Resolución de 11 de abril de 2005, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca, para establecer las condiciones básicas de participación en la ejecución y desarrollo de creación del «Centro Federico García Lorca» en la ciudad de Granada.





El Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca han suscrito un Convenio de Colaboración para establecer las condiciones básicas de participación en la ejecución y desarrollo de creación del «Centro Federico García Lorca» en la ciudad de Granada, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Contenidos de la Ministerio de Cultura Resolución de 11 de abril de 2005, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca, para establecer las condiciones básicas de participación en la ejecución y desarrollo de creación del «Centro Federico García Lorca» en la ciudad de Granada. del 20050425







Orden del día 25 abril 2005

El Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca han suscrito un Convenio de Colaboración para establecer las condiciones básicas de participación en la ejecución y desarrollo de creación del «Centro Federico García Lorca» en la ciudad de Granada, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de abril de 2005.-El Director General, Carlos Alberdi Alonso.

En la Ciudad de Granada a 4 de marzo de 2005.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Don Manuel Chaves González, Presidente de la Junta de Andalucía, actuando en nombre y representación de la misma, de conformidad con las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

De otra parte, la Excma. Sra. Doña Carmen Calvo Poyato, Ministra de Cultura, en virtud de las competencias que le confieren el artículo 6 y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 13.3. de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. De otra parte, El Excmo. Sr. Don José Torres Hurtado, Alcalde de Granada, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento, en virtud de los artículos 25 y 26 del Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Ley 781/1986, de 18 de abril. De otra parte, el Excmo. Sr. Don Antonio Martínez Caler, Presidente de la Diputación Provincial de Granada, actuando en nombre y representación de la citada entidad, de conformidad con las facultades que le atribuyen los artículos 30.1, 2 y 3 del Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local. De otra parte, la Sra. Doña Alicia Gómez-Navarro Navarrete, Secretaria de la Fundación Residencia de Estudiantes, en uso de las facultades de representación conferidas por acuerdo de 21 de diciembre de 2004 del Patronato de la Fundación Residencia de Estudiantes, en desarrollo de lo dispuesto en los artículos 14 y 25 de sus Estatutos. Y de otra parte, el Ilmo. Sr. Don Manuel Fernández-Montesinos García y la Sra. Doña Laura García de los Ríos, Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Fundación Federico García Lorca, en uso de la facultad de representación mancomunada que les ha sido conferida por el Patronato de la Fundación mediante acuerdos adoptados en fecha 5 de febrero de 2002, 6 de mayo de 2002 y 9 de junio de 2003, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de sus Estatutos. El presidente de la Junta de Andalucía y la Ministra de Cultura actúan conforme a los títulos competenciales que, respectivamente, les confieren los artículos 1 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 149.2 de la Constitución.

EXPONEN

Primero.-Que el 21 de febrero de 2004 fue suscrito en esta ciudad el Protocolo General de Colaboración en relación con la creación del Centro Federico García Lorca en la Ciudad de Granada, en el que las Instituciones y Entidades firmantes se comprometían a desarrollar las acciones necesarias para la consecución del objetivo expresado.

Segundo.-Que la Fundación Federico García Lorca, de acuerdo con la cláusula Tercera del Protocolo General citado, presentó una solicitud de apoyo financiero dentro del Programa Operativo Integrado de Andalucía 2000-2006. Con fecha 10 de junio de 2004 fue comunicada la aprobación, por parte del Comité de Seguimiento del citado Programa Operativo en su reunión de 27 de mayo de 2004, de la inclusión del proyecto de creación del Centro Federico García Lorca en la Ciudad de Granada como proyecto a financiar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), asignándole una ayuda por importe de 6.946.843 de euros. Tercero.-Que en reunión celebrada en la Ciudad de Madrid con fecha 7 de julio de 2004, las Instituciones y Entidades firmantes acordaron, como paso previo a la formalización del Consorcio al que se refiere la cláusula Quinta del citado Protocolo General, la celebración de un Convenio de Colaboración que determine expresamente las características de la participación de cada una de las partes que se han de consorciar.

Por todo lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la participación de cada una de las Instituciones y Entidades firmantes, así como su cooperación necesaria, para la correcta ejecución del proyecto de creación del Centro Federico García Lorca en la Ciudad de Granada.

