Resolución de 18 de mayo de 2010, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos aplicados por la Administración General del Estado en la gestión de los flujos financieros públicos entre España y la Unión Europea.





La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 18 de mayo de 2010, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los procedimientos aplicados por la Administración General del Estado en la gestión de los flujos financieros públicos entre España y la Unión Europea, acuerda:






Orden del día 02 julio 2010

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 18 de mayo de 2010, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los procedimientos aplicados por la Administración General del Estado en la gestión de los flujos financieros públicos entre España y la Unión Europea, acuerda:

Instar al Gobierno a:

1. Canalizar a través de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera todas las aportaciones de la Unión Europea a España.

3. Que inste a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a separar en conceptos no presupuestarios diferentes para cada marco presupuestario el registro de los distintos fondos que se reciben de la Unión Europea.

4. Que delimite adecuadamente para cada uno de los fondos las distintas funciones establecidas en los Reglamentos comunitarios, asignándoles a autoridades distintas e independientes entre sí.

5. Que inste a las Autoridades Pagadores a que realicen un control pormenorizado de los saldos de los fondos estructurales y que se concilien estos saldos con los de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

6. Seguir corrigiendo deficiencias y debilidades que se detectan en el Tribunal de Cuentas, en lo relativo al marco de relaciones financieras entre España y la Unión Europea.

7. Instaurar más sistemas de control, especialmente a los Fondos Comunitarios estructurales, que se consideran insuficientes pues se limitan a un control de coincidencia documental, tratando de identificar a determinados fondos en cuanto a su origen y destino, efectuando comprobaciones por las autoridades de gestión y pagadoras que dejen constancia documental en los expedientes, con conciliaciones más frecuentes y desglose de los conceptos de acreedores, para conocer las operaciones de cada fondo.

8. Transmitir a la Administración General del Estado que en informes futuros de gestión de flujos financieros públicos entre España y la Unión Europea se amplíe el desglose de los conceptos de acreedores no presupuestarios para poder conocer con mayor detalle las operaciones de cada uno de los fondos europeos.

9. Ampliar la información suministrada por la cuenta de la Administración General del Estado para conocer los importes definidos de cada fondo comunitario asegurando su coordinación y sincronización con la información ofrecida por los sistemas de información implantadas por las autoridades pagadoras.

10. Adoptar las medidas oportunas para garantizar que todos los organismos y entes públicos canalicen la recepción de todos los ingresos procedentes de la Unión Europea a través de la cuenta que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera tiene abierta en el Banco de España, adecuando su procedimiento a lo previsto en la normativa.

11. Garantizar que los órganos gestores que realizan los controles de estos fondos comuniquen siempre las irregularidades detectadas a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para asegurar su traslado a la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF).

12. Ampliar el detalle del desglose de las asignaciones de los Fondos para reforzar la información aportada.

13. Fiscalizar los flujos financieros públicos en España y la Unión Europea haciendo coincidir el período examinado con el de los marcos financieros comunitarios (perspectivas financieras).

Instar al Tribunal de Cuentas a:

14. Que siga haciendo informes periódicos de la gestión de los flujos financieros públicos entre España y la Unión Europea.

Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de mayo de 2010.–La Presidenta de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, María Isabel Pozuelo Meño.–El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, José Luis Ábalos Meco.



Datos oficiales del departamento Cortes Generales

Resolución de 18 de mayo de 2010, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos aplicados por la Administración General del Estado en la gestión de los flujos financieros públicos entre España y la Unión Europea.

"Resolución de 18 de mayo de 2010, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos aplicados por la Administración General del Estado en la gestión de los flujos financieros públicos entre España y la Unión Europea." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-10517 publicado el 02 julio 2010

ID de la publicación: BOE-A-2010-10517
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 02 julio 2010
Fecha Pub: 20100702
Fecha última actualizacion: 2 julio, 2010
Numero BORME 160
Seccion: 3
Departamento: Cortes Generales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 02 julio 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 58108
Pagina final: 58162




Publicacion oficial en el BOE número 160 - BOE-A-2010-10517


Publicacion oficial en el BOE-A-2010-10517 de Resolución de 18 de mayo de 2010, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos aplicados por la Administración General del Estado en la gestión de los flujos financieros públicos entre España y la Unión Europea.


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