Resolución de 29 de junio de 2015, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014.





La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 29 de junio de 2015, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014, acuerda:






Orden del día 23 octubre 2015

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 29 de junio de 2015, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014, acuerda:

1. Asumir el contenido del citado informe.

Instar al Gobierno a:

3. Acometer el desarrollo normativo pertinente para precisar los conceptos, la imputación y la justificación de los gastos electorales en función de lo que establece el artículo 130 de la LOREG, a efectos de limitar los gastos realizados por las formaciones políticas a los imprescindibles para acometer la campaña electoral en concordancia con el compromiso de reducción del gasto electoral previsto en la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, de modificación de aquella, en un contexto de reducción del gasto electoral, ajustando la regulación a una interpretación estricta de los conceptos subvencionables.

4. Desarrollar normativamente el sistema de financiación a través de plataformas digitales de financiación colectiva para la obtención de recursos de financiación privada.

5. Establecer legalmente el destino que debe darse a los recursos procedentes de donaciones privadas que no cumplen los requisitos exigidos en la LOREG, bien porque no esté identificado el donante o bien porque se superen los límites máximos anuales permitidos para una misma persona física o jurídica.

Instar a las formaciones políticas a:

6. Prever un sistema de control interno que garantice, en primer lugar, la selección de la oferta económicamente más ventajosa en relación con aquellas operaciones que representen una importancia relativa sobre el volumen de los gastos declarados, bien por su cuantía individual o por su concentración en un mismo proveedor y, en segundo lugar, la adecuada comprobación documental por el Tribunal de Cuentas del detalle de las operaciones que integran los conceptos de gastos facturados para la campaña electoral.

7. Adecuar el límite de gastos en publicidad exterior y el límite de publicidad en la prensa periódica y en las emisoras de radio de titularidad privada, previstos en la LOREG, a los nuevos soportes de publicidad introducidos como consecuencia de las nuevas tecnologías, entre los que cabe señalar la publicidad en prensa digital y los anuncios en internet, precisándose la naturaleza de los gastos a considerar de forma que se elimine toda incertidumbre a efectos de su consideración para la comprobación de la limitación legal establecida.

Instar al Tribunal de Cuentas a:

8. Incoar los procedimientos oportunos que se deriven de las posibles irregularidades que se hayan producido como consecuencia de la utilización indebida de los sistemas de financiación a través de plataformas digitales de financiación colectiva (crowdfunding) como medio de obtención de recursos de financiación privada por los partidos políticos, sin sujetarse a los requisitos establecidos en la legislación para el caso de que se configuren como donaciones o como préstamos.

Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de junio de 2015.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Ricardo Tarno Blanco.–La Secretaria Primera de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Teresa García Sena.



Datos oficiales del departamento Cortes Generales

Resolución de 29 de junio de 2015, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014.

"Resolución de 29 de junio de 2015, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2015-11416 publicado el 23 octubre 2015

ID de la publicación: BOE-A-2015-11416
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 23 octubre 2015
Fecha Pub: 20151023
Fecha última actualizacion: 23 octubre, 2015
Numero BORME 254
Seccion: 3
Departamento: Cortes Generales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 23 octubre 2015
Letra: A
Pagina de inicio: 100002
Pagina final: 100044




Publicacion oficial en el BOE número 254 - BOE-A-2015-11416


Publicacion oficial en el BOE-A-2015-11416 de Resolución de 29 de junio de 2015, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de las contabilidades de las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014.


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