Resolución de 26 de septiembre de 2016, del Defensor del Pueblo, por la que se convoca procedimiento para la selección de Técnico especialista en Derecho Tributario.





En virtud de lo dispuesto en la normativa reguladora de la adscripción de personal al servicio del Defensor del Pueblo (artículos 34 a 36 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo; artículos 31 a 35 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo, aprobado por las Mesas del Congreso y del Senado; Estatuto del Personal del Defensor del Pueblo y demás normativa de aplicación), la Defensora ha resuelto, previo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior, convocar procedimiento para la selección de un asesor con las funciones de Técnico nivel «A», con las retribuciones establecidas para esta categoría en el presupuesto de la Institución.






Orden del día 01 octubre 2016

En virtud de lo dispuesto en la normativa reguladora de la adscripción de personal al servicio del Defensor del Pueblo (artículos 34 a 36 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo; artículos 31 a 35 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo, aprobado por las Mesas del Congreso y del Senado; Estatuto del Personal del Defensor del Pueblo y demás normativa de aplicación), la Defensora ha resuelto, previo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior, convocar procedimiento para la selección de un asesor con las funciones de Técnico nivel «A», con las retribuciones establecidas para esta categoría en el presupuesto de la Institución.

La presente convocatoria se ajustará a las siguientes bases:

Primera.

Perfil del puesto. De acuerdo con las funciones de supervisión de la actividad administrativa que atribuye la Constitución y la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, al Defensor del Pueblo, las tareas que desempeñan los Técnicos del Defensor del Pueblo consisten en el examen, trámite y propuesta de resolución de las quejas planteadas por los ciudadanos sobre la actividad de las administraciones públicas y sus agentes. Asimismo corresponde a los Técnicos de la Institución la elaboración de los informes, dictámenes, ponencias, conferencias y propuestas de actuación que les sean solicitados en relación con la garantía de los derechos y libertades fundamentales y la efectividad de los mismos en el ámbito de supervisión antes citado.

La especialización que se requiere en esta convocatoria exige un sólido conocimiento del ordenamiento jurídico administrativo general, del régimen y funcionamiento de las administraciones públicas, y experiencia acreditable en la aplicación de las normas tributarias en los ámbitos estatal, autonómico y local. Las tareas a desempeñar versarán, fundamentalmente, sobre el régimen jurídico de los distintos impuestos, tasas, contribuciones especiales y precios públicos; los diferentes procedimientos tributarios en general y los procedimientos catastrales; la aplicación de los principios tributarios en toda su amplitud y los derechos y obligaciones de los contribuyentes. Para el desarrollo de la actividad profesional se requieren conocimientos informáticos como usuario en el manejo de programas ofimáticos para el tratamiento y proceso de textos y documentos, así como también se valorará la experiencia en la utilización de sistemas de información colaborativos para la gestión de expedientes electrónicos de información, en especial en el ámbito interno de las Administraciones Publicas.

Dadas las relaciones de cooperación del Defensor del Pueblo con los organismos internacionales, las instituciones comunitarias y las Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de Derechos Humanos (INDH) de otros países, resulta imprescindible el conocimiento del idioma inglés, hablado y escrito. También será objeto de valoración el conocimiento de otras lenguas o idiomas, tanto españoles como extranjeros.

Segunda.

Podrán tomar parte en el presente procedimiento quienes reúnan los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1.º Poseer el título superior universitario de licenciado en Derecho o de licenciado en Economía (o título de Grado equivalente).

2.º Ostentar a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes una de las condiciones siguientes:

– Funcionario/a de carrera de las Administraciones Públicas perteneciente a Cuerpos del Grupo A a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con una antigüedad de al menos cinco años.

– Miembro de la Carrera Judicial, de la Carrera Fiscal o del Cuerpo de Secretarios Judiciales, con una antigüedad de al menos cinco años.

– Funcionario/a de las Cortes Generales o de la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, o de otros órganos constitucionales del Estado, con una antigüedad de al menos cinco años, siempre que en el acceso al respectivo cuerpo se exija titulación superior de licenciado universitario o equivalente.

– Funcionario/a de la Unión Europea o de organismos internacionales, de nacionalidad española, con una antigüedad de al menos cinco años, siempre que en el acceso al respectivo cuerpo se exija titulación superior de licenciado universitario o equivalente.

– Tener, o haber tenido, durante al menos cinco años, la condición de personal al servicio de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o de relevancia constitucional, o de las instituciones autonómicas análogas, o de la Unión Europea o de organismos internacionales, ocupando puestos de trabajo equivalentes a los cuerpos del Grupo A de funcionarios de carrera.

