El Real Decreto 1679/1999, de 29 de octubre, sobre concursos oficiales y oficialmente reconocidos de vinos establece, en el apartado 1 de su artículo 8, que las comunidades autónomas remitirán a la Dirección General de Alimentación del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, actualmente Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, antes del 1 de diciembre de cada año, una relación de los concursos oficiales y de los oficialmente reconocidos, a celebrar en su territorio en el año siguiente.
Asimismo, el apartado 2 de ese mismo artículo prevé que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente publicará, antes del 31 de diciembre de cada año, un calendario de los concursos de vinos que se vayan a celebrar en todo el territorio nacional el año siguiente.
A solicitud de AGCO Iberia, S.A., y superados los ensayos y verificaciones especificados en la Orden de 27 de julio de 1979 del Ministerio de Agricultura, por la que se establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco, resuelvo:
1. Hacer pública la homologación de la estructura de protección marca Valmet, modelo T 888/2 C, tipo cabina de dos puertas, válida para los tractores:
A solicitud de Industrias «Mansilla, S.A.», y superados los ensayos y verificaciones especificados en la Orden de 27 de julio de 1979 del Ministerio de Agricultura, por la que se establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco, resuelvo:
1. Hacer pública la homologación de la estructura de protección marca Mansilla, modelo: JDR 3, tipo cabina de una puerta, valida para los tractores:
El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.
El proyecto Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes del Canal de Zorita (Salamanca) se encuentra encuadrado en el apartado c) del grupo 1, del referido anexo II.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Riosa y el Ayuntamiento de Morcín, para la ejecución de las obras del proyecto de ordenación hidráulico - ambiental del río Riosa, tramos Felguera–La Ará y la Foz, términos municipales de Riosa y Morcín (Asturias), que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 10 de diciembre de 2013.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Ramón Álvarez Maqueda.