Resolución de 18 de diciembre de 2012, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del Programa Presupuestario 463B «Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica», ejercicio 2005.





La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 18 de diciembre de 2012, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Programa Presupuesto 463B «Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica», ejercicio 2005, acuerda:






Orden del día 05 abril 2013

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 18 de diciembre de 2012, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Programa Presupuesto 463B «Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica», ejercicio 2005, acuerda:

Se insta al Gobierno a que:

1. Revise los expedientes de subvención y las cuentas justificativas de manera que se pongan de manifiesto las cantidades otorgadas en exceso y las no justificadas, exigiendo los reintegros que resultan procedentes, antes de que transcurra el plazo de prescripción.

2. Elabore un Plan Estratégico específico que presida la actividad de fomento de la investigación financiada con el programa fiscalizado, para lo cual resulta imprescindible la definición de objetivos e indicadores válidos, adecuados y representativos, así como la puesta en marcha de un sistema de seguimiento de los mismos y de información fiable sobre las actividades y resultados del programa.

3. A través de la Dirección General correspondiente, revise todos los expedientes de subvención del Programa 463B, concretamente las cantidades de subvención aprobadas y las cuentas justificativas de las mismas, al objeto de que puedan exigirse los reintegros que procedan, antes de su prescripción.

4. A través de la Dirección General correspondiente, exija a los responsables del programa que acomoden los pagos de las subvenciones al avance real de los proyectos, evitando los saldos de tesorería que se han producido a favor de los beneficiarios y en menoscabo de la Hacienda Pública.

5. Defina claramente los objetivos a conseguir con este Programa, acompañándolo de los correspondientes sistemas de seguimiento, información y evaluación.

Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de diciembre de 2012.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Ricardo Tarno Blanco.–La Secretaria Primera de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Celia Alberto Pérez.

INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL PROGRAMA 463.B «FOMENTO Y COORDINACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA», EJERCICIO 2005

El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, y a tenor de los previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado en su sesión de 30 de noviembre de 2010, el Informe de Fiscalización del Programa 463.B «Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica», ejercicio 2005, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales, según lo previsto en el artículo 28.4 de la Ley de Funcionamiento.

RELACIÓN DE SIGLAS Y ABREVIATURAS

ANEP: Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva.

CELLS: Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz del Sincrotón.

CSIC: Consejo Superior de Investigaciones Científicas y Tecnológicas.

DGI: Dirección General de Investigación.

DGPT: Dirección General de Política Tecnológica.

EMBL: Laboratorio Europeo de Biología Molecular.

FAMNCT: Fundación de Apoyo al Museo Nacional de Ciencia y Tecnología.

FECYT: Fundación Española de Ciencia y Tecnología.

FEDER: Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

FFII: Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial.

becas FPI: Becas para la Formación del Personal Investigador.

GBIF: Global Biodiversity Information Facility.

GENOMA: Fundación para el Desarrollo de la Investigación en Genómica y Proteómica.

IGAE: Intervención General de la Administración del Estado.

INIA: Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

LGS: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

OPI: Organismo Público de Investigación.

PN de I+D+i: Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

RPT: Relación de Puestos de Trabajo.

SEC: Subsecretaría de Educación y Ciencia.

SEUI: Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.

SEH: Secretaría de Estado de Hacienda.

SGPCT: Secretaría General de Política Científica y Tecnológica.

UPM: Universidad Politécnica de Madrid.

TRLCAP: Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio.

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN.

II. ANÁLISIS DE LA LIQUIDACIÓN PRESUPUESTARIA.

III. ANÁLISIS DEL CAPÍTULO 1 «GASTOS DE PERSONAL».

IV. ANÁLISIS DEL CAPÍTULO 2 «GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS».

V. ANÁLISIS DEL CAPÍTULO 4 «SUBVENCIONES Y TRANSFERENCIAS CORRIENTES».

VII. ANÁLISIS DEL CAPÍTULO 7 «SUBVENCIONES Y TRANSFERENCIAS DE CAPITAL».

VII. ANÁLISIS DEL CAPÍTULO 7 «SUBVENCIONES Y TRANSFERENCIAS DE CAPITAL».

A) Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

A.1) Subvenciones para la realización de proyectos de investigación.

