion oficial en el BOE-A-2017-8787 de Resolución de 16 de mayo de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicio 2012.


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