Resolución de 8 de marzo de 2017, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión de Valoración de la convocatoria de becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017-2018.





La Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) de 21 de febrero de 2017, por la que se aprueba la Convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017-2018, en adelante la Convocatoria, fue publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) el 28 de febrero con el código 333416. También fue publicado un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado número 50, de 28 de febrero de 2017.






Orden del día 06 abril 2017

La Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) de 21 de febrero de 2017, por la que se aprueba la Convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017-2018, en adelante la Convocatoria, fue publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) el 28 de febrero con el código 333416. También fue publicado un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado número 50, de 28 de febrero de 2017.

En el anexo I de la convocatoria se detallan las condiciones específicas de requisitos, documentación acreditativa y criterios de selección de cada uno de siguientes programas que fueron convocados:

I.1 Programa de becas para la Real Academia de España en Roma (RAER).

I.2 Programa de becas para prácticas de gestión cultural exterior.

I.3 Programa de becas para prácticas de cooperación para el desarrollo en los Centros de Formación de la Cooperación Española en América Latina.

I.4 Programa de becas de colaboración formativa en las sedes de las Academias asociadas a la Real Academia Española (RAE).

I.5 Programa de becas para el Colegio de Europa.

I.6 Programa de becas de formación musical de excelencia en la Escuela Superior de Música Reina Sofía (ESMRS).

I.7 Programa de becas de Máster para funcionarios y personal integrado en los sistemas públicos de los países prioritarios de la Cooperación Española.

I.8 Programa de becas para prácticas de diseño gráfico en la AECID.

I.9 Programa de becas de prácticas de edición y publicación en la AECID.

De conformidad con lo establecido en la Base 4.3 de la Convocatoria, la Comisión de Valoración estará integrada por personal designado entre los miembros de la AECID –salvo en el Programa I.1 que incluirá además a miembros del Patronato de la RAER– y su composición se determinará según lo dispuesto en el apartado séptimo de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

A dichos efectos, esta Presidencia, previo informe de la Abogacía del Estado de la AECID, ha resuelto que la Comisión de Valoración estará formada, actuará y funcionará según se indica a continuación:

Primero. Composición de la Comisión de Valoración.

Presidente: El Director de Relaciones Culturales y Científicas.

Vicepresidente: El Jefe del Departamento de Cooperación y Promoción Cultural.

Vocales:

– El Director de Cooperación con América Latina y el Caribe.

– La Directora de Cooperación con África y Asia.

– El Director de Cooperación Multilateral, Horizontal y Financiera.

– La Secretaria General de la AECID.

Para la evaluación de las solicitudes del Programa I.1 Becas para la Real Academia de España en Roma (RAER), de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de la Academia de España en Roma, aprobado por Real Decreto 813/2001, de 13 de julio, también participarán como vocales miembros del Patronato de la RAER.

Secretario: El Jefe del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica.

En casos de ausencia, vacante o enfermedad el Presidente será sustituido por el Vicepresidente y el Secretario por uno de los vocales, previo acuerdo de los mismos.

Segundo. Órgano instructor.

De acuerdo con la base 4.1 de la Convocatoria el órgano administrativo competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas, a través del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica (DCUC).

El DCUC realizará los trámites de comprobación documental de las solicitudes establecidos en la base 3: presentación de las solicitudes, en la Base 6: documentación y en los apartados específicos de documentación incluidos en los programas de becas que se detallan en el anexo I de la convocatoria.

El DCUC recabará, para su puesta a disposición de la Comisión de Valoración, los informes de los expertos mencionados en los apartados específicos de evaluación de los programas de becas citados. Los expertos tratarán de forma confidencial la información cedida.

Tercero. Expertos.

De acuerdo con el anexo I de la convocatoria, los expertos que emitirán los informes correspondientes son:

I.1 Programa de becas para la Real Academia de España en Roma (RAER). Miembros de instituciones relacionadas con las áreas temáticas de las solicitudes y personal especializado en dichas áreas.

I.2 Programa de becas para prácticas de gestión cultural exterior. Personal especializado de los Departamentos de Cooperación y Promoción Cultural y de Cooperación Universitaria y Científica.

I.3 Programa de becas para prácticas de cooperación para el desarrollo en los Centros de Formación de la Cooperación Española en América Latina. Personal especializado de la Dirección de Cooperación con América Latina y el Caribe y de los Centros de Formación de la Cooperación Española en América Latina.

I.4 Programa de becas de colaboración formativa en las sedes de las Academias asociadas a la Real Academia Española (RAE). Personal especializado de la RAE y de las Academias asociadas.

I.5 Programa de becas para el Colegio de Europa. Personal especializado del Colegio de Europa, de la AECID y del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

I.6 Programa de becas de formación musical de excelencia en la Escuela Superior de Música Reina Sofía (ESMRS). Personal especializado de la ESMRS y del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica.

I.7 Programa de becas de Máster para funcionarios y personal integrado en los sistemas públicos de los países prioritarios de la Cooperación Española. Personal especializado de la AECID, de las Embajadas de España, de las Oficinas Técnicas de Cooperación de la AECID y de la Escuela Diplomática.

I.8 Programa de becas para prácticas de diseño gráfico en la AECID. Personal especializado del Gabinete Técnico de la AECID.

I.9 Programa de becas de prácticas de edición y publicación en la AECID. Personal especializado del Departamento de Cooperación y Promoción Cultural.

Cuarto. Funciones de la Comisión de Valoración.

De acuerdo con la Base 4.4 de la Convocatoria y, en cumplimiento del artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Comisión valorará las solicitudes aplicando los criterios específicos de evaluación incluidos en los programas de becas que se detallan en el Anexo I de la Convocatoria, que se atendrán al régimen de concurrencia competitiva; excepto en las solicitudes de renovación, en las que se valorarán los informes preceptivos que se detallan en cada programa.

Quinto. Funcionamiento de la Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración se constituirá en los plazos correspondientes que permitan concluir la evaluación de las solicitudes con la antelación debida para realizar la propuesta de concesión de las becas de cada uno de los programas citados.

La Comisión de Valoración se constituirá en los plazos correspondientes que permitan concluir la evaluación de las solicitudes con la antelación debida para realizar la propuesta de concesión de las becas de cada uno de los programas citados.

La Comisión de Valoración, terminado el proceso de evaluación, emitirá los informes correspondientes a cada programa de becas.

A la vista de todo lo actuado, el Secretario, con el visto bueno del Presidente, levantará el acta de evaluación de las solicitudes de cada uno de los programas de becas.

Sexto. Propuesta de concesión de las becas.

El DCUC, tomando en consideración los informes de evaluación de la Comisión de Valoración, elevará a la Presidencia de la AECID las propuestas de concesión de las becas para los programas incluidos en el Anexo I de la Convocatoria, para que dicha Presidencia dicte y notifique las resoluciones correspondientes en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de la Convocatoria.

Contra la presente resolución, que pondrá fin a la vía administrativa según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la AECID, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 8 de marzo de 2017.–El Presidente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Luis Tejada Chacón.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Resolución de 8 de marzo de 2017, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión de Valoración de la convocatoria de becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017-2018.

"Resolución de 8 de marzo de 2017, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión de Valoración de la convocatoria de becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017-2018." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2017-3802 publicado el 06 abril 2017

ID de la publicación: BOE-A-2017-3802
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 06 abril 2017
Fecha Pub: 20170406
Fecha última actualizacion: 6 abril, 2017
Numero BORME 82
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 06 abril 2017
Letra: A
Pagina de inicio: 26433
Pagina final: 26435




Publicacion oficial en el BOE número 82 - BOE-A-2017-3802


Publicacion oficial en el BOE-A-2017-3802 de Resolución de 8 de marzo de 2017, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión de Valoración de la convocatoria de becas MAEC-AECID de Arte, Educación y Cultura para el curso académico 2017-2018.


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