Resolución de 31 de agosto de 2005, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se hace pública la puntuación mínima necesaria para ser beneficiario de beca de residencia de nueva adjudicación, primera fase, y de las relaciones de solicitantes.





De conformidad con el epígrafe 2.5.4.-Primera fase, de la Resolución de 31 de mayo de 2005, de la Dirección General de MUFACE, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas para el curso 2005/2006, y valoradas las solicitudes de beca de residencia de nueva adjudicación presentadas al amparo de lo establecido en la misma, Esta Dirección General ha resuelto:






Orden del día 15 septiembre 2005

De conformidad con el epígrafe 2.5.4.-Primera fase, de la Resolución de 31 de mayo de 2005, de la Dirección General de MUFACE, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas para el curso 2005/2006, y valoradas las solicitudes de beca de residencia de nueva adjudicación presentadas al amparo de lo establecido en la misma, Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Publicar en el Boletín Oficial del Estado la puntuación mínima necesaria en la Primera fase para poder ser beneficiario de beca de residencia de nueva adjudicación, que ha quedado fijada en 14,50 puntos.

Segundo.-Anunciar que se harán públicos en los correspondientes tablones de los Servicios Provinciales y en la página web de MUFACE (www.map.es/muface/) los siguientes listados: solicitantes, por orden decreciente de puntuación, con puntuación provisional suficiente para la obtención de la beca (anexo I); solicitantes, por orden decreciente de puntuación, que no alcanzan la puntuación necesaria a pesar de reunir los requisitos (anexo II), y solicitantes excluidos por no reunir algún requisito (anexo III). Tercero.-Para que los solicitantes con puntuación provisional suficiente puedan ser concesionarios de beca de residencia en esta Primera fase, deberán presentar la documentación citada en el apartado II.1 del anexo III de la Resolución de Convocatoria en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Servicio Provincial u Oficina Delegada a cuyo colectivo pertenezcan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 31 de agosto de 2005.-La Directora General, P. D. (Res. 20-07-2004, BOE de 09-08-2004), el Director del Departamento de Prestaciones Sociales, Antonio Luis del Arco Sotomayor.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Administraciones Públicas

Resolución de 31 de agosto de 2005, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se hace pública la puntuación mínima necesaria para ser beneficiario de beca de residencia de nueva adjudicación, primera fase, y de las relaciones de solicitantes.

"Resolución de 31 de agosto de 2005, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se hace pública la puntuación mínima necesaria para ser beneficiario de beca de residencia de nueva adjudicación, primera fase, y de las relaciones de solicitantes." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-15358 publicado el 15 septiembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-15358
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 septiembre 2005
Fecha Pub: 20050915
Fecha última actualizacion: 24 octubre, 2019
Numero BORME 221
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Administraciones Públicas
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 septiembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 31128
Pagina final: 31129




Publicacion oficial en el BOE número 221 - BOE-A-2005-15358


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-15358 de Resolución de 31 de agosto de 2005, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se hace pública la puntuación mínima necesaria para ser beneficiario de beca de residencia de nueva adjudicación, primera fase, y de las relaciones de solicitantes.


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