Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.





FELIPE VI






Orden del día 29 junio 2022

FELIPE VI

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley:

PREÁMBULO

I

Título I. Disposiciones generales.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley.

Artículo 2. Las telecomunicaciones como servicios de interés general.

Artículo 3. Objetivos y principios de la ley.

Artículo 4. Servicios de telecomunicaciones para la seguridad nacional, la defensa nacional, la seguridad pública, la seguridad vial y la protección civil.

Título II. Suministro de redes y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas en régimen de libre competencia.

Capítulo I. Disposiciones generales.

Artículo 5. Régimen de libre competencia.

Artículo 6. Requisitos exigibles para el suministro de las redes y la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas.

Artículo 7. Registro de operadores.

Artículo 8. Condiciones para el suministro de redes y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.

Artículo 9. Obligaciones de suministro de información.

Artículo 10. Normas técnicas.

Capítulo II. Notificaciones.

Artículo 11. Derechos derivados de la notificación.

Artículo 12. Obligaciones derivadas de la notificación.

Artículo 13. Suministro de redes públicas y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas en régimen de prestación a terceros por las Administraciones públicas.

Capítulo III. Acceso a las redes y recursos asociados e interconexión.

Artículo 14. Principios generales aplicables al acceso a las redes y recursos asociados y a su interconexión.

Capítulo IV. Regulación de los mercados.

Artículo 15. Definición de mercados de referencia.

Artículo 16. Análisis de mercados de referencia.

Artículo 17. Procedimiento para la imposición de obligaciones específicas.

Artículo 18. Obligaciones específicas aplicables a los operadores con peso significativo en mercados de referencia.

Artículo 19. Compromisos de acceso o coinversión ofrecidos por el operador.

Artículo 20. Compromisos de coinversión en redes de muy alta capacidad.

Artículo 21. Operadores exclusivamente mayoristas.

Artículo 22. Migración desde una infraestructura heredada.

Artículo 23. Tarifas de terminación de llamadas de voz.

Artículo 24. Obligaciones en mercados minoristas.

Capítulo V. Separación funcional.

Artículo 25. Separación funcional obligatoria.

Artículo 26. Separación funcional voluntaria.

Artículo 27. Obligaciones específicas adicionales a la separación funcional.

Capítulo VI. Resolución de conflictos.

Artículo 28. Resolución de conflictos en el mercado español.

Capítulo VII. Numeración.

Capítulo VII. Numeración.

Artículo 30. Principios generales.

Artículo 31. Planes nacionales de numeración.

Artículo 32. Acceso a números o servicios.

Artículo 33. Conservación de los números por los usuarios finales y fomento de la provisión inalámbrica para facilitar el cambio de operador.

Artículo 34. Números armonizados para los servicios armonizados europeos de valor social.

Título III. Obligaciones de servicio público y derechos y obligaciones de carácter público en el suministro de redes y en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.

Capítulo I. Obligaciones de servicio público.

Sección 1.ª Delimitación.

Artículo 35. Delimitación de las obligaciones de servicio público.

Artículo 36. Categorías de obligaciones de servicio público.

Sección 2.ª El servicio universal.

Artículo 37. Concepto y ámbito de aplicación.

Artículo 38. Asequibilidad del servicio universal.

Artículo 39. Accesibilidad del servicio universal.

Artículo 40. Designación de los operadores encargados de la prestación del servicio universal.

Artículo 41. Control del gasto.

Artículo 42. Coste y financiación del servicio universal.

Sección 3.ª Otras obligaciones de servicio público.

Artículo 43. Otras obligaciones de servicio público.

Capítulo II. Derechos de los operadores y despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas.

Sección 1.ª Derechos de los operadores a la ocupación del dominio público, a ser beneficiarios en el procedimiento de expropiación forzosa y al establecimiento a su favor de servidumbres y de limitaciones a la propiedad.

Artículo 44. Derecho de ocupación de la propiedad privada.

Artículo 45. Derecho de ocupación del dominio público.

Artículo 46. Ubicación compartida y uso compartido de la propiedad pública o privada.

Artículo 47. Otras servidumbres y limitaciones a la propiedad.

Artículo 48. Estudios geográficos.

Sección 2.ª Normativa de las Administraciones públicas que afecte a la instalación o explotación de redes públicas de comunicaciones electrónicas.

Artículo 49. Colaboración entre Administraciones públicas en la instalación o explotación de las redes públicas de comunicaciones electrónicas.

Artículo 50. Mecanismos de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y las Administraciones públicas para la instalación y explotación de las redes públicas de comunicaciones electrónicas.

Artículo 51. Previsión de infraestructuras de comunicaciones electrónicas en proyectos de urbanización y en obras civiles financiadas con recursos públicos.

Sección 3.ª Acceso a infraestructuras susceptibles de alojar redes públicas de comunicaciones electrónicas y coordinación de obras civiles.

Artículo 52. Acceso a las infraestructuras susceptibles de alojar redes públicas de comunicaciones electrónicas.

Artículo 53. Coordinación de obras civiles.

Artículo 54. Acceso o uso de las redes de comunicaciones electrónicas titularidad de los órganos o entes gestores de infraestructuras de transporte de competencia estatal.

Sección 4.ª Infraestructuras comunes y redes de comunicaciones electrónicas en los edificios.

Artículo 55. Infraestructuras comunes y redes de comunicaciones electrónicas en los edificios.

Capítulo III. Salvaguardia de derechos fundamentales, secreto de las comunicaciones y protección de los datos personales y derechos y obligaciones de carácter público vinculados con las redes y servicios de comunicaciones electrónicas.

Artículo 56. Salvaguardia de derechos fundamentales.

Artículo 57. Principio de no discriminación.

Artículo 58. Secreto de las comunicaciones.

Artículo 59. Interceptación de las comunicaciones electrónicas por los servicios técnicos.

Artículo 60. Protección de los datos de carácter personal.

Artículo 61. Conservación y cesión de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.

Artículo 62. Cifrado en las redes y servicios de comunicaciones electrónicas.

Artículo 63. Integridad y seguridad de las redes y de los servicios de comunicaciones electrónicas.

Capítulo IV. Derechos de los usuarios finales.

Artículo 64. Derechos de los usuarios finales y consumidores de servicios de comunicaciones electrónicas.

Artículo 65. Derechos específicos de los usuarios finales y consumidores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público.

Artículo 66. Derecho a la protección de datos personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas, con los datos de tráfico y de localización y con las guías de abonados.

Artículo 67. Contratos.

Artículo 68. Transparencia, comparación de ofertas y publicación de información.

Artículo 69. Calidad de servicio.

Artículo 70. Cambio de operador y conservación de los números por los usuarios finales.

Artículo 71. Contratos empaquetados.

Artículo 72. Guías de abonados y servicios de información sobre números de abonado.

Artículo 73. Regulación de las condiciones básicas de acceso por personas con discapacidad.



Datos oficiales del departamento Jefatura del Estado

Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.

"Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2022-10757 publicado el 29 junio 2022

ID de la publicación: BOE-A-2022-10757
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 junio 2022
Fecha Pub: 20220629
Fecha última actualizacion: 29 junio, 2022
Numero BORME 155
Seccion: 1
Departamento: Jefatura del Estado
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 junio 2022
Letra: A
Pagina de inicio: 91253
Pagina final: 91411




Publicacion oficial en el BOE número 155 - BOE-A-2022-10757


Publicacion oficial en el BOE-A-2022-10757 de Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.


Descargar PDF oficial BOE-A-2022-10757 AQUÍ



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