Resolución de 30 de julio de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se declara la disponibilidad de créditos adicionales a los aprobados en la Resolución de 19 de febrero de 2009, por la que se convocan subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009.





Según lo previsto en las bases tercera y duodécima de la Orden AEC/1303/2005, de 27 de abril (Boletín Oficial del Estado n.º 113, de 12 de mayo de 2005), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, y de conformidad con el procedimiento establecido en el capítulo II del título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado n.º 276, de 18 de noviembre), y los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado n.º 285, de 27 de noviembre) con fecha 19 de febrero de 2009 (BOE 60 de 11/3/2009), la Presidencia de la AECID emitió Resolución de convocatoria de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondientes al año 2009.

Contenidos de la Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Resolución de 30 de julio de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se declara la disponibilidad de créditos adicionales a los aprobados en la Resolución de 19 de febrero de 2009, por la que se convocan subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009. del 20090831







Orden del día 31 agosto 2009

Según lo previsto en las bases tercera y duodécima de la Orden AEC/1303/2005, de 27 de abril (Boletín Oficial del Estado n.º 113, de 12 de mayo de 2005), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo, y de conformidad con el procedimiento establecido en el capítulo II del título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado n.º 276, de 18 de noviembre), y los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado n.º 285, de 27 de noviembre) con fecha 19 de febrero de 2009 (BOE 60 de 11/3/2009), la Presidencia de la AECID emitió Resolución de convocatoria de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondientes al año 2009.

Con cargo a los créditos 12.401.143A.484 y 12.401.143A.486 de los Presupuestos Generales del Estado, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo asignó a la concesión de ayudas en dicha convocatoria unos importes de 25.971.970 y 33.429.003,31 euros respectivamente.

El crédito 12.401.143A.484 es ampliable en virtud de lo dispuesto en el anexo II de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, que en su apartado dos, establece como tal «El crédito 12.000X.03.431 a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para los fines sociales que se realicen en el campo de la cooperación internacional (artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio). Porcentaje IRPF».

La cuantía de 21.723.728,93 euros correspondiente a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, ha sido incrementada en el crédito 12.401.143A.484 mediante expediente de ampliación de crédito aprobado por la Ministra de Economía y Hacienda con fecha 20 de julio de 2009.

El Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE n.º 176, de 25 de julio de 2006), en su artículo 58 establece la posibilidad de que se incrementen los créditos asignados a la resolución de una determinada convocatoria como consecuencia de haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.

De acuerdo con lo anterior, la Resolución de 19 de febrero de 2009, de la Presidencia de la AECID establece en su apartado Primero que la cuantía máxima de las subvenciones a conceder en la convocatoria podrá ser incrementada en un importe adicional máximo de 10.000.000,00 euros, cuando exista un aumento de los créditos disponibles derivado de la aprobación de ampliaciones de crédito y/o como consecuencia de haberse reconocido o liquidado obligaciones derivadas de convocatorias anteriores por importe inferior a la subvención concedida, siempre que se trate de convocatorias con cargo a los mismos créditos presupuestarios, quedando condicionada la efectividad de la cuantía adicional a la declaración de disponibilidad del crédito, que deberá efectuarse en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

En atención a lo expuesto, previo informe de la Abogacía del Estado en la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, he tenido a bien disponer:

Primero y único. Disponibilidad de créditos adicionales.–Se declara la disponibilidad de créditos adicionales a los aprobados en la resolución de 19 de febrero de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan subvenciones a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009, con cargo al crédito 12.401.143A.484 y por importe de 10.000.000 euros.

Madrid, 30 de julio de 2009.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 5 de febrero 2008), la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Elena Madrazo Hegewisch.

 



Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Resolución de 30 de julio de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se declara la disponibilidad de créditos adicionales a los aprobados en la Resolución de 19 de febrero de 2009, por la que se convocan subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009.

"Resolución de 30 de julio de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se declara la disponibilidad de créditos adicionales a los aprobados en la Resolución de 19 de febrero de 2009, por la que se convocan subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-14002 publicado el 31 agosto 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-14002
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 31 agosto 2009
Fecha Pub: 20090831
Fecha última actualizacion: 31 agosto, 2009
Numero BORME 210
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 31 agosto 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 74062
Pagina final: 74063




Publicacion oficial en el BOE número 210 - BOE-A-2009-14002


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-14002 de Resolución de 30 de julio de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se declara la disponibilidad de créditos adicionales a los aprobados en la Resolución de 19 de febrero de 2009, por la que se convocan subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, correspondiente al año 2009.


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