Resolución 420/38299/2022, de 12 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para la realización del proyecto de investigación y desarrollo «Mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas».





Suscrito el 8 de julio de 2022 el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Zaragoza, para la realización de un proyecto de investigación y desarrollo sobre «mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Contenidos de la Ministerio de Defensa Resolución 420/38299/2022, de 12 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para la realización del proyecto de investigación y desarrollo "Mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas". del 20220719







Orden del día 19 julio 2022

Suscrito el 8 de julio de 2022 el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Zaragoza, para la realización de un proyecto de investigación y desarrollo sobre «mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 12 de julio de 2022.–El Secretario General Técnico, Emilio Fernández-Piñeyro Hernández.

ANEXO

Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Zaragoza, para la realización de un proyecto de investigación y desarrollo sobre «Mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas»

En Madrid, a 8 de julio de 2022.

REUNIDOS

De una parte, doña Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en uso de las atribuciones que le confiere la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

Y, de otra parte, doña Gloria Cuenca Bescós, Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza (Resolución Rectoral de 18 de enero de 2021; BOA número 12, de 20 de enero), quien actúa en nombre y representación de la misma en virtud de delegación conferida por Resolución Rectoral de 21 de enero de 2021 (BOA número 20, de 1 de febrero) con domicilio social en calle Pedro Cerbuna, 12 – 50009 Zaragoza.

Ambas partes en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero.

Que Cría Caballar de las Fuerzas Armadas está integrada en la Secretaría General Técnica bajo la dirección de la Subsecretaria del Ministerio de Defensa, correspondiendo a la Subdirección General de Administración Periférica el desarrollo de las funciones de dirección, coordinación, gestión e inspección del referido servicio. Entre sus funciones, y a tenor de lo dispuesto en la Orden Ministerial 79/2013, de 26 de diciembre, por la que se ordena la prestación del servicio de Cría Caballar de las Fuerzas Armadas, se encuentra la colaboración con otras entidades públicas y privadas en actividades propias del sector caballar y canino.

Segundo.

Que la Universidad de Zaragoza, a la luz de lo establecido en el artículo 2.2.j) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 3 de sus Estatutos, aprobados por Decreto 1/2004, de 13 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, tiene entre sus competencias el establecimiento de relaciones académicas, culturales o científicas, con entidades e instituciones nacionales e internacionales, para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales.

Tercero.

Que con fecha 24 de mayo de 2019, las partes suscribieron un convenio para la Investigación, Formación Especializada y Cooperación en el campo de la docencia, estando de acuerdo en el establecimiento de una cooperación investigadora en los campos de sus competencias, especialmente en aquellas áreas relacionadas con la clínica y producción equina.

Cuarto.

Que Cría Caballar de las Fuerzas Armadas y el Departamento de Patología Animal de la Universidad de Zaragoza están interesados en la colaboración para la realización de un proyecto de investigación cuya finalidad es mejorar las técnicas de preservación de la calidad seminal y la patología reproductiva de los équidos pertenecientes al Ministerio de Defensa disponibles el Centro Militar de Cría Caballar de Zaragoza.

Quinto.

Que el Departamento de Patología Animal de la Universidad de Zaragoza está en disposición de desarrollar las tareas que se le encomienden en este trabajo con base en los Estatutos de la Universidad de Zaragoza.

Sexto.

Que Cría Caballar de las Fuerzas Armadas se encuentra del mismo modo en disposición de realizar las tareas que se le encomienden en este trabajo en base a la normativa que lo regula.

Por lo anteriormente expuesto, ambas partes, de mutuo acuerdo, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es la realización conjunta de un proyecto de investigación en «Mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas», con los objetivos siguientes:

1. Búsqueda de sustancias con carácter bactericida y, a su vez, antioxidante como una alternativa al uso de antibióticos en los procesos de preservación seminal en la especie equina y asnal. Pruebas de fertilidad en vivo.

2. Mejora de las técnicas de preservación seminal, vitrificación y liofilización. Estudio de la variabilidad individual y entre grupos de sementales con diferente rendimiento del semen.

3. Estudio de los procesos reproductivos que afectan a la yegua, fundamentalmente en patologías uterinas. Evaluación de tratamientos alternativos tanto como , todo ello apoyado por estudios anatomopatológicos y microbiológicos.

Ambos organismos aceptan realizar en este proyecto las tareas científicas relacionadas con el siguiente plan de trabajo a cargo de los responsables del proyecto:

1. Responsables del Proyecto:

a) Por la Universidad de Zaragoza: Grupo de Investigación Reproducción Asistida y Sanidad Animal (RAySA).

b) Por el Ministerio de Defensa (MINISDEF): Personal destinado en los Centros Militares de Cría Caballar (CMCC) de las Fuerzas Armadas (FAS).

