Instrucción 78/2013, de 26 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se suspenden determinadas ayudas sociales.





Los artículos 26 y 27 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, y, en su desarrollo, los artículos 104 a 106 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, definen el ámbito de protección que el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) dispensa en materia de asistencia social y los estados y situaciones de necesidad que pueden ser objeto de cobertura, atribuyendo a los órganos competentes de este Régimen especial la competencia para determinar las normas de desarrollo y los supuestos concretos que podrán ser objeto de la protección, así como las condiciones y requisitos para la concesión de las correspondientes ayudas, que tendrán como límite los créditos que, a tal efecto, se asignen.






Orden del día 30 diciembre 2013

Los artículos 26 y 27 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, y, en su desarrollo, los artículos 104 a 106 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, definen el ámbito de protección que el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) dispensa en materia de asistencia social y los estados y situaciones de necesidad que pueden ser objeto de cobertura, atribuyendo a los órganos competentes de este Régimen especial la competencia para determinar las normas de desarrollo y los supuestos concretos que podrán ser objeto de la protección, así como las condiciones y requisitos para la concesión de las correspondientes ayudas, que tendrán como límite los créditos que, a tal efecto, se asignen.

Atendiendo a esta previsión, la Instrucción 4B0/19065/2010, de 15 de diciembre, de la Gerencia del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, regula las prestaciones y ayudas sociales del ISFAS que, en su apartado 1.7, también establece que estas ayudas estarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente ejercicio económico.

La coyuntura de crisis económica ha motivado la adopción de medidas de ajuste presupuestario que condicionan una reducción de los recursos disponibles para la financiación de las ayudas económicas del régimen especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armada, por lo que algunas de ellas se suspendieron para el 2013.

En su virtud, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, dispongo:

Primero. Suspensión de determinadas prestaciones.

1. Durante el año 2014, y hasta que se disponga de crédito adecuado y suficiente en los sucesivos ejercicios económicos, se suspende el reconocimiento de las siguientes ayudas:

– Ayudas para la Atención a la Dependencia.

– Ayuda para tratamientos termales.

– Ayuda para adquisición de vivienda.

2. Dicha suspensión se aplicará también a las ayudas previstas en las disposiciones transitorias de la Instrucción 4B0/19065/2010.

Por tanto, hasta que se disponga de recursos económicos suficientes para atender la financiaron de las citadas ayudas, no tendrá efecto lo previsto en los apartados 2, 4.2, 4.3 y 5 (disposiciones transitorias) de la Instrucción 4B0/19065/2010, de 15 de diciembre, ni los apartados 1, 3.2 y 3.3 de su anexo I.

Segundo. Disposición final.

Esta instrucción entrará en vigor el día 1 de enero de 2014.

Madrid, 26 de diciembre de 2013.–La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, María Soledad Álvarez de Miranda Delgado.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Instrucción 78/2013, de 26 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se suspenden determinadas ayudas sociales.

"Instrucción 78/2013, de 26 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se suspenden determinadas ayudas sociales." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2013-13783 publicado el 30 diciembre 2013

ID de la publicación: BOE-A-2013-13783
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 diciembre 2013
Fecha Pub: 20131230
Fecha última actualizacion: 30 diciembre, 2013
Numero BORME 312
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 diciembre 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 106710
Pagina final: 106711




Publicacion oficial en el BOE número 312 - BOE-A-2013-13783


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-13783 de Instrucción 78/2013, de 26 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se suspenden determinadas ayudas sociales.


Descargar PDF oficial BOE-A-2013-13783 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *