Orden CUL/2226/2009, de 20 de julio, por la que se conceden las subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para la promoción de la lectura y las letras españolas, correspondientes al año 2009.





De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; los artículos 62 a 64 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha ley; el punto séptimo de la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 8 enero de 2005), modificada por la Orden CUL/3150/2008 de 29 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de noviembre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura y el apartado noveno de la Resolución de 19 de febrero de 2009 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 2009), de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan las Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la Promoción de la Lectura y las Letras Españolas, correspondientes al año 2009,






Orden del día 12 agosto 2009

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; los artículos 62 a 64 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha ley; el punto séptimo de la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 8 enero de 2005), modificada por la Orden CUL/3150/2008 de 29 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de noviembre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura y el apartado noveno de la Resolución de 19 de febrero de 2009 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 2009), de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan las Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la Promoción de la Lectura y las Letras Españolas, correspondientes al año 2009,

Este Ministerio de Cultura ha resuelto hacer pública la composición de la Comisión de Valoración, así como las subvenciones concedidas a las entidades solicitantes de las mismas durante el año 2009.

Primero.–La Comisión de Valoración quedó constituida de la siguiente manera:

Vicepresidenta: D.ª Mónica Fernández Muñoz, Subdirectora General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Vocales: D.ª Carmen Labrador Herráiz, profesora de la Facultad de Educación de la UCM; D. Leoncio Manuel Fernández Bernardo, director de la Fundación SM; D. Luis Romero Largo, profesor de Secundaria y consultor internacional en Educación; D.ª Concepción Vilariño Periañéz, Jefa de Área de Coordinación y Cooperación de la Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria; D.ª Marta Sáenz Bascones, Jefa de Área del Libro y la Lectura de la SGPLLE; D. Enrique de Andrés Ruiz, Jefe del Servicio de Acción Cultural de la Dirección General de Políticas e Industrias Culturales.

Secretaria: D.ª Cristina Alarcó Ubach, Jefa del Servicio de Promoción de la Lectura de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Se hace constar que todos los integrantes de la misma manifestaron su conformidad personal para ser designados miembros de este órgano colegiado.

Segundo.–Previo informe de la Comisión de Valoración, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el punto séptimo, apartado 3 de la Resolución de 19 de febrero de 2009 y una vez aprobada y notificada la Propuesta de resolución definitiva, se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el año 2009 a 44 entidades y a 58 proyectos, por un importe de cuatrocientos cincuenta y tres mil euros (453.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.482.99 del programa 334B. Dichas entidades constan en el documento que como Anexo se acompaña a la presente orden, habiendo sido desestimadas el resto de las solicitudes formuladas correspondientes a 2009.

Tercero.–Se establece que las cuantías concedidas como subvención para cada proyecto sólo podrán destinarse para las finalidades concedidas, no pudiendo trasvasarse cantidades de uno a otro proyecto, o justificarse partidas para las que no se hubiera concedido la subvención, cumpliendo en cada caso las normas de justificación detalladas en los Anexos I y II de la Resolución de 19 de febrero de 2009, de convocatoria de estas subvenciones.

Cuarto.–De acuerdo con el punto undécimo.a) de la Resolución de 19 de febrero de 2009, todos los beneficiarios deberán, en un plazo de diez días hábiles a partir de la recepción de la notificación de concesión, comunicar su aceptación de la ayuda concedida por escrito. De no aceptarse la ayuda dentro de dicho plazo, se entenderá que renuncian a la misma.

Quinto.–De conformidad con lo establecido en el punto Undécimo apartado f) de la Resolución 19 de febrero de 2009, deberá constar el patrocinio del Ministerio de Cultura en toda la documentación impresa de la actividad subvencionada.

Sexto.–Esta orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2003, de 21 de mayo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» para el resto de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 20 de julio de 2009.–La Ministra de Cultura, P.D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, modificada por Orden CUL/3348/2008, de 14 de noviembre), el Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, Rogelio Blanco Martínez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Cultura

Orden CUL/2226/2009, de 20 de julio, por la que se conceden las subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para la promoción de la lectura y las letras españolas, correspondientes al año 2009.

"Orden CUL/2226/2009, de 20 de julio, por la que se conceden las subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para la promoción de la lectura y las letras españolas, correspondientes al año 2009." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-13375 publicado el 12 agosto 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-13375
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 agosto 2009
Fecha Pub: 20090812
Fecha última actualizacion: 12 agosto, 2009
Numero BORME 194
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Cultura
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 agosto 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 68762
Pagina final: 68770




Publicacion oficial en el BOE número 194 - BOE-A-2009-13375


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-13375 de Orden CUL/2226/2009, de 20 de julio, por la que se conceden las subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para la promoción de la lectura y las letras españolas, correspondientes al año 2009.


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