Resolución 452/38117/2018, de 17 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.





Normativa reguladora

Contenidos de la Ministerio de Defensa Resolución 452/38117/2018, de 17 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil. del 20180521







Orden del día 21 mayo 2018

Normativa reguladora

– Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE número 106, de 4 de mayo), de Educación, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo (BOE número 55, de 5 de marzo), por la Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo (BOE número 61, de 12 de marzo), por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE número 295, de 10 de diciembre), y por la Ley 26/2015, de 28 de julio (BOE número 180, de 29 de julio).

– Ley 39/2007, de 19 de noviembre (BOE número 278, de 20 de noviembre), de la carrera militar, modificada por la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio (BOE número 180, de 28 de julio) y por la Ley 46/2015, de 14 de octubre (BOE número 247, de 15 de octubre).

– Ley 29/2014, de 28 de noviembre (BOE número 289, de 29 de noviembre), de Régimen del Personal de la Guardia Civil, modificada por la Ley 48/2015, de 29 de octubre (BOE número 260, de 30 de octubre) y por la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre (BOE número 247, de 15 de octubre).

– Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE número 236, de 2 de octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE número 236, de 2 de octubre), de Régimen Jurídico del Sector Público.

– Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre (BOE número 298, de 10 de diciembre), de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

– Real Decreto 188/2018, de 2 de abril (BOE número 81, de 3 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario de la Administración General del Estado, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y de estabilización de personal docente no universitario de la Administración General del Estado, para el año 2018.

– Real Decreto 293/2009, de 6 de marzo (BOE número 91, de 14 de abril), por el que se aprueban las medidas de protección de la maternidad en el ámbito de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.

– Real Decreto 35/2010, de 15 de enero (BOE número 14, de 16 de enero), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, en adelante el «Reglamento», modificado por el Real Decreto 418/2011, de 25 de marzo (BOE número 73, de 26 de marzo), por el Real Decreto 1141/2012, de 27 de julio (BOE número 182, de 31 de julio), por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo (BOE número 132, de 31 de mayo), por el Real Decreto 339/2015, de 30 de abril (BOE número 104, de 1 de mayo) y por el Real Decreto 894/2017, de 6 de octubre (BOE número 253, de 20 de octubre).

– Real Decreto 412/2014, de 6 de junio (BOE número 138, de 7 de junio) por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

– Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre (BOE número 220, de 13 de septiembre), por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación, modificada por la Orden PRE/528/2009, de 2 de marzo (BOE número 55, de 5 de marzo).

– Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo (BOE número 77, de 30 de marzo), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para el acceso a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, modificada por Orden DEF/1486/2012, de 4 de julio (BOE número 163, de 9 de julio), por la Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo (BOE número 84, de 7 de abril), por la Orden DEF/778/2013, de 29 de abril (BOE número 111, de 9 de mayo) y por la Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo (BOE número 128, de 27 de mayo).

– Orden Ministerial 64/2010, de 18 de noviembre («BOD» número 229, del 24), por la que se regula los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas, modificada por la Orden Ministerial 86/2011, de 18 de noviembre («BOD» número 231, del 28) y por la Orden Ministerial 33/2014, de 23 de mayo («BOD» número 104, del 30), y desarrollada por la Instrucción 75/2010, de 20 de diciembre («BOD» número 249, del 24), modificada por la Instrucción 77/2012, de 15 de octubre («BOD» número 211, del 2), por la Instrucción 9/2013, de 12 de febrero («BOD» número 36, del 20) y por la Instrucción 53/2014, de 4 de noviembre («BOD» número 224, del 17).

– Orden Ministerial 23/2011, de 27 de abril (BOD número 88, de 6 de mayo), por la que se aprueban las normas para la valoración de la aptitud médica del personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad de vuelo, modificada por la Orden Ministerial 62/2012, de 10 de septiembre (BOD número 182, de 17 de septiembre), y por la Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo.

– Orden DEF/1078/2012, de 21 de mayo (BOE número 124, de 24 de mayo), por la que se aprueban las pruebas físicas y marcas a alcanzar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación y para la superación de los planes de estudios de la enseñanza de formación, modificada por la Orden DEF/778/2013, de 29 de abril (BOE número 111, de 9 de mayo), y por la Orden DEF/675/2016, de 5 de mayo (BOE número 113, de 10 de mayo).

– Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo (BOE número 127, de 28 de mayo), por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Orden DEF/853/2014, de 21 de mayo (BOE número 128, de 27 de mayo) y por la Orden DEF/440/2018, de 24 de abril (BOE número 106, de 2 de mayo).

– Orden DEF/862/2014, de 21 de mayo (BOE número 128, de 27 de mayo), por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse la prueba de lengua inglesa a realizar en los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación.

– Orden ECD/42/2018, de 25 de enero (BOE número 23, de 26 de enero), por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2017/2018.

– Instrucción 11/2010, de 23 de marzo (BOE número 76, de 29 marzo), de la Subsecretaría, por la que se establecen los parámetros de ponderación de las materias de la fase específica de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, modificada por la Instrucción 17/2011, de 24 de marzo (BOE número 76, de 30 marzo), de la Subsecretaría.

– Instrucción 7/2011, de 2 de marzo (BOD número 46, de 8 de marzo), del Subsecretario de Defensa, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los Órganos de Selección, Comisiones Permanentes de Selección, Tribunales Médicos Militares de Apelación y sus Órganos Asesores y de Apoyo.

– Instrucción 18/2017, de 4 de mayo (BOE número 114, de 13 de mayo), de la Subsecretaría, por la que se modifica el anexo I de la Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.

En cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 188/2018, de 2 de abril, y en uso de las competencias que me están atribuidas en el artículo 9 del Reglamento, dispongo:

Primero.

Convocar los siguientes procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, y aprobar las bases que los regulan, que se adjuntan en el anexo a esta resolución:

1. Proceso de selección para la incorporación, como militar de carrera, a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil, mediante la forma de ingreso directo, sin exigencia de titulación universitaria previa (Código de proceso 2018011).

2. Proceso de selección para la incorporación, como militar de carrera, a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina, mediante la forma de ingreso directo, con exigencia de titulación universitaria previa (Código de proceso 2018012).

Segundo.

Ofertar cuatrocientas veinte (420) plazas, distribuidas de la forma siguiente:

Notas:

(1) Plazas sin exigencia de titulación universitaria previa.

(2) Plazas con exigencia de titulación universitaria previa.

Tercero. Norma de acumulación de plazas.

Las plazas no cubiertas en cualquiera de los cupos (con exigencia de titulación universitaria previa o sin exigencia) no se podrán acumular al otro [notas (b), (c) y (d) del Real Decreto 188/2018, de 2 de abril].

Cuarto.

El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar adoptará las disposiciones necesarias para el desarrollo de los procesos de selección.

Madrid, 17 de mayo de 2018.–El Subsecretario de Defensa, Arturo Romaní Sancho.

APÉNDICES

1. Instrucciones para cumplimentar y tramitar el formulario de solicitud.

2. Modelo 790. Instrucciones para la liquidación de tasas de derechos de examen.

3. Autorización paterno/tutorial para realizar las pruebas de aptitud psicofísica a los aspirantes menores de edad.

4. Declaración de preferencias de ingreso.

6. Componentes del Órgano de Selección y del Tribunal Médico Militar de Apelación.

6. Componentes del Órgano de Selección y del Tribunal Médico Militar de Apelación.

7. Modelos de «certificado médico oficial».

8. Pruebas físicas.

9. Relación de Subdelegaciones de Defensa y Oficinas Delegadas.

ANEXO

Bases

Primera. Sistema de selección.

El sistema de selección a emplear en los distintos procesos que se convocan será el de concurso-oposición.

Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en los centros docentes militares de formación de los aspirantes propuestos como alumnos por el Órgano de Selección.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en las fechas indicadas y mantenerlos hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación:

1.1 El día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos, o cumplir en el año en curso, los dieciocho (18) años de edad y no cumplir ni haber cumplido en el año 2018 las siguientes edades máximas:

– Ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa: 21 años.

– Ingreso directo con exigencia de titulación universitaria previa:

• Aspirantes que aporten titulaciones de grado universitario igual o superior a 300 ECTS o titulaciones universitarias que figuren en el apartado 1.A.1.º del anexo II del Reglamento: 27 años.

