Resolución 420/38139/2014, de 7 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad de Salamanca sobre materias docentes relacionadas con la seguridad y la defensa.





Suscrito, el 11 de septiembre de 2014, el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Salamanca sobre materias docentes relacionadas con la seguridad y la defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio, que figura como anexo de esta resolución.






Orden del día 23 octubre 2014

Suscrito, el 11 de septiembre de 2014, el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Salamanca sobre materias docentes relacionadas con la seguridad y la defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 7 de octubre de 2014.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Salamanca sobre materias docentes relacionadas con la seguridad y la defensa

En Madrid, a 11 de septiembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, el Almirante General don Fernando García Sánchez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, nombrado por Real Decreto 1903/2011, de 30 de diciembre, actuando en nombre y representación del Ministerio de Defensa, en uso de las facultades que le fueron delegadas por el titular del Ministerio de Defensa de acuerdo con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, don Daniel Hernández Ruipérez, Rector Magnífico de la Universidad de Salamanca, actuando en nombre y representación de la misma en virtud de las facultades conferidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por el Acuerdo 19/2003, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Salamanca, modificados por Acuerdo 38/2011, de 5 de mayo, de la Junta de Castilla y León.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, dispone que: «El Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin».

Por otra parte, el apartado 3 de la Directiva de Defensa Nacional 2012, de julio de 2012, establece, en una de las líneas generales de la política de defensa española, la necesidad de fomentar una conciencia de defensa de España y, en más profundidad, una cultura de la defensa, al considerar que la defensa de España debe ser asumida por todos los españoles como asunto de indudable transcendencia ya que su eficacia exige la participación ciudadana, única fórmula para otorgarle continuidad y profundidad, objetivos que se acomodan a los Estatutos de la Universidad de Salamanca.

Segundo.

Que la Universidad de Salamanca, a través de la Cátedra Extraordinaria «Almirante Martín Granizo», ha venido colaborando con el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional en la realización de una amplia gama de actividades que han fomentado el conocimiento mutuo y una extensa cooperación en temas de interés común, por lo que ha considerado pertinente ahondar en estas relaciones con nuevas iniciativas que den mayor profundidad y recorrido a las actividades conjuntamente realizadas en pro de la defensa y la seguridad de nuestro país.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

Este convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa, a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (en adelante, CESEDEN), y la Universidad de Salamanca (en adelante, USAL), para la organización y el desarrollo de las actividades proyectadas y en el ámbito de la Cátedra Extraordinaria «Almirante Martín Granizo».

En concreto:

a) Impartir asignaturas de libre elección, troncales y optativas en los programas de licenciatura, grado, máster y doctorado, así como otras actividades culturales y académicas de la Universidad sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa.

b) Colaborar en la realización de proyectos de investigación, sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa, como complemento de la actividad docente impartida en las diferentes asignaturas, mediante la realización de seminarios, cursos de formación específica y actividades académicas de carácter similar.

Segunda. Aportaciones de la Universidad de Salamanca.

1. Oferta, como asignatura de libre elección para el segundo semestre de 2014:

Sanidad y conflictos armados.

Dicha asignatura está dotada de reconocimiento de libre disposición con 4 créditos para programas de licenciaturas y diplomaturas.

La docencia será compartida por profesores de la USAL y expertos designados por el CESEDEN con la titulación requerida. La responsabilidad de la coordinación y el seguimiento académico recaerá, en todo caso, en un profesor de la USAL.

2. Otras actividades de investigación, cursos de formación específica o actividades académicas y culturales, como seminarios permanentes, visitas y otros similares a programar.

Los créditos ECTS («European Credit Transfer System») para titulaciones de grado que se pueden reconocer con estas actividades de difusión de la cultura de defensa son los siguientes:

a) Participación en ciclos de conferencias de más de un día de duración: 1 crédito ECTS.

b) Participación en conferencia y presentación de trabajo individual sobre lo tratado: 1 crédito ECTS.

c) Participación en visita a instalaciones y presentación de trabajo en equipo sobre los materiales expuestos: 1 crédito ECTS.

La organización y desarrollo correrá a cargo de profesores de la USAL, participando en ello docentes de la USAL y expertos de las Fuerzas Armadas.

3. Participación de profesores e investigadores de la USAL en las actividades específicas del CESEDEN que se considere conveniente.

4. Intercambio de publicaciones y acceso a los servicios bibliográficos de la USAL.

5. Aportación de los recursos humanos y materiales necesarios para el funcionamiento de la Cátedra en función de las posibilidades de la institución.

6. Colaboración con otras actividades académicas organizadas por el CESEDEN.

Tercera. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

1. Participación, con profesores del CESEDEN o expertos de otros organismos del Ministerio, en las actividades que se celebren.

2. Aportar profesores o conferenciantes para los cursos de doctorado y las asignaturas que se impartan en la USAL sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa.

3. Participación de profesores e investigadores del CESEDEN en seminarios, ciclos de conferencias, cursos extraordinarios y otras actividades que en el marco de la Universidad pudieran organizarse.

4. Cooperación en la elaboración de los contenidos que pudieran formar parte de los planes de estudios y títulos propios de la USAL, dentro de las áreas relacionadas con la seguridad y la defensa.