A.2) Subvenciones para la potenciación de recursos humanos.

A.3) Subvenciones del programa Torres Quevedo.

A.4) Subvenciones para la contratación de personal técnico de apoyo.

A.5) Subvenciones para Acc. Compl. de fomento de la Cultura científica y tecnológica.

A.6) Subvenciones para Acciones Integradas y becas en organismos internacionales.

B) Subvenciones nominativas.

C) Subvenciones de concesión directa, no nominativas.

D) Transferencias de capital al exterior.

VIII. ANÁLISIS DEL CAPÍTULO 8 «ACTIVOS FINANCIEROS».

IX. ANÁLISIS DE LOS OBJETIVOS E INDICADORES DEL PROGRAMA.

X. CONCLUSIONES.

XI. RECOMENDACIONES.

ANEXOS.

I. INTRODUCCIÓN.

A) Antecedentes de la fiscalización.

1.1 La presente fiscalización figura en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año 2006, aprobado por acuerdo del Pleno de 31 de enero de 2006, en el apartado de fiscalizaciones programadas por iniciativa del Tribunal de Cuentas.

1.2 Las Directrices Técnicas que han regido la fiscalización fueron aprobadas mediante acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 21 de diciembre de 2006.

B) Descripción del programa fiscalizado.

1.3 El programa 463.B «Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica» constituye uno de los programas presupuestarios a través de los cuales se realiza la política de investigación, desarrollo e innovación contenida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2005; conforme a la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica y el Plan Nacional de investigación Científica, Desarrollo e Investigación Tecnológica, aprobado para el periodo 2004-2007 por el Consejo de Ministros en su reunión de 7 de noviembre de 2003, como instrumento de programación de la política científica y tecnológica.

1.4 Este programa presupuestario financia gran parte de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico de los centros de I+D+i: universidades, organismos públicos de investigación, instituciones sin fines de lucro y centros tecnológicos; financiación que se encauza, fundamentalmente, a través de la gestión de subvenciones mediante sus diversos procedimientos: nominativas, convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva o concesión directa. Las actuaciones que estructuran el programa son las siguientes:

– Actuaciones en Recursos Humanos.

– Financiación competitiva de proyectos de I+D.

– Promoción de infraestructuras científico-técnicas.

– Transferencia de tecnología.

– Actuaciones de Cooperación internacional en ciencia y tecnología.

– Actuaciones de fomento de la cultura científica y tecnológica.

– Coordinación, seguimiento, evaluación y difusión del Plan Nacional de I+D+I.

– Otras líneas de actuación de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.

1.5 La ejecución del programa en el ejercicio 2005 se llevó a cabo por el entonces Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) a través de los siguientes centros gestores:

– Subsecretaría de Educación y Ciencia (SEC).

– Secretaría de Estado de Universidades e Investigación (SEUI).

– Secretaría General de Política Científica y Tecnológica (SGPCT).

– Dirección General de Investigación (DGI).

C) Objetivos y alcance de la fiscalización.

1.6 La fiscalización se ha desarrollado de acuerdo con los siguientes objetivos, fijados en las Directrices Técnicas aprobadas al efecto por el Pleno del Tribunal de Cuentas:

a) Verificar la existencia y el funcionamiento del control establecido por los Centros gestores para la adecuada ejecución del programa.

b) Comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias de aplicación a los centros gestores del programa y, en especial, respecto a la gestión de subvenciones.

c) Comprobar que la liquidación del presupuesto es representativa de las operaciones efectuadas en el ejercicio y su adecuación a los principios y normas contables que le son de aplicación.

d) Evaluar el grado de eficacia alcanzado en la gestión del programa, a partir del análisis de los objetivos e indicadores de seguimiento establecidos.

