El Real Decreto 768/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, define a la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe como órgano superior directamente responsable, bajo la dirección del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de la formulación, dirección, ejecución, seguimiento y evaluación de la política exterior para Iberoamérica, de la cooperación internacional para el desarrollo y de la coordinación de la acción cultural exterior.
A tal efecto, según establece la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe, ejerce las competencias atribuidas al Ministro en la formulación y ejecución de la política de cooperación para el desarrollo y asume la programación, dirección, seguimiento y control de las actividades subsiguientes; administra los recursos de cooperación gestionados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación; asegura la participación española en las organizaciones internacionales de ayuda al desarrollo y define la posición de España en la formulación de la política comunitaria de desarrollo. Asimismo, evalúa la política de cooperación para el desarrollo y los programas y proyectos financiados con fondos del Estado.
Por Resolución de 21 de mayo de 2018 se convocó el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo, fuera de convenio, con categoría de Responsable de Programas de Cooperación en las Unidades en el Exterior.
En las bases de la convocatoria, concretamente en la base 3.4, se establece un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
El Acuerdo entre el Reino de España y la República Cooperativa de Guyana sobre supresión recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, hecho en Georgetown el 14 de julio de 2017, entrará en vigor el 30 de junio de 2018, último día del mes siguiente al de la última comunicación por vía diplomática entre las Partes Contratantes señalando el cumplimiento de los respectivos requisitos legales, según se establece en su artículo 10.
Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 224, de 16 de septiembre de 2017.
Excmo. Sr. Gonzalo de Salazar Serantes.
Representante Residente.
Por Resolución de la Subsecretaría de 22 de marzo de 2018 («Boletín Oficial del Estado» número 80, de 2 de abril), se anunció convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado,