Resolución 452/38068/2014, de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia.





Normativa reguladora

Contenidos de la Ministerio de Defensa Resolución 452/38068/2014, de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia. del 20140708







Orden del día 08 julio 2014

Normativa reguladora

– Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE número 285, de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE número 12, de 14 de enero).

– Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar (BOE número 278, de 20 de noviembre), modificada por la Ley 39/2010, de 22 de diciembre (BOE número 311, de 23 de diciembre), de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, y por la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio (BOE número 180, de 28 de julio), de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

– Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE número 150, de 23 de junio), de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

– Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo, por el que se aprueban las medidas de protección de la maternidad en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.

– Real Decreto 35/2010, de 15 de enero (BOE número 14, de 16 de enero), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, modificado por el Real Decreto 418/2011, de 25 de marzo (BOE número 73, de 26 de marzo), por Real Decreto 1141/2012, de 27 de julio (BOE número 182, de 31 de julio), y por Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo (BOE número 132, de 31 de mayo).

– Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio (BOE número 163, de 5 de julio), de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

– Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre (BOE número 220, de 13 de septiembre), por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación, modificada por la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo (BOE número 55, de 5 de marzo).

– Orden ministerial 64/2010, de 18 de noviembre, por la que se regula los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas, modificada por la OM 86/2011, de 18 de noviembre (BOD número 231, de 28 de noviembre), y desarrollada por la Instrucción 75/2010, de 20 de diciembre (BOD número 249, de 24 de diciembre) y modificada por Instrucción 77/2012, de 15 de octubre (BOD número 211, de 29 de octubre) y por Instrucción 9/2013, de 12 de febrero (BOD número 36 de 20 de febrero).

– Orden DEF/2431/2011, de 6 de septiembre (BOE número 222, de 15 de septiembre), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a la escala de oficiales de los Cuerpos de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, modificada por la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo (BOE número 84, de 7 de abril), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia de titulación universitaria previa y por la Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo (BOE número 128, de 27 de mayo), por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse la prueba de lengua inglesa a realizar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación.

– Orden DEF/1078/2012, de 21 de mayo (BOE número 124, de 24 de mayo), por la que se aprueban las pruebas físicas y marcas a alcanzar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación y para la superación de los planes de estudios de la enseñanza de formación, modificada por Orden DEF/778/2013, de 29 de abril (BOE número 111, de 9 de mayo).

– Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo (BOE número 127, de 28 de mayo), por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Orden DEF/853/2014, de 21 de mayo (BOE número 128, de 27 de mayo).

– Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo (BOE número 128, de 27 de mayo), por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse la prueba de lengua inglesa a realizar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación.

– Instrucción 7/2011, de 2 de marzo, del Subsecretario de Defensa, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los Órganos de Selección, Comisiones Permanentes de Selección, Tribunales Médicos Militares de Apelación y sus Órganos Asesores y de Apoyo.

En cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, y en uso de las competencias que me están atribuidas en el artículo 9 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, dispongo:

Primero.

Convocar los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo, promoción para cambio de escala y promoción para cambio de cuerpo, para incorporarse como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y aprobar las bases que los regulan.

Segundo.

Ofertar treinta y dos (32) plazas, distribuidas de la forma siguiente:

Promoción para cambio de cuerpo de oficiales y suboficiales, militares de carrera, excepto militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.

Promoción para los militares de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo.

Promoción para cambio de cuerpo de militares de tropa y marinería, temporales y permanentes.

Tercero. Normas de acumulación de plazas.

La acumulación se efectuará solamente para las plazas de ingreso por promoción, según los siguientes criterios ordenados por prioridad:

1. Plazas para militares de complemento: las ofertadas para promoción cambio de escala que no se cubran, se acumularán a las plazas para promoción cambio de cuerpo, y viceversa.

2. Las plazas ofertadas para promoción de cada una de las tres condiciones militares (militares de carrera, militares de complemento y militares de tropa y marinería) que no resulten cubiertas, se ofertarán al personal que ostente las otras condiciones, con el siguiente orden de prioridad: primero militares de carrera, segundo militares de tropa y marinería, tercero militares de complemento para cambio de escala y cuarto militares de complemento para cambio de cuerpo.

Cuarto.

El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar adoptará las disposiciones necesarias para el desarrollo de los procesos de selección.

Madrid, 7 de julio de 2014.–La Subsecretaria de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña.

APÉNDICES

1. Solicitud de admisión al proceso de selección.

2. Modelo 790. Solicitud de admisión a pruebas selectivas en la administración pública y liquidación de tasas de derechos de examen.

3. Declaración de procesamiento e imputación.

4. Declaración de no estar separado del servicio.

5. Declaración de preferencias de ingreso.

6. Certificado resultado de pruebas analíticas de detección de consumo de sustancias psicotrópicas.

7. Componentes del Órgano de Selección y del Tribunal Médico Militar de Apelación.

8. Modelo de «certificado médico oficial» para realización pruebas físicas.

9. Pruebas físicas.

10. Temario prueba de conocimientos específicos sobre los cometidos de los Cuerpos de Intendencia.

11. Relación de Subdelegaciones de Defensa y oficinas delegadas.

ANEXO

Primera. Sistema de selección.

Primera. Sistema de selección.

El sistema de selección a emplear en los procesos de selección que se convocan será el de concurso-oposición.

Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en los centros docentes militares de formación de los aspirantes propuestos como alumnos por el Órgano de Selección.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, los aspirantes deberán reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación, los siguientes requisitos:

1.1 Requisitos generales:

a) Nacionalidad española.

b) No cumplir ni haber cumplido en el año 2014 las siguientes edades máximas:

– Ingreso directo: Sin límite de edad máxima.

– Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo: 40 años.

c) No estar privado de los derechos civiles.

d) Carecer de antecedentes penales.

e) No hallarse procesado o imputado en algún procedimiento judicial por delito doloso.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.

g) Estar en posesión, o en condiciones de poseer, alguno de los siguientes títulos:

i. Para el Ejército de Tierra y la Armada: Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Derecho, Economía o Ciencias Actuariales y Financieras, o alguno de los que determina el artículo 1.a).2.º de la Orden DEF 1097/2012, de 24 de mayo.

ii. Para el Ejército del Aire: Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Derecho, Economía o Ciencias Actuariales y Financieras, o de entre los que determina el artículo 1.a).2.º de la Orden DEF 1097/2012, de 24 de mayo, los que se relacionan a continuación:

– Grado en Administración y Dirección de Empresas.

– Grado en Administración y Dirección de Empresas ADE.

– Grado en Dirección y Administración de Empresas.

– Grado en Economía y Finanzas.

– Grado en Economía.

– Grado en Economía Financiera y Actuarial.

– Grado en Derecho.

– Grado en Derecho / Bachelor and Laws.

– Grado en Dirección Financiera y Contabilidad.

– Grado en Fiscalidad y Administración Pública.

– Grado en Finanzas.

– Grado en Ciencias Empresariales.

– Grado en Administración de Empresas.

– Grado en Ciencias Económicas.

– Grado en Finanzas y Seguros.

– Grado en Finanzas, Banca y Seguros.

– Grado en Finanzas y Contabilidad.

– Grado en Dirección y Creación de empresas.

– Grado en Contabilidad y Finanzas.

– Grado en Economía y Negocios Internacionales.

– Grado en Estudios Internacionales de Economía y Empresa / International Business Economics.

– Grado en Comercio y Marketing.

– Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.

– Grado en Comercio Internacional.

– Grado en Comercio.

A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de poseer el título exigido cuando se haya superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los trámites legales para su expedición.

h) No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

i) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.

j) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

k) En el caso de haber dado positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión.

l) Los solicitantes militares profesionales no deben haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.

1.2 Requisitos específicos.

1.2.1 Procesos para ingreso directo. Carecer de tatuajes que contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, Autoridades y virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, deberán carecer de cualquier tipo de tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes no especiales de las Fuerzas Armadas, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero.

1.2.2 Procesos para ingreso por promoción:

a) Encontrarse en la situación de servicio activo o de excedencia siempre que sea por la modalidad e) del artículo 110.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre (excedencia por razón de violencia de género).

b) No superar el número máximo de tres convocatorias ordinarias y dos extraordinarias en un mismo proceso de selección. Las convocatorias extraordinarias deberán calificarse expresamente como tales en la solicitud de admisión al proceso correspondiente. Una convocatoria se entiende consumida cuando el aspirante haya sido incluido en la lista de admitidos a las pruebas. No obstante, si la incomparecencia obedeciera a causa de fuerza mayor debidamente justificada, a motivos de embarazo, parto o posparto, o bien a que el militar se encuentre participando en una misión fuera del territorio nacional, se resolverá, previa solicitud y justificación documental del interesado efectuada antes del inicio de la primera prueba, no computarle la convocatoria como consumida.

c) No tener anotadas, con carácter firme en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o sanciones disciplinarias extraordinarias.

d) Haber cumplido los siguientes tiempos de servicio en su escala, en la fecha de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente:

– Militares de complemento de la Ley 17/1999: cuatro (4) años, contados desde su adscripción a una escala y cuerpo.

– Suboficiales: un (1) año, contado desde su incorporación a la Escala de Suboficiales.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Resolución 452/38068/2014, de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia.

"Resolución 452/38068/2014, de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2014-7151 publicado el 08 julio 2014

ID de la publicación: BOE-A-2014-7151
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 08 julio 2014
Fecha Pub: 20140708
Fecha última actualizacion: 8 julio, 2014
Numero BORME 165
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 08 julio 2014
Letra: A
Pagina de inicio: 53261
Pagina final: 53309




Publicacion oficial en el BOE número 165 - BOE-A-2014-7151


Publicacion oficial en el BOE-A-2014-7151 de Resolución 452/38068/2014, de 7 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia.


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