1.7 El periodo fiscalizado comprende el ejercicio 2005, si bien las comprobaciones se han ampliado a ejercicios anteriores o posteriores cuando se ha considerado conveniente para el adecuado cumplimiento de los objetivos de fiscalización previstos.

1.8 La ejecución del trabajo se ha efectuado de acuerdo con las normas y principios de auditoría habitualmente seguidos por el Tribunal de Cuentas y, en particular, los contenidos en las Normas internas de fiscalización del Tribunal de Cuentas, en los términos señalados por el Pleno del Tribunal en su reunión de 23 de enero 1997.

D) Limitaciones.

1.9 Se han presentado limitaciones en el análisis de la actividad de la SEUI como órgano gestor del programa a causa de que, a lo largo de los trabajos de la fiscalización y debido a la falta de cobertura de numerosos puestos de trabajo en dicho Centro, según se indicó al Tribunal, no se pudo contar con ningún responsable que facilitase la información y las aclaraciones precisas en relación con diferentes aspectos de la gestión, como, por ejemplo: a) la organización administrativa, procedimientos y actividad desarrollada por la SEUI en la gestión de los créditos que tiene atribuidos; b) las diferencias existentes entre el importe de las obligaciones reconocidas figuradas en la aplicación informática que utiliza dicho centro (ECONOMEC) y los datos de la Cuenta General del Estado; y c) información sobre los objetivos e indicadores que le asigna la Memoria del programa.

Comentarios a las alegaciones: Las alegaciones destacan que otros órganos gestores del programa fiscalizado han facilitado estas informaciones respecto de su propia gestión, lo que es cierto, pero ello no subsana las limitaciones encontradas en la SEUI.

1.10 Se han presentado también diversas limitaciones en el análisis de la gestión realizada por la DGI:

a) No se ha aportado el listado de seguimiento de la justificación económica de las subvenciones a proyectos de I+D+i convocadas por la Orden CTE de 31 de enero de 2001, lo que ha impedido comprobar rigurosamente dicha justificación (véase el punto 7.10 de este Informe).

Comentarios a las alegaciones: Contrariamente a lo afirmado en alegaciones, la DGI solo facilitó el listado correspondiente a la convocatoria del año 2000, indicando verbalmente que no se disponía del relativo a la convocatoria de 2001.

b) No se ha podido verificar, debido a la falta de información, la compatibilidad de 16 investigadores que desarrollaron un proyecto de investigación subvencionado y que también recibieron becas de Formación de Personal Investigador (punto 7.7.e).

Comentarios a las alegaciones: La información facilitada en alegaciones tampoco es suficiente para verificar la compatibilidad de estos investigadores.

c) [Párrafo suprimido a la vista de la documentación aportada en alegaciones].

d) No se ha aportado información sobre las amortizaciones de los préstamos concedidos a 10 años y a tipo de interés cero para la financiación de proyectos de infraestructura científica, por un total de 37.922,9 miles de euros, lo que ha impedido comprobar su correcta amortización (punto 8.8).

Comentarios a las alegaciones: La nueva documentación aportada en alegaciones tampoco es suficiente para verificar estas amortizaciones.

e) No se ha podido llevar a cabo el análisis previsto sobre la eficacia en la gestión del programa 463.B, por las insuperables deficiencias en la definición de objetivos e indicadores, y la inexistencia de un sistema de seguimiento e información adecuado y fiable a tales efectos (apartado IX).

E) Trámite de alegaciones.



Datos oficiales del departamento Cortes Generales

Resolución de 18 de diciembre de 2012, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del Programa Presupuestario 463B "Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica", ejercicio 2005.

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ID de la publicación: BOE-A-2013-3644
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 05 abril 2013
Fecha Pub: 20130405
Fecha última actualizacion: 5 abril, 2013
Numero BORME 82
Seccion: 3
Departamento: Cortes Generales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 05 abril 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 25545
Pagina final: 25605




Publicacion oficial en el BOE número 82 - BOE-A-2013-3644


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-3644 de Resolución de 18 de diciembre de 2012, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del Programa Presupuestario 463B "Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica", ejercicio 2005.


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