Segunda.-Para conseguir dicho objeto, las partes, previos los estudios y autorizaciones pertinentes, y de conformidad con lo dispuesto en la cláusula Quinta del Protocolo General, procederán a constituir, dentro del primer semestre del año 2005, el «Consorcio Centro Federico García Lorca» como instrumento de organización común para la gestión del Centro. Hasta el momento de constitución del mencionado Consorcio, las partes convienen en recoger en el presente Convenio de Colaboración las condiciones básicas de su participación en el proyecto del Centro Federico García Lorca en la Ciudad de Granada. Tercera.-La creación del Centro Federico García Lorca en la Ciudad de Granada, cuyo presupuesto total estimado es de 18.524.913 euros y cuyas funciones se recogen en la cláusula Primera del Protocolo General antes citado, comprende las siguientes actuaciones: a) Contratación del correspondiente proyecto arquitectónico de ejecución y estudios previos; b) Contratación de la dirección e inspección facultativas; c) Contratación de las obras; d) Contratación de los suministros necesarios para el equipamiento y funcionamiento del Centro; e) Contratación de todas aquellas acciones y actividades vinculadas con la construcción del Centro que fueran necesarias para una correcta ejecución del proyecto; f) Contratación de la asistencia técnica necesaria para la coordinación y gestión del proyecto. En tanto no se constituya el Consorcio previsto en la cláusula segunda del presente Convenio, la Fundación Federico García Lorca, previo visto bueno de la Comisión de Seguimiento, contratará las obras, servicios y suministros que sean necesarios para el desarrollo del proyecto, invitando además a las mesas de licitación a la Comisión de Seguimiento a que se refiere la cláusula Novena de este Convenio. Cuarta.-La Fundación Federico García Lorca se compromete a aportar la totalidad de los fondos que posee, para el desempeño de las funciones descritas en la cláusula Primera del Protocolo General, y en particular, los siguientes fondos -en gran parte donados por sus familiares a la Fundación-y actualmente depositados en el Centro de Documentación de la Fundación Residencia de Estudiantes en virtud del Acuerdo Marco firmado por ambas partes el 27 de mayo de 1998, que en una enumeración somera comprenden:

46 dibujos originales del poeta.

2.343 cuartillas manuscritas con prosa, teatro y poesía. La correspondencia de Federico García Lorca, con un total de 176 cartas dirigidas a su familia y amigos y más de 2.000 páginas de cartas a él dirigidas. La biblioteca personal de Federico García Lorca, con una importante colección de revistas literarias de la época, unos 125 libros dedicados al poeta por sus autores, un fondo de 4.624 libros catalogados y más de 500 por catalogar. Un importante archivo fotográfico con más de 900 fotografías ya catalogadas. Material musical, que incluye partituras autógrafas de García Lorca y otras más de 300 coleccionadas por él; una colección compuesta por miles de recortes de prensa española y extranjera que se han recogido y catalogado de manera sistemática desde 1.986. Obras de arte del poeta que firman artistas de la talla de Salvador Dalí, Ramón Gaya, Ismael de la Serna, Rafael Barradas, Manuel Ángeles Ortiz, José Caballero, Benjamín Palencia, etc. Se encuentran también disponibles ejemplares de todas las ediciones de las obras de García Lorca en castellano y en traducciones a todos los idiomas; igualmente, hay una importante colección de libros y artículos críticos sobre la vida y obra del poeta.

Quinta.-El Ministerio de Cultura se compromete a realizar ante la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda los trámites necesarios con el fin de conseguir, a través del instrumento financiero comunitario que resulte más idóneo, un aumento de asignación de 6.946.843 euros que ya ha sido aprobada en el marco del Programa Operativo Integrado Andalucía 2000-2006 del Fondo Eu-ropeo de Desarrollo Regional (FEDER), hasta completar la cantidad de 13.893.686 euros prevista. La Junta de Andalucía se compromete a apoyar la consecución de las citadas ayudas comunitarias al proyecto de creación del Centro Federico García Lorca y, en su caso, a asegurar con cargo a sus presupuestos propios la financiación que restare del proyecto hasta la cuantía expresada de 18.524.914 euros, coste estimado total del proyecto.