• Aspirantes que aporten alguna titulación distinta a las anteriores: 26 años.

c) No estar privado de los derechos civiles.

d) Carecer de antecedentes penales.

e) No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

g) No haber causado baja de un centro docente militar de formación por las razones establecidas en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

h) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.

i) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

j) En el caso de haber dado positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión.

k) Los solicitantes militares no deben haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.

l) Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.

m) El alumno de un centro docente militar de formación no podrá optar a las plazas del mismo Ejército / Cuerpo en el que cursa sus estudios y en el supuesto de optar a otro Cuerpo del mismo Ejército deberá reunir los requisitos exigidos, por el Centro Universitario correspondiente, para efectuar su matriculación.

n) Los solicitantes militares no deben tener anotadas con carácter firme en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.

1.2 El día 9 de julio: Haber superado la prueba que se indica, o bien estar en posesión o en condiciones de poseer la correspondiente titulación en función del proceso de selección en el que solicite ser admitido:

i. Sin exigencia de titulación universitaria previa: Prueba de acceso a la universidad (PAU) establecida en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

Evaluación final de Bachillerato (EBAU) regulada por el artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con atención a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013.

A los aspirantes que aporten la PAU o la EBAU y se hayan presentado en 2018 a los exámenes convocados de la EBAU para subir la nota de admisión, solo se les tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en la convocatoria ordinaria.

ii. Con exigencia de titulación universitaria previa: Las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, que a continuación se indican:

1. Cuerpo General y de Infantería de Marina de la Armada:

a) De los títulos de Ingeniero contenidos en el apartado 1.A.1.º del anexo II del Reglamento, los que se indican a continuación:

– Ingeniero Industrial.

– Ingeniero de Telecomunicación.

– Ingeniero Naval y Oceánico.

– Ingeniero Aeronáutico.

b) Cualquiera de los títulos de grado que determina el artículo 1 a) 1.º de la Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo, excepto los siguientes:

– Graduado en Ingenier Química Industrial.

– Graduado en Ingeniería Química.

– Graduado en Ingeniería en Química Industrial.

– Graduado en Ingeniería de procesos Químicos Industriales.

2. Cuerpo General del Ejército del Aire:

a) Cualquiera de los títulos contenidos en el apartado 1.A.1.º del anexo II del Reglamento.

b) Cualquiera de los títulos que determina el artículo 1 a) 1.º de la Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo.

Se deberá estar en posesión de alguno de los títulos relacionados, o en condiciones de poseerlo. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de poseer el título cuando se haya superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los trámites legales para su expedición (pago de tasas de expedición del título).

2. Comprobación de requisitos durante el proceso.

Una vez admitidos al proceso de selección, si en el transcurso del mismo y hasta la fecha de presentación en el centro docente militar de formación de los aspirantes propuestos para ingresar como alumnos, se comprobara que cualquiera de ellos carece o no reúne alguno de los requisitos exigidos en esta convocatoria, el Órgano de Selección acordará su exclusión. El aspirante perderá los derechos de participación, quedando anuladas todas las actuaciones, así como los derechos o expectativas derivados de su condición de aspirante o del hecho de haber superado el proceso selectivo.

Si dicha información se conociera una vez nombrado alumno o durante el desarrollo de su formación, será propuesto de baja como alumno por el Director del centro docente militar de formación correspondiente, con arreglo al procedimiento legalmente establecido y sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido.

Tanto la exclusión del proceso selectivo, como la baja en el centro docente y pérdida de la condición de alumno, lo serán sin perjuicio de las posibles responsabilidades de otra índole en las que hubiera podido incurrir el interesado.

Tercera. Plazo de presentación de solicitudes de admisión al proceso de selección.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta. Aportación de documentación.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Resolución 452/38117/2018, de 17 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.

"Resolución 452/38117/2018, de 17 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-6731 publicado el 21 mayo 2018

ID de la publicación: BOE-A-2018-6731
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 21 mayo 2018
Fecha Pub: 20180521
Fecha última actualizacion: 21 mayo, 2018
Numero BORME 123
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 21 mayo 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 52804
Pagina final: 52841




Publicacion oficial en el BOE número 123 - BOE-A-2018-6731


Publicacion oficial en el BOE-A-2018-6731 de Resolución 452/38117/2018, de 17 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.


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