Junta Electoral Central

Resolución de 5 de diciembre de 2013, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por la que se anuncia propuesta de designación de concejal del Ayuntamiento de Poboleda (Tarragona), en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de conformidad con lo dispuesto en el número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 sobre sustitución de cargos representativos locales.

Habiéndose acreditado vacante en el cargo de concejal del Ayuntamiento de Poboleda (Tarragona) correspondiente a la candidatura presentada por Convergència i Unió en las elecciones municipales de 22 de mayo de 2011 y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir la referida vacante, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a don Ricardo Vidal Viñes.

En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 («BOE» número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de la persona propuesta, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central o en el correspondiente Ayuntamiento.

Resolución de 29 de noviembre de 2013, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por la que se anuncia propuesta de designación de concejal del Ayuntamiento de Casasimarro (Cuenca), en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de conformidad con lo dispuesto en el número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 sobre sustitución de cargos representativos locales.

Habiéndose acreditado vacante en el cargo de concejal del Ayuntamiento de Casasimarro (Cuenca) correspondiente a la candidatura presentada por el Partido Socialista Obrero Español en las elecciones municipales de 22 de mayo de 2011 y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir la referida vacante, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a don Antonio Escobar Paños.

En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 («BOE» número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de la persona propuesta, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central o en el correspondiente Ayuntamiento.

Resolución de 29 de noviembre de 2013, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por la que se anuncia propuesta de designación de concejal del Ayuntamiento de Casasimarro (Cuenca), en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de conformidad con lo dispuesto en el número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 sobre sustitución de cargos representativos locales.

Habiéndose acreditado vacante en el cargo de concejal del Ayuntamiento de Casasimarro (Cuenca) correspondiente a la candidatura presentada por el Partido Socialista Obrero Español en las elecciones municipales de 22 de mayo de 2011 y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir la referida vacante, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a don Antonio Escobar Paños.

En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 («BOE» número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de la persona propuesta, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central o en el correspondiente Ayuntamiento.

Resolución de 20 de noviembre de 2013, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por la que se anuncia propuesta de designación de concejales del Ayuntamiento de Porriño (Pontevedra), en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de conformidad con lo dispuesto en el número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 sobre sustitución de cargos representativos locales.

Habiéndose acreditado vacantes en el cargo de concejal del Ayuntamiento de Porriño (Pontevedra) correspondientes a la candidatura presentada por el Bloque Nacionalista Galego (BNG) en las elecciones municipales de 22 de mayo de 2011 y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir las referidas vacantes, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a don Juan José González Portela, don Pedro Pereira Fernández y doña Aurora Rivas Sío.

En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 (BOE número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de las personas propuestas, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central o en el correspondiente Ayuntamiento.

Resolución de 15 de noviembre de 2013, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por la que se anuncia propuesta de designación de concejal del Ayuntamiento de Lizartza (Gipuzkoa), en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de conformidad con lo dispuesto en el número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 sobre sustitución de cargos representativos locales.

Habiéndose acreditado vacante en el cargo de concejal del Ayuntamiento de Lizartza (Gipuzkoa) correspondiente a la candidatura presentada por Bildu–Eusko Alkartasuna/Alternatiba Eraikitzen en las elecciones municipales de 22 de mayo de 2011 y acreditada igualmente la renuncia de todos y cada uno de los candidatos de la correspondiente lista, se ha procedido por la citada entidad política a designar para cubrir la referida vacante, en aplicación de lo previsto en el artículo 182.2 de la LOREG, a don José María Sarasola Echeverria.

En su virtud, en cumplimiento del número 2 del apartado segundo de la Instrucción de la Junta Electoral Central de 10 de julio de 2003 (BOE número 171, de 18 de julio) sobre sustitución de cargos representativos locales, se ordena la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» a fin de que, en el plazo de dos días desde dicha publicación, puedan los representantes de las candidaturas denunciar irregularidades que impidan el nombramiento de la persona propuesta, dentro de cuyo plazo podrán examinar el expediente en las dependencias de esta Junta Electoral Central o en el correspondiente Ayuntamiento.