Sexta.-El Ayuntamiento de Granada se compromete a aportar la titularidad del solar sito en la plaza de la Romanilla de la Ciudad de Granada, previos los trámites oportunos, y con reserva para esta finalidad, cuya superficie es de 1.082 metros cuadrados, para que en él se ubique el Centro Federico García Lorca. También se compromete a facilitar el proceso de edificación y adecuar el marco urbanístico, si fuera necesario. Asimismo, para favorecer la unificación de los lugares lorquianos, cederá la Huerta de San Vicente, así como la dotación económica actual para su mantenimiento; estas cesiones engrosarán las aportaciones del Excmo. Ayuntamiento de Granada a la creación del Centro Federico García Lorca y a su mantenimiento económico. Séptima.-La Diputación Provincial de Granada determinará, en el instrumento jurídico por el que se constituya el Consorcio a que se refiere la cláusula Segunda del presente Convenio, su aportación a las actividades culturales del Centro Federico García Lorca. Octava.-La Fundación Residencia de Estudiantes se compromete a albergar en sus locales la subsede del Centro en Madrid. En dicha sede quedará custodiada una copia íntegra de los fondos trasladados al Centro de Granada aportados por la Fundación Federico García Lorca. Novena.-Para el control y seguimiento del presente Convenio, y en tanto no se constituya el Consorcio a que se refiere su cláusula Segunda, se constituirá una Comisión de la que formará parte un representante de cada una de las Instituciones y Entidades firmantes designado a tal efecto. La Comisión será competente para tratar todos los asuntos referidos al contenido del Convenio, su interpretación y la resolución de los problemas derivados de su cumplimiento, así como todo lo relativo al desarrollo del proyecto. Para facilitar el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, la Comisión invitará a sus reuniones a un representante de la Administración General del Estado designado a tal efecto por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Décima.-Teniendo en cuenta la necesidad de favorecer la puesta en marcha y consolidación del Centro Federico García Lorca, durante los primeros cinco años de su actividad, las Instituciones y Entidades firmantes se comprometen, conforme a sus disponibilidades presupuestarias, a consignar en sus respectivos presupuestos las cantidades económicas que determinen ellas mismas al constituirse el Consorcio previsto en la cláusula Segunda del presente Convenio, una vez verificado el presupuesto necesario para el funcionamiento, programación y mantenimiento del nuevo Centro. Sin perjuicio de lo anterior, la Fundación Federico García Lorca se compromete a realizar las gestiones necesarias para la consecución de fuentes alternativas de financiación del Centro durante el citado periodo de cinco años. Undécima.-El presente Convenio estará vigente hasta el momento de la formalización definitiva del Consorcio que regirá el Centro Federico García Lorca, en cuyos estatutos quedarán recogidos todos los detalles relativos a la creación, puesta en marcha y mantenimiento del Centro. Duodécima.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Cualquier litigio que pueda surgir entre las partes en relación a su aplicación o interpretación será dirimido ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio de Colaboración, lo firman por sextuplicado las partes, en el lugar y fecha arriba indicados, rubricando cada una de las páginas de que consta.-El Presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves González.-La Ministra de Cultura, Carmen Calvo Poyato.-El Alcalde de Granada, José Torres Hurtado.-El Presidente de la Diputación Provincial de Granada, Antonio Martínez Caler.-La Secretaria de la Fundación Residencia de Estudiantes, Alicia Gómez-Navarro Navarrete.-El Presidente de la Fundación Federico García Lorca, Manuel Fernández-Montesinos García.-La Secretaria de la Fundación Federico García Lorca, Laura García de los Ríos.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Cultura

Resolución de 11 de abril de 2005, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca, para establecer las condiciones básicas de participación en la ejecución y desarrollo de creación del «Centro Federico García Lorca» en la ciudad de Granada.

"Resolución de 11 de abril de 2005, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca, para establecer las condiciones básicas de participación en la ejecución y desarrollo de creación del «Centro Federico García Lorca» en la ciudad de Granada." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-6650 publicado el 25 abril 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-6650
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 25 abril 2005
Fecha Pub: 20050425
Fecha última actualizacion: 25 abril, 2005
Numero BORME 98
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Cultura
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 25 abril 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 14035
Pagina final: 14036




Publicacion oficial en el BOE número 98 - BOE-A-2005-6650


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-6650 de Resolución de 11 de abril de 2005, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Granada, la Diputación Provincial de Granada, la Fundación Residencia de Estudiantes y la Fundación Federico García Lorca, para establecer las condiciones básicas de participación en la ejecución y desarrollo de creación del «Centro Federico García Lorca» en la ciudad de Granada.


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