Resolución de 21 de julio de 2006, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas cuyo desarrollo corresponde al Centro de Estudios Superiores de la Función Pública y al Centro de Cooperación Institucional.





Entre las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública, de acuerdo con el Real Decreto 1661/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Estatuto del INAP, modificado por el Real Decre-to 1320/2004, de 28 de mayo, destaca la formación para el desarrollo de la función directiva profesional así como el desarrollo de la formación y el perfeccionamiento de los cuerpos y escalas de los grupos A, B, C, D y E. El Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, aprueba la aplicación de distintas medidas que tienen por objeto favorecer la integración de las personas con discapacidad, mediante la facilidad de acceso a la formación de estas personas. Por este motivo, en la selección de participantes a los cursos formativos, se valorará como criterio de participación a quienes se encuentren afec-tados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%. Así, de conformidad con lo dispuesto por la Orden APU/4137/2005, de 19 de diciembre, por la que se aprueba la oferta formativa del Instituto Nacional de Administración Pública para el año 2006 está prevista la organización de una serie de actividades formativas. En consecuencia, y a propuesta del Centro de Estudios Superiores de la Función Pública y del Centro de Cooperación Institucional, esta Dirección ha resuelto:






Orden del día 04 agosto 2006

Entre las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública, de acuerdo con el Real Decreto 1661/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Estatuto del INAP, modificado por el Real Decre-to 1320/2004, de 28 de mayo, destaca la formación para el desarrollo de la función directiva profesional así como el desarrollo de la formación y el perfeccionamiento de los cuerpos y escalas de los grupos A, B, C, D y E. El Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, aprueba la aplicación de distintas medidas que tienen por objeto favorecer la integración de las personas con discapacidad, mediante la facilidad de acceso a la formación de estas personas. Por este motivo, en la selección de participantes a los cursos formativos, se valorará como criterio de participación a quienes se encuentren afec-tados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%. Así, de conformidad con lo dispuesto por la Orden APU/4137/2005, de 19 de diciembre, por la que se aprueba la oferta formativa del Instituto Nacional de Administración Pública para el año 2006 está prevista la organización de una serie de actividades formativas. En consecuencia, y a propuesta del Centro de Estudios Superiores de la Función Pública y del Centro de Cooperación Institucional, esta Dirección ha resuelto:

Primero.-Convocar las acciones formativas que se detallan en los Anexos I (Centro de Estudios Superiores de la Función Pública) y II (Centro de Cooperación Institucional).

Segundo.-Destinatarios.

Tercero.-Solicitudes.

1. Los candidatos deberán presentar la solicitud que figura en la página web del INAP (www.inap.map.es) y la documentación adicional que en cada caso se determine.

Quienes se encuentren afectados por una discapacidad, debidamente acreditada, cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33% podrán hacer constar tal circunstancia en la solicitud, pudiendo indicar asimismo las adaptaciones en el curso formativo que consideren necesarias. Quienes deseen participar en los cursos deberán hacerlo a través de la página web del INAP, cumplimentando directamente los formularios de solicitud de participación y ejecutando a continuación la opción «grabar y enviar». Para completar la solicitud así enviada, es necesario imprimirla en soporte papel y, una vez firmada por el solicitante, remitirla de cualquiera de las formas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al Centro de Estudios Superiores de la Función Pública (Anexo I) o al Centro de Cooperación Institucional (Anexo II) del INAP, junto con la documentación adicional requerida en cada caso. Las solicitudes deberán contar con la conformidad del responsable de la unidad orgánica en la que el solicitante preste sus servicios, acreditada mediante la correspondiente firma y sello.

Cuarto.-Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes finalizará quince días antes del inicio del correspondiente curso. Quinto.-Selección.

1. El número de alumnos admitidos por curso no excederá, con carácter general, de treinta.

2. La selección de los participantes corresponde al Instituto Nacional de Administración Pública. En la selección se observarán los siguientes criterios: trayectoria profesional y curricular de los candidatos, adecuación del puesto desempeñado a los contenidos de la acción formativa, equilibrio ente organismos e instituciones e interés objetivo de la organización administrativa en la participación del solicitante en el curso. De acuerdo con las previsiones del Plan de igualdad de género en la Administración General del Estado, se reservará al menos un cuarenta por ciento de las plazas en los cursos de formación para directivos para su adjudicación a mujeres, que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje. De conformidad con lo establecido en el IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas, de 21 de septiembre de 2005, se fomentarán las medidas, en materia de formación, que tiendan a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, así como la participación de los empleados públicos con cualquier tipo de discapacidad. Asimismo, los empleados públicos podrán recibir y participar en cursos de formación durante los permisos de maternidad, paternidad, así como durante las excedencias por motivos familiares. 3. La inasistencia, sin previo aviso o cumplida justificación, de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en las actividades formativas podrá determinar su exclusión en selecciones posteriores. 4. Una vez efectuada la selección definitiva de los participantes, ésta se comunicará a los interesados, que deberán confirmar su asistencia al curso.

Sexto.-Lugar de realización y calendario.

Las actividades formativas, que tendrán lugar en alguna de las sedes del Instituto Nacional de Administración Pública en Madrid (salvo especificación en contrario), se realizarán en la fecha que en cada caso se señala.

En caso de que resulte necesario incluir algún cambio en las fechas indicadas en los Anexos, éste será anunciado en la página web de INAP con antelación suficiente y, en su caso, comunicado a los participantes en la actividad de que se trate.

Séptimo.-Diplomas.

Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas impartidas recibirán el correspondiente diploma. Una inasistencia superior al diez por ciento de las horas lectivas programadas, sea cual sea la causa, imposibilitará la expedición del mismo.

En los cursos de alta especialización y en aquellos otros en que así se establezca, la expedición del diploma de aprovechamiento requerirá además la superación de las pruebas o trabajos prácticos que se propongan.

Octavo.-Información adicional.

Se podrá obtener información adicional en la página web del INAP, así como contactando con: El Centro de Estudios Superiores de la Función Pública (teléfonos: 91 273 9215 - 9197 / fax: 91 273 9278 / [email protected]) en relación con los cursos incluidos en el Anexo I.

El Centro de Cooperación Institucional (teléfono: 91 273 9120 / fax: 91 273 9167 / [email protected]) respecto de los cursos incluidos en el Anexo II.

Madrid, 21 de julio de 2006.-El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, Francisco Ramos Fernández-Torrecilla.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Administraciones Públicas

Resolución de 21 de julio de 2006, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas cuyo desarrollo corresponde al Centro de Estudios Superiores de la Función Pública y al Centro de Cooperación Institucional.

"Resolución de 21 de julio de 2006, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas cuyo desarrollo corresponde al Centro de Estudios Superiores de la Función Pública y al Centro de Cooperación Institucional." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-14296 publicado el 04 agosto 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-14296
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 04 agosto 2006
Fecha Pub: 20060804
Fecha última actualizacion: 4 agosto, 2006
Numero BORME 185
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Administraciones Públicas
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 04 agosto 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 29448
Pagina final: 29450




Publicacion oficial en el BOE número 185 - BOE-A-2006-14296


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-14296 de Resolución de 21 de julio de 2006, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas cuyo desarrollo corresponde al Centro de Estudios Superiores de la Función Pública y al Centro de Cooperación Institucional.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-14296 AQUÍ



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