6. Intercambio de publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

6. Intercambio de publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

7. Gestionar y facilitar las visitas a centros, organismos o instalaciones del Ministerio de Defensa dentro de las actividades relacionadas en los párrafos anteriores.

8. Apoyar con medios económicos, según se establece en la cláusula cuarta, el desarrollo de las actividades relacionadas con la seguridad y la defensa objeto de este convenio.

Cuarta. Financiación.

Las actividades reseñadas en este convenio serán financiadas con imputación a los presupuestos de gastos de las instituciones firmantes según el siguiente detalle:

a) Programa de asignaturas de la USAL sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa.

La USAL y el CESEDEN cofinanciarán el programa de una asignatura sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa siendo, en todo caso, el importe máximo correspondiente al CESEDEN de dos mil (2.000) euros.

b) Seminario cultural sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa, que incluye un ciclo de cuatro conferencias y una visita a un centro, organismo o instalación del Ministerio de Defensa, con un importe máximo correspondiente al CESEDEN de mil (1.000) euros.

c) Para el resto de actividades el importe máximo correspondiente al CESEDEN será de mil (1.000) euros.

La aportación máxima del CESEDEN para el presente convenio será en total de cuatro mil (4.000) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.121 N1.226.06 «Reuniones y Conferencias» del ejercicio económico 2014, que será abonada una vez finalizadas las actividades y contra factura presentada antes del 10 de diciembre de 2014, junto con la memoria económica y la memoria docente, acompañándose la certificación de conformidad del Ministerio de Defensa con la realización de dichas actividades.

Quinta. Medidas de control y seguimiento.

La gestión y el control del presente convenio serán llevados a cabo por una Comisión Mixta, cuyos miembros, que serán nombrados por el Rector de la Universidad y el director del CESEDEN, serán:

Un Vicerrector, Secretaria General o Directora del Gabinete del Rector.

El General Director del Instituto Español de Estudios Estratégicos, en adelante IEEE, o persona en quien delegue.

Equipo directivo de la Cátedra Extraordinaria «Almirante Martín Granizo»: dos Codirectores y Secretario.

Dos profesores o Analistas del IEEE.

Las funciones de la Comisión serán:

Supervisión, organización y control de detalles de ejecución de las actividades previstas en el presente convenio, así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio que pudieran presentarse.

Proponer las asignaturas y cursos a impartir, junto con la programación correspondiente y los profesores coordinadores y departamentos responsables de los mismos.

Proponer los temas de investigación de los seminarios y cursos extraordinarios, así como los profesores coordinadores y departamentos responsables de los mismos.

Remitir al Vicerrectorado de Política Académica, previamente al comienzo del curso académico, la relación de cursos y asignaturas para las que se solicita el reconocimiento de créditos.

La periodicidad de las reuniones de la Comisión será anual, con carácter ordinario y con carácter extraordinario cuando alguna de las partes lo considere necesario. Los acuerdos se tomarán por consenso entre las partes.

Sexta. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

Este convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) del citado texto legal, salvo que, en ejecución del presente Convenio, hubieran de suscribirse contratos que, por su naturaleza, estén sujetos al citado Real Decreto Legislativo.

En materia presupuestaria, económica y financiera se atendrá al contenido de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Con carácter general, para solventar las dudas interpretativas y lagunas que pudieran plantearse se observarán los principios establecidos en el mencionado texto refundido y en el resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que pudieran surgir, las partes se someterán al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Séptima. Vigencia.

Este convenio de colaboración entrará en vigor en la fecha de su firma, siendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014.

Octava. Causas de resolución.

Serán causas de resolución del convenio:

a) El mutuo acuerdo expreso de las partes, en sus propios términos.

b) El incumplimiento en la ejecución del convenio, acreditado por una de las partes.

c) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes.

d) La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

e) Las demás establecidas en la legislación vigente.

La decisión de denunciar el convenio por una de las partes será puesta en conocimiento de la otra de la forma establecida en la normativa vigente, al menos con cuatro meses de anticipación a la fecha de expiración del mismo, teniendo en cuenta, no obstante, que habrán de ser finalizadas con arreglo al mismo las acciones que, en su momento, se hallen en curso o esté comprometida su realización.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio, en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Fernando García Sánchez.–Por la Universidad de Salamanca, el Rector Magnífico, Daniel Hernández Ruipérez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Resolución 420/38139/2014, de 7 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad de Salamanca sobre materias docentes relacionadas con la seguridad y la defensa.

"Resolución 420/38139/2014, de 7 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad de Salamanca sobre materias docentes relacionadas con la seguridad y la defensa." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2014-10761 publicado el 23 octubre 2014

ID de la publicación: BOE-A-2014-10761
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 23 octubre 2014
Fecha Pub: 20141023
Fecha última actualizacion: 23 octubre, 2014
Numero BORME 257
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 23 octubre 2014
Letra: A
Pagina de inicio: 86019
Pagina final: 86023




Publicacion oficial en el BOE número 257 - BOE-A-2014-10761


Publicacion oficial en el BOE-A-2014-10761 de Resolución 420/38139/2014, de 7 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad de Salamanca sobre materias docentes relacionadas con la seguridad y la defensa.


Descargar PDF oficial BOE-A-2014-10761 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *