Resolución 14/2007, de 12 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de acciones conjuntas en materia educativa.





Suscrito el 29 de diciembre de 2006, un convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de acciones conjuntas en materia educativa que contribuyan a un mayor desarrollo personal y profesional de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería y faciliten su incorporación laboral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.






Orden del día 21 febrero 2007

Suscrito el 29 de diciembre de 2006, un convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de acciones conjuntas en materia educativa que contribuyan a un mayor desarrollo personal y profesional de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería y faciliten su incorporación laboral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 12 de febrero de 2007.-La Subsecretaria de Defensa, Soledad López Fernández.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de la Rioja para la realización de acciones conjuntas en materia educativa que contribuyan a un mayor desarrollo personal y profesional de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería y faciliten su incorporación laboral

En Madrid a 29 de diciembre de 2006. De una parte: La señora doña Soledad López Fernández, Subsecretaria de Defensa, en virtud del Real Decreto 487/2006, de 21 de abril, por delegación de firma conferida por el Ministro de Defensa expresamente para este acto.

De otra parte: El señor don Luis Ángel Alegre Galilea, Consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, facultado para la aprobación del presente convenio en virtud del acuerdo de Gobierno de 2 de abril de 2004 (BOR n.º 45, de 8 de abril). Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero.-Que la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas establece, en su artículo 6, que corresponde al Subsecretario de Defensa la propuesta, desarrollo y aplicación de la política de personal y enseñanza en el ámbito de las Fuerzas Armadas. Asimismo, en sus artículos 76 y 78, determina que se facilitará a los militares profesionales de tropa y marinería la obtención de titulaciones del sistema educativo general y que se promoverá el establecimiento de conciertos y la colaboración con instituciones autonómicas y educativas, civiles y militares, nacionales o extranjeras.

Segundo.-Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, aprobado por la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, dispone en el apartado uno del artículo 10 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen y sin perjuicio de las facultades que atribuyen al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía. Tercero.-Que la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de su Consejería de Educación, Cultura y Deporte, y el Ministerio de Defensa, vienen colaborando en una serie de actividades dirigidas a fortalecer e incrementar la información y conocimiento mutuo y la cooperación en el ámbito educativo, dentro de las enseñanzas no universitarias. Cuarto.-Que las partes consideran de interés recíproco seguir colaborando no sólo en aquellas actividades que faciliten la relación de la sociedad con sus Fuerzas Armadas, la difusión de los valores de seguridad y defensa en el marco de la solidaridad y el mantenimiento de la paz, sino cualquiera otra, bajo el principio de cooperación entre Instituciones y en el marco de sus propias competencias, en especial, en materias inherentes a la educación de personas adultas. Quinto.-Que es propósito de las partes establecer acuerdos concretos de colaboración mutua en el ámbito de la educación no universitaria, así como cualquier otra actividad, cooperación o intercambio que sea de común utilidad, particularmente, los que contribuyan a potenciar el desarrollo, la integración y promoción sociolaboral de la tropa profesional, tanto durante su estancia en las Fuerzas Armadas como al finalizar su compromiso con ellas.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-Las actuaciones conjuntas en el marco de cooperación entre el Ministerio de Defensa y la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, tienen como objeto establecer acuerdos en cualquier actividad que se concrete dentro del ámbito de la educación y en particular:

a) Facilitar, en su caso, la participación en la convocatoria de las pruebas de acceso a la Formación Profesional de grado medio o de grado superior.

b) Posibilitar, en el ámbito de la educación de personas adultas la adquisición o ampliación de sus conocimientos y aptitudes para alcanzar el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller o titulaciones de la Formación Profesional. c) Facilitar el acceso a las pruebas para la obtención directa de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller o a los de la Formación Profesional, a través de las convocatorias correspondientes. d) Facilitar, en su caso, el desarrollo del módulo de Formación en Centros de Trabajo, en Unidades e Instituciones del Ministerio de Defensa, mediante acuerdos específicos entre los directores de los Centros Educativos y los responsables de dichas Unidades. e) Promover acuerdos específicos que posibiliten, cuando las circunstancias así lo requieran, la realización de programas de formación práctica dirigidos al personal del Ministerio de Defensa.

Segunda. Medidas de control y seguimiento.

a) Las acciones previstas en el presente Convenio de Colaboración se llevarán a cabo bajo la dirección y supervisión de una Comisión Mixta integrada por representantes de cada Institución firmante y con alternancia anual de la Presidencia, iniciada por el Ministerio de Defensa.

b) Los representantes del Ministerio de Defensa serán nombrados por el Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar y, los de la Comunidad Autónoma de la Rioja, por el Consejero de Educación, Cultura y Deporte. c) La citada Comisión Mixta será el órgano encargado de la potenciación, el seguimiento y la evaluación de las acciones derivadas de este Convenio, así como de arbitraje en caso de conflicto. d) Organismos dependientes de ambas Instituciones podrán, al amparo del presente Convenio, proponer la adopción de líneas de actuación para su consideración y aprobación por la Comisión Mixta prevista en éste. e) La reunión constituyente de la Comisión Mixta prevista en este Convenio tendrá lugar en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de su firma. f) La Comisión Mixta deberá reunirse cuando lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, una vez al año.

Tercera. Vigencia.-El presente Convenio de Colaboración tendrá una duración de dos años a contar desde la fecha de la firma, duración que quedará prorrogada por períodos anuales salvo que medie denuncia expresa de alguna de las partes efectuada con seis meses de antelación respecto al término de su vigencia.

Cuarta. Naturaleza administrativa del convenio.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir, sin perjuicio de las facultades de la Comisión Mixta para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del Convenio, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, serán de conocimiento y competencia del Ordenamiento Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo. Quinta. Causas de resolución.-El presente Convenio de Colaboración se podrá extinguir por:

a) Mutuo acuerdo de las partes.

b) Imposibilidad sobrevenida de cumplir con la finalidad propuesta.

c) Incumplimiento grave acreditado por una de las partes.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio de Colaboración en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha anteriormente indicados.-Por el Ministerio de Defensa, la Subsecretaria, Soledad López Fernández.-Por la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis Ángel Alegre Galilea.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Resolución 14/2007, de 12 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de acciones conjuntas en materia educativa.

"Resolución 14/2007, de 12 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de acciones conjuntas en materia educativa." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-3642 publicado el 21 febrero 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-3642
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 21 febrero 2007
Fecha Pub: 20070221
Fecha última actualizacion: 21 febrero, 2007
Numero BORME 45
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 21 febrero 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 7514
Pagina final: 7515




Publicacion oficial en el BOE número 45 - BOE-A-2007-3642


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-3642 de Resolución 14/2007, de 12 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad Autónoma de La Rioja para la realización de acciones conjuntas en materia educativa.


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