Orden APA/3597/2006, de 24 de noviembre, por la que se modifica la Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.





La Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul, regula las condiciones aplicables a los movimientos desde o por las zonas restringidas, donde se ha detectado la presencia del insecto vector de la enfermedad, así como las medidas preventivas, como la vacunación, que deben adoptarse en ellas. En función de los datos existentes, es preciso ampliar la zona restringida descrita en el párrafo a) de su artículo 2.2, para lo que esta orden aprueba la oportuna modificación. En su virtud, dispongo:






Orden del día 25 noviembre 2006

La Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul, regula las condiciones aplicables a los movimientos desde o por las zonas restringidas, donde se ha detectado la presencia del insecto vector de la enfermedad, así como las medidas preventivas, como la vacunación, que deben adoptarse en ellas. En función de los datos existentes, es preciso ampliar la zona restringida descrita en el párrafo a) de su artículo 2.2, para lo que esta orden aprueba la oportuna modificación. En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

El párrafo a) del artículo 2.2 de la Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul, queda redactado como sigue: «a) Zona restringida: la Comunidad Autónoma de Extremadura, las Ciudades de Ceuta y Melilla y las siguientes provincias o comarcas veterinarias: Las provincias de Cádiz, Málaga, Sevilla, Huelva, Córdoba, Toledo y Ciudad Real.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de noviembre de 2006.-La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa Mangana.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Orden APA/3597/2006, de 24 de noviembre, por la que se modifica la Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

"Orden APA/3597/2006, de 24 de noviembre, por la que se modifica la Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-20529 publicado el 25 noviembre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-20529
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 25 noviembre 2006
Fecha Pub: 20061125
Fecha última actualizacion: 25 noviembre, 2006
Numero BORME 282
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 25 noviembre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 41319
Pagina final: 41320




Publicacion oficial en el BOE número 282 - BOE-A-2006-20529


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-20529 de Orden APA/3597/2006, de 24 de noviembre, por la que se modifica la Orden APA/1202/2006, de 24 de abril, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-20529 AQUÍ



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