Resolución de 20 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifican la de 1 de febrero de 2018, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2018 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los Caladeros Nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como los buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal, y la de 16 de febrero de 2018, por la que se publican las cuotas de boquerón para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2018.





La Resolución de 1 de febrero de 2018, de la Secretaría General de Pesca, establece las cuotas iniciales para 2018 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.

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Orden del día 11 diciembre 2018

La Resolución de 1 de febrero de 2018, de la Secretaría General de Pesca, establece las cuotas iniciales para 2018 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.

Por su parte, la Resolución de 16 de febrero de 2018 de la Secretaría General de Pesca, modificada por la Resolución de 6 de junio de 2018, establece las cuotas de boquerón para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2018. A su vez modificada por resolución de 6 de junio para ajustarla a los cambios incluidos en la Orden APM/453/2018, de 25 de abril en lo que se refiere al reparto de boquerón 9a.

El Consejo Internacional para la Explotación del Mar con fecha 13 de julio de 2018 ha emitido un nuevo dictamen sobre el estado de la población de boquerón (), ANE/93411, y una nueva recomendación de capturas totales de 17.068 toneladas desde el 1 de julio de 2018 a 30 de junio de 2019. Además sugiere que a partir de ahora el TAC se fije en ese nuevo periodo de 1 de julio a 30 de junio del año siguiente, en lugar de hacerlo con el año natural para poder ajustarse mejor al consejo científico que se elabora en junio de cada año.

Tras el debate en el Consejo de ministros del pasado día 15 de octubre, se ha publicado el Reglamento (UE) 2018/1628 del Consejo de 30 de octubre de 2018 por el que se establecen, para 2019, las posibilidades de pesca de determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Báltico y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/120 en lo que respecta a determinadas posibilidades de pesca en otras aguas.

De este modo, el artículo 11 de este nuevo Reglamento dispone la fijación de un TAC global para toda la zona 9a para el stock ANE/9/3411 de 22.586 t y modifica por ello la cuota de España que pasa a ser de 10.802 t con un nuevo periodo de pesca que ahora abarca desde el 1 de enero de 2018 al 30 de junio de 2019.

Adicionalmente, y de acuerdo al mecanismo de flexibilidad interanual en aplicación del artículo 15.9 del Reglamento 1380/2018, del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013 sobre la Política Pesquera Común, parte de la cuota de ANE/93411 no consumida por la flota española en 2017 ha pasado a 2018 y debe ser tenida en cuenta en la asignación anual para cada buque. Además, la cuota de España de 2018 había sido incrementada por un intercambio de cuotas con Portugal que ha sido asignado a los distintos buques y flotas en virtud de sus remanentes y porcentajes.

Por ello, procede por tanto dictar una nueva resolución que modifica las mencionadas resoluciones que establecían el reparto de la cuota de boquerón (ANE/93411) en España para 2018 y proponer un reparto que contemple todas las cuotas asignadas por intercambio y flexibilidad para las capturas realizadas hasta la fecha y las posibles hasta el 30 de junio de 2019.

Para la cuota disponible para las flotas de cerco del Cantábrico y Noroeste se deben tener en cuenta, además, las deducciones correspondientes a la sobrepesca realizada en 2018 respecto a la cuota anterior por parte de la flota del Cantábrico Noroeste.

En base a lo anterior, esta Secretaría General de Pesca, oído el sector, resuelve:

Primero.

Publicar como anexo I a esta Resolución la cuota inicial disponible para el boquerón ANE/93411, para las modalidades de cerco del Cantábrico y Noroeste y de cerco del Golfo de Cádiz, para el periodo de 1 de enero de 2018 a 30 de junio de 2019.

Segundo.

Publicar como anexo II el censo de buques de cerco autorizados a pescar boquerón ANE/93411, en el caladero del Golfo de Cádiz, así como la cuota de boquerón asignada a cada buque de forma individual o grupo de buques para el periodo de 1 de enero de 2018 a 30 de junio de 2019, teniendo en cuenta la nueva cantidad asignada a España, el intercambio de cuota con Portugal y la flexibilidad interanual.

Tercero.

Para determinar la cantidad disponible para el resto de 2018 y primer semestre de 2019, cada buque del censo de buques de cerco autorizados a pescar boquerón ANE/93411, en el caladero del Golfo de Cádiz deberá detraer de la cantidad mencionada en el anexo II las cantidades ya consumidas o intercambiadas con otros buques.

Cuarto.

La cantidad disponible para la pesca no repartida en el caladero del CNW tras detraer la pesca ya realizada en 2018 se mantiene reservada para su uso a partir del 1 de enero de 2019. Las cantidades intercambiadas hasta la fecha entre buques de cerco del caladero del Golfo de Cádiz y buques de cerco del CNW, así como aquellas que se intercambien desde ahora con cargo a las cuotas del anexo II no utilizadas, podrán pescarse hasta el hasta el 30 de junio de 2019. A principios de 2019, tras consultar al sector del CNW, se decidirá la forma en la que se consumirá el remanente de cuota no repartida y las condiciones para su uso.

Quinto.

Esta Resolución produce efectos desde el 1 de enero de 2018 hasta el 30 de junio de 2019.

Sexto.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 20 de noviembre de 2018.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

ANEXO I

Cuota inicial para el boquerón ANE/93411, para las modalidades de cerco del Cantábrico y Noroeste y de cerco del Golfo de Cádiz, para el periodo de 1 de enero de 2018 a 30 de junio de 2019

ANEXO II

Censo de buques de cerco autorizados a pescar boquerón (Engraulis encrasicolus), ANE/93411, en el caladero del Golfo de Cádiz, así como la cuota de boquerón asignada a cada buque de forma individual o grupo de buques para el periodo de 1 de enero de 2018 a 30 de junio de 2019, teniendo en cuenta cuota inicial, flexibilidad interanual e intercambios durante 2018

* Sus cuotas iniciales se ajustan tras el abandono en junio de 2018 de 2 barcos de la gestión conjunta y el acuerdo interno de ese abandono



Datos oficiales del departamento Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Resolución de 20 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifican la de 1 de febrero de 2018, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2018 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los Caladeros Nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como los buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal, y la de 16 de febrero de 2018, por la que se publican las cuotas de boquerón para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2018.

"Resolución de 20 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifican la de 1 de febrero de 2018, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2018 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los Caladeros Nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como los buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal, y la de 16 de febrero de 2018, por la que se publican las cuotas de boquerón para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2018." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-16937 publicado el 11 diciembre 2018

ID de la publicación: BOE-A-2018-16937
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 11 diciembre 2018
Fecha Pub: 20181211
Fecha última actualizacion: 11 diciembre, 2018
Numero BORME 298
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 11 diciembre 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 121450
Pagina final: 121454




Publicacion oficial en el BOE número 298 - BOE-A-2018-16937


Publicacion oficial en el BOE-A-2018-16937 de Resolución de 20 de noviembre de 2018, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifican la de 1 de febrero de 2018, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2018 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los Caladeros Nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como los buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal, y la de 16 de febrero de 2018, por la que se publican las cuotas de boquerón para los buques del censo de cerco del Golfo de Cádiz durante el año 2018.


Descargar PDF oficial BOE-A-2018-16937 AQUÍ



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