2. Fases y cronología:

a) Diseño:

Primer mes:

− Definición de objetivos específicos.

− Diseño de los protocolos técnicos de tratamiento y análisis seminal.

− Diseño de los protocolos de tratamiento de patologías uterinas.

− Diseño del tratamiento estadístico de los resultados.

b) Ejecución:

Segundo mes y sucesivos:

− Análisis microbiológicos y anatgicos de muestras procedentes de yeguas con patologías uterinas. Tratamiento de las patologías con protocolos alternativos.

− Análisis microbiológicos y anatgicos de muestras procedentes de yeguas con patologías uterinas. Tratamiento de las patologías con protocolos alternativos.

− Tratamiento estadístico de los resultados.

− Obtención de las conclusiones.

− Preparación de trabajos estadísticos.

3. Métodos:

Toda la metodología empleada se basará en técnicas de preservación seminal y cuantificación del daño espermático, así como análisis microbiológicos y anatomopatológicos de muestras procedentes de yeguas con patologías uterinas con el diseño de tratamientos alternativos a la antibioterapia.

Segunda. Aportación de las partes.

El Grupo de Investigación RAySA de la Universidad de Zaragoza aportará el personal e infraestructura necesarios para la consecución de los objetivos a desarrollar, que se concreta en:

1. Personal:

− Personal vinculado al Departamento de Patología Animal de la Universidad de Zaragoza, prestando la dedicación necesaria para la consecución de los objetivos en los plazos previstos.

2. Material:

− Equipos de laboratorio, reactivos, material fungible y programas informáticos específicos.

El CMCC de Zaragoza del MINISDEF aportará los medios necesarios para la consecución de los objetivos a desarrollar, que se concreta en:

1. Personal:

− Personal, destinado en los CMCC de las FAS, prestando la dedicación necesaria para la consecución de los objetivos en los plazos previstos.

2. Material:

− Equipos de laboratorio, reactivos, material fungible y programas informáticos específicos.

− El CMCC de Zaragoza aportará el material seminal de que disponga de los reproductores seleccionados para tal fin y el acceso a dicha unidad al personal investigador citado para el estudio de las yeguas con patologías reproductivas, especialmente uterinas, y el compromiso de aplicar los tratamientos según los protocolos diseñados al efecto. En cualquier caso, no se utilizarán animales en pruebas que puedan conllevar riesgos para su salud.

Tercera. Financiación.

Ambos organismos participantes se comprometen a hacer frente con los propios recursos a los gastos que se pudieran generar en la consecución de los objetivos de los que se han hecho responsables, sin que en ningún momento se diera lugar a desembolso alguno entre las entidades participantes.

Ambos organismos se comprometen, asimismo, a concurrir solos o conjuntamente a convocatorias públicas y privadas de financiación de la investigación para conseguir complementar la financiación para los trabajos aquí descritos.

Cuarta. Medidas de control y seguimiento.

1. El proyecto se llevará a cabo por el Grupo de Investigación RAySA de la Universidad de Zaragoza, estableciendo el Centro de coordinación en el Departamento de Patología Animal de la Universidad de Zaragoza, así como por el CMCC de Zaragoza del MINISDEF.

2. La coordinación de los trabajos y la supervisión de las labores de ejecución que figuran en el plan de trabajo serán llevadas a cabo por los responsables del proyecto mediante reuniones de carácter técnico cuando se estime oportuno y esté suficientemente justificado.

3. Con el fin de controlar las acciones que se desarrollarán para la ejecución de este convenio, se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento.

4. La Comisión Mixta de Seguimiento estará formada:

a) Por parte del MINISDEF: el Jefe del Área de Asuntos Generales de la Subdirección General de Administración Periférica y dos representantes de Cría Caballar de las FAS.

b) Por parte de la Universidad de Zaragoza: el Decano de Veterinaria, y dos representantes de la Universidad designados por el Rector.

5. La presidencia será alternativa cada año, empezando el turno el MINISDEF.

6. La Comisión Mixta de Seguimiento deberá reunirse cuando lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, al menos una vez al año. Uno de los componentes actuará como secretario con derecho a voto, debiendo levantar acta de la reunión efectuada.

7. La toma de decisiones se hará por unanimidad.

8. Son funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento:

a) Promoción de las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipuladas en este convenio.

b) Planificación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas del mismo.

c) Interpretación de sus cláusulas.

Quinta. Emisión de informes.

Los responsables del convenio por parte de ambas instituciones elaborarán un informe anual de la marcha de los trabajos.

Finalizado el proyecto, los responsables del mismo emitirán un informe final por duplicado (una copia para cada organismo), estableciendo las conclusiones que se hayan alcanzado.

