De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Riosa y el Ayuntamiento de Morcín, para la ejecución de las obras del proyecto de ordenación hidráulico - ambiental del río Riosa, tramos Felguera–La Ará y la Foz, términos municipales de Riosa y Morcín (Asturias), que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 10 de diciembre de 2013.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Ramón Álvarez Maqueda.
Ante la Sección 101 de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, la Junta de Andalucía ha interpuesto recurso contencioso-administrativo número 418/2013, contra el Real Decreto 355/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 21 de mayo de 2013, número 121.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Secretaría General ha resuelto emplazar para que comparezcan ante el referido Tribunal, en el plazo de nueve días, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución a todos los interesados en el procedimiento, si a su derecho conviniera.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Peñamellera Baja, para la ejecución, financiación y explotación de las obras de ordenación sanitaria del río Cares-Deva en Panes, término municipal de Peñamellera Baja (Asturias), que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 10 de diciembre de 2013.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Ramón Álvarez Maqueda.
El artículo 32 de la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la Protección de las Obtenciones Vegetales, según la redacción dada por la Ley 3/2002, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 3/2000, atribuye al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, actualmente Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la competencia para la tramitación de los procedimientos para la concesión de los títulos de obtención vegetal.
Por otra parte, la disposición transitoria primera de la Ley 3/2000, de 7 de enero, establece que las solicitudes del título de obtención vegetal que se hubiesen presentado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, serán tramitadas y resueltas conforme a la normativa legal vigente en la fecha de presentación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Cangas de Onís, para la ejecución, financiación y explotación de las obras de renovación de la red de abastecimiento de agua al núcleo urbano de Cangas de Onís (Asturias), que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 10 de diciembre de 2013.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Ramón Álvarez Maqueda.