La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995, en la redacción dada por la Orden CUL/3009/2011, de 3 de noviembre, que la modifica, establece, en su apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente por el Ministerio de Cultura y Deporte, en distintas actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995, en la redacción dada por la Orden CUL/3009/2011, de 3 de noviembre, que la modifica, establece, en su apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente por el Ministerio de Cultura y Deporte, en distintas actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Literatura Dramática.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995, en la redacción dada por la Orden CUL/3009/2011, de 3 de noviembre, que la modifica, establece, en su apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente por el Ministerio de Cultura y Deporte, en distintas actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Narrativa.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995, en la redacción dada por la Orden CUL/3009/2011, de 3 de noviembre, que la modifica, establece, en su apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente por el Ministerio de Cultura y Deporte, en distintas actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Poesía.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995, en la redacción dada por la Orden CUL/3009/2011, de 3 de noviembre, que la modifica, establece, en su apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente por el Ministerio de Cultura y Deporte, en distintas actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Poesía Joven «Miguel Hernández».
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.