Sexta. Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD europeo), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se dicten.

El MINISDEF y la Universidad de Zaragoza tienen la consideración de responsables de los tratamientos de los datos personales que, respectivamente, recaben. El acceso a los datos personales por una de las partes intervinientes en el convenio a los datos personales de la otra parte se realizará en la condición de encargado de tratamiento de los datos personales, y única y exclusivamente conforme a la finalidad que derive del objeto del convenio. Los datos personales no se cederán ni se comunicarán a terceros, salvo cuando se cedan a encargado de tratamiento o cuando la cesión deba tener lugar conforme a la legalidad.

Las partes intervinientes en el convenio asumen que deben informar a los titulares de los datos personales de las características del tratamiento de los datos personales que, en el marco del convenio, se llevará a cabo; asumen que han de obtener el consentimiento de los titulares de los datos personales para llevar a efecto los tratamientos de los datos personales que sean consecuencia de las actuaciones previstas en el convenio, y también asumen las obligaciones derivadas de la obligación de implementar las oportunas medidas técnicas y organizativas, así como de implementar el correspondiente mecanismo que solvente las violaciones de la seguridad de los datos personales que pudieran producirse; así como que asumen la obligación de establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por parte de los titulares de los datos personales de los derechos que derivan de la normativa de protección de datos personales.

La documentación de cada actividad que se realice al amparo del convenio incluirá la oportuna cláusula sobre el tratamiento concreto los datos personales, con especificación de los puntos legalmente exigibles.

Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo del convenio se incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento de cada una de las partes intervinientes, con la finalidad de gestionar la relación descrita en el convenio. Las partes intervinientes en el convenio se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines del convenio. Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el responsable o el encargado del tratamiento de los datos personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y de limitación u oposición al tratamiento.

Si las partes intervinientes en el convenio destinan los datos personales que obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunican o utilizan incumpliendo lo estipulado en el convenio y/o en la normativa de protección de datos personales, responderán, cada una de las partes intervinientes, de las responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios causado, a fin de garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo.

Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.

Séptima. Confidencialidad y publicación de resultados.

Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las informaciones técnicas pertenecientes a la otra parte a las que haya podido tener acceso en el desarrollo del trabajo objeto de este convenio, mientras esas informaciones no sean de dominio público.

Los datos e informes obtenidos durante la realización de los proyectos conjuntos, así como los resultados finales, tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes desee utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación como artículo, conferencia, etc., deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, mediante carta certificada dirigida al responsable de la misma en el seguimiento del proyecto.

La otra parte deberá responder en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, comunicando su autorización, sus reservas o disconformidad sobre la información contenida en el borrador de la publicación. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.

Tanto en publicaciones como en patentes, se respetará siempre la mención a los autores del trabajo; en estas últimas figurarán en calidad de inventores. En cualquiera de los casos de difusión de resultados se hará siempre referencia especial al presente convenio.

La publicación de resultados en revistas especializadas debe ser de forma conjunta, es decir, que aparezcan los autores de ambas partes, independientemente de quien lo publique.

Los estudios obtenidos de este proyecto de investigación podrán ser aplicados en todos los animales de las FAS.

Octava. Derechos sobre patentes.

Se hará de manera conjunta entre la Universidad de Zaragoza y el MINISDEF. No obstante, ambas instituciones deberán consultarse previamente antes de cualquier decisión al respecto.

Novena. Incumplimiento de obligaciones y modificaciones del convenio.

La Comisión Mixta de Seguimiento conocerá de cuantos posibles supuestos de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes pudieran plantearse, actuándose en tal caso conforme está previsto en la cláusula décima de este convenio.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Resolución 420/38299/2022, de 12 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para la realización del proyecto de investigación y desarrollo "Mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas".

"Resolución 420/38299/2022, de 12 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para la realización del proyecto de investigación y desarrollo "Mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas"." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2022-11983 publicado el 19 julio 2022

ID de la publicación: BOE-A-2022-11983
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 19 julio 2022
Fecha Pub: 20220719
Fecha última actualizacion: 19 julio, 2022
Numero BORME 172
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 19 julio 2022
Letra: A
Pagina de inicio: 102675
Pagina final: 102681




Publicacion oficial en el BOE número 172 - BOE-A-2022-11983


Publicacion oficial en el BOE-A-2022-11983 de Resolución 420/38299/2022, de 12 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para la realización del proyecto de investigación y desarrollo "Mejoramiento de los procesos de preservación seminal y gestión de las patologías reproductivas mediante búsqueda de nuevas alternativas".


Descargar PDF oficial BOE-A-2022-11983 AQUÍ



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