3.º Acreditar experiencia profesional de al menos cinco años en servicios profesionales de índole jurídica en las materias propias de Derecho Tributario indicadas en el anexo II de la presente convocatoria.

Tercera.

Quienes deseen concursar presentarán sus solicitudes, según modelo adjunto en anexo I, en el Registro del Defensor del Pueblo, calle Zurbano, número 42, 28010 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta.

A la solicitud de participación se adjuntará:

1.º Fotocopia del DNI.

2.º Copia del título de licenciado en Derecho o de licenciado en Economía (o del título de Grado equivalente).

3.º Copia del título de funcionario a que se refiere la base segunda, en su caso, o alternativamente la documentación acreditativa correspondiente de los servicios prestados ocupando puestos de trabajo equivalentes a los cuerpos del Grupo A de funcionarios de carrera.

4.º Documentación acreditativa del cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere la base segunda.

5.º Currículum-memoria en el que se hará constar cuantas circunstancias y méritos se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a los siguientes extremos:

a) Títulos académicos que se posean.

b) Servicios profesionales prestados sobre las materias indicadas en el anexo II de la presente convocatoria, en el Cuerpo de funcionarios a que se pertenezca, en su caso, con especificación del destino que se desempeña a la fecha de presentación de la solicitud, o alternativamente de los servicios prestados ocupando puestos de trabajo equivalentes a los cuerpos del Grupo A de funcionarios de carrera.

c) Experiencia en la redacción de informes y estudios, y en la exposición oral de los mismos.

d) Publicaciones.

e) Cursos, ponencias y conferencias impartidas; participación como ponente en mesas redondas seminarios, jornadas y congresos.

f) Conocimiento del idioma inglés y, eventualmente, de otros idiomas.

g) Experiencia en la aplicación o en el seguimiento de instrumentos internacionales de derechos humanos, particularmente los referidos a las materias referidas en el anexo II.

6.º Declaración expresa de asumir el compromiso de tomar posesión dentro del plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento

Los interesados unirán al currículum-memoria la documentación acreditativa de los méritos aducidos, especialmente del relativo al requisito de experiencia profesional de al menos cinco años en las materias indicadas en el anexo II de la convocatoria.

El Defensor del Pueblo podrá requerir a los solicitantes completar la documentación presentada en el plazo que se señale, que no podrá ser inferior a diez días naturales.

Quinta.

La Comisión de valoración para el proceso de selección será nombrada por la Defensora del Pueblo y estará compuesta de la siguiente forma:

Presidente: El Secretario General de la Institución.

Vocales:

– La Directora del Gabinete Técnico de la Defensora.

– El Técnico Jefe del Gabinete de la Adjuntía Primera.

– Un Técnico Jefe de Área del Defensor del Pueblo.

– Un Funcionario de carrera de las Administraciones Públicas perteneciente a Cuerpos del Grupo A no integrado en los servicios del Defensor del Pueblo.

– Un Funcionario de carrera de las Administraciones Públicas perteneciente a Cuerpos del Grupo A no integrado en los servicios del Defensor del Pueblo.

Secretario: Un Técnico de la Institución que preste sus servicios en la Secretaría General, con voz y voto.

La Defensora del Pueblo designará, en su caso, a miembros suplentes de la Comisión, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función.

La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la mayoría de sus miembros. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.

Sexta.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de valoración resolverá sobre la admisión o exclusión de los solicitantes al procedimiento de selección. El acuerdo aprobatorio de la lista provisional de solicitantes admitidos y excluidos, así como todas las comunicaciones posteriores referentes al presente procedimiento, se efectuarán mediante publicación en la página web del Defensor del Pueblo www.defensordelpueblo.es.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución y la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976, y con el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se asume el compromiso de llevar a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Séptima.

Aprobada la lista definitiva de solicitantes, la Comisión de valoración efectuará una primera selección valorando los méritos acreditados por cada uno de ellos. En esta valoración se tendrá en cuenta la adecuación del candidato al perfil de la plaza convocada y a las necesidades de la Institución para completar la plantilla de Técnicos de los que dispone.

A continuación podrá convocar a todos, o a una selección de los mismos, para la celebración de entrevistas personales que permitan deducir de la experiencia profesional del candidato sus aptitudes para el desempeño de las funciones de la plaza convocada. En el transcurso de las entrevistas se podrá plantear a los solicitantes la realización de un informe breve, de un máximo de dos mil palabras, sobre alguna de las materias indicadas en el anexo II de la convocatoria. Para la realización de este informe podrán ayudarse de cuantos materiales deseen aportar, así como de todos los existentes en el Centro de Documentación del Defensor del Pueblo.

Octava.

Una vez valorados los méritos de los solicitantes y efectuadas, en su caso, las entrevistas personales, la Comisión de valoración efectuará una propuesta ordenada de candidatos a la Junta de Coordinación y Régimen Interior, para que, tras su estudio y deliberación, la Defensora del Pueblo proceda, de acuerdo a lo previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, y en el artículo 31.3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo, a nombrar discrecionalmente a uno de los candidatos propuestos o a declarar desierta la plaza.

Novena.

El candidato nombrado por la Defensora pasará a prestar sus servicios en el Defensor del Pueblo como asesor con las funciones de Técnico nivel «A», con los derechos y obligaciones inherentes al nombramiento del personal al servicio del Defensor del Pueblo, debiendo en su caso ser declarado en su Cuerpo de origen en la situación de servicios especiales, de acuerdo a lo previsto en el artículo 87 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Décima.

Las resoluciones de la Comisión de valoración y sus actos de trámite que se estime hayan producido indefensión podrán ser impugnados mediante recurso ante la Defensora del Pueblo en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, 26 de septiembre de 2016.– La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril Bustamante.

ANEXO II

Materias relativas a Derecho Tributario a que se refieren las bases de la convocatoria

1. El Derecho Tributario. Principios constitucionales del ordenamiento tributario: Deber de contribuir y principio de capacidad económica; principio de generalidad; principio de igualdad; principio de progresividad; prohibición de confiscatoriedad; principio de reserva de ley en materia tributaria. La Ley General Tributaria. Modificaciones tributarias realizadas por Ley de Presupuestos.

2. La norma tributaria: eficacia; ámbito de aplicación; retroactividad; interpretación de las normas tributarias: la consulta; analogía; fraude de ley; los derechos y garantías de los obligados tributarios: información y asistencia al contribuyente.

3. Los tributos: Impuestos, tasas, contribuciones especiales y precios públicos. Elementos del tributo: hecho imponible; sujeto pasivo; base imponible; base liquidable; tipo de gravamen; exención; cuota tributaria.

4. Procedimientos tributarios: Procedimiento de liquidación; procedimiento de comprobación; la inspección tributaria; procedimiento recaudatorio; procedimiento de apremio; procedimiento sancionador; procedimientos de revisión.

5. La potestad tributaria del Estado, Comunidades Autónomas y Entes Locales. La Política fiscal de la Unión Europea. Normativa internacional tributaria.

6. El sistema impositivo (I). Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Impuesto sobre Sociedades. Impuesto sobre la Renta de los no Residentes (IRNR). Impuesto sobre el Patrimonio. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

7. El sistema impositivo (II). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD). Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Impuestos Especiales. Derechos de aduana.

8. El sistema impositivo (III). Impuestos municipales: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI); Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE); Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM); Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO); Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

9. El catastro inmobiliario. Principios informadores. Bienes inmuebles a efectos catastrales. Titularidad catastral. Derecho de acceso a la información catastral.

10. Procedimientos catastrales: Incorporación; declaración; comunicación y solicitud; subsanación de discrepancias; regularización. Inspección catastral. Infracciones y sanciones catastrales. Valoración catastral. Las ponencias de valores. Procedimiento de valoración catastral.



Datos oficiales del departamento Cortes Generales

Resolución de 26 de septiembre de 2016, del Defensor del Pueblo, por la que se convoca procedimiento para la selección de Técnico especialista en Derecho Tributario.

"Resolución de 26 de septiembre de 2016, del Defensor del Pueblo, por la que se convoca procedimiento para la selección de Técnico especialista en Derecho Tributario." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2016-8971 publicado el 01 octubre 2016

ID de la publicación: BOE-A-2016-8971
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 01 octubre 2016
Fecha Pub: 20161001
Fecha última actualizacion: 1 octubre, 2016
Numero BORME 238
Seccion: 2
Departamento: Cortes Generales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 01 octubre 2016
Letra: A
Pagina de inicio: 70287
Pagina final: 70292




Publicacion oficial en el BOE número 238 - BOE-A-2016-8971


Publicacion oficial en el BOE-A-2016-8971 de Resolución de 26 de septiembre de 2016, del Defensor del Pueblo, por la que se convoca procedimiento para la selección de Técnico especialista en Derecho